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Tuesday, January 8, 2008

Pasar un autobús de la escuela- Las Penas

39:4-128.1. Escuela dejó de autobuses para los niños; deber de los automovilistas; deber del conductor de autobús; violaciónes; revocación de la licencia
1. Vías de circulación en las carreteras no haber dividido por islas o la seguridad física de instalaciones de separación del tráfico, el conductor de un vehículo acercándose o incluso superando a un autobús, que se utiliza exclusivamente para el transporte de los niños a la escuela o de verano o un día de campo o en cualquier actividad escolar conectado Y que se ha detenido con el fin de recibir o el desempeño de cualquier niño, deberá dejar de tales vehículos no menos de 25 pies de distancia de tales autobús escolar y mantener tales vehículo hasta el niño ha entrado en dicho autobús o se apearon y ha llegado a la parte de esa carretera y Hasta que una luz roja parpadeante ya no es exhibido por el autobús, siempre que, por ejemplo, el autobús ha sido designada responsable de un autobús escolar por un signo en la frente y un signo en la parte trasera, con cada letra de tales signos, al menos, cuatro pulgadas de altura.

En las carreteras que tengan la doble o múltiple calzadas separadas por islas o la seguridad física de instalaciones de separación del tráfico, el conductor del avehicle apoderaba de un autobús escolar, que se ha detenido con el fin de recibir o el desempeño de cualquier niño, deberá dejar de tales vehículos no menos de 25 pies de distancia de tal Autobús escolar y mantener tales vehículo hasta el niño ha entrado en dicho autobús o se apearon y ha llegado al lado de la carretera y hasta una destellante luz roja ya no es exhibido por el autobús.

En las carreteras que tengan la doble o múltiple calzadas separadas por islas o la seguridad física de instalaciones de separación del tráfico, el conductor de un vehículo por otro camino acercarse a un autobús escolar, que se ha detenido con el fin de recibir o el desempeño de cualquier niño, deberá reducir la velocidad de su vehículo A no más de 10 millas por hora y no reanudar la velocidad normal hasta que el vehículo haya pasado, el autobús ha pasado y que cualquier niño puede tener apearon de allí o se dice a punto de entrar en el autobús.

Para los fines de esta sección, "autopista" se entiende la totalidad del ancho de la frontera entre las líneas de cada forma pública o privada mantenida cuando cualquier parte de ella está abierta al público a los efectos de los viajes de vehículos.

Cuando un autobús escolar está aparcado en la acera con el fin de recibir directamente a los niños de una escuela o de un día de verano, campamento de la escuela o cualquier actividad o el desempeño de conectados a los niños a entrar en una escuela, o de un día de verano, campamento de la escuela o de cualquier actividad conectada, que es Situado en el mismo lado de la calle en la que el autobús está aparcado, los conductores de los vehículos se permitirá pasar a dicho autobús sin parar, pero a una velocidad que no exceda en más de 10 millas por hora.

El conductor de un autobús que se utiliza exclusivamente para el transporte de los niños a la escuela o de verano o un día de campo o en cualquier actividad escolar conectado seguirá muestran una luz roja parpadeante y no iniciará su autobús hasta que cada niño que puede tener apearon Desde allí se ha llegado a un lugar de seguridad.

PENAS: 5 PUNTOS POR DMV, MÁS SEGURO DE ELEGIBILIDAD CAR 5 PUNTOS, PLUS:

Cualquier persona que viole alguna disposición de esta ley serán objeto de (1) una multa de no menos de $ 100,00, (2) la prisión por no más de 15 días o el servicio a la comunidad durante 15 días, en la forma y en los términos como la Tribunal juzgue conveniente, (3) o de ambos por la primera ofensa, y una multa no inferior a $ 250,00, prisión de no más de 15 días, o ambos para cada ofensa. Las penas se aplicarán y se recuperen con arreglo a lo dispuesto en el capítulo 5 del título 39 de los Estatutos Revisados. Se establece una presunción rebatible de que el propietario registrado del vehículo que participó en la violación de esta sección es la persona que cometió el acto.

El Director de la División de Vehículos de Motor también podrá revocar la licencia para conducir un vehículo de motor de cualquier persona que haya sido culpable de dichas violación de cualquiera de las disposiciones de esta ley como, en la discreción del director, justificar tal Revocación, pero el director tendrá, en todo momento, tienen el poder de validar dicha licencia, que ha sido revocada, o la concesión de una nueva licencia a cualquier persona cuya licencia para conducir un vehículo de motor deberán haber sido revocado de conformidad con el presente acto.

Contratar a un abogado con experiencia para defender su caso de este acusado de violación.

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