Kenneth Vercammen & Associates, P.C.
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Wednesday, January 9, 2008

Incendios intencionales y delitos conexos

Kenneth Vercamme la Ley de oficina representa a personas acusadas de criminales y de tráfico graves violaciónes a través de Nueva Jersey. La siguiente es la ley en Nueva Jersey a partir de 2003:
Los incendios provocados y los delitos relacionados con las 2C :17-1.

A. Incendio premeditado con agravantes. Una persona es culpable de incendio premeditado con agravantes, un delito de segundo grado, si se inicia un incendio o causar una explosión, ya sea por su propia propiedad o del otro:

(1) Por ello, a propósito o con conocimiento de la colocación de otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(2) Con el propósito de la destrucción de un edificio o de otra estructura, o

(3) Con la finalidad de la recogida de seguros por la destrucción o daños a la propiedad en circunstancias tales que temerariamente lugar de cualquier otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(4) Con el fin de destruir o dañar una estructura, a fin de eximir a la estructura, total o parcialmente, a las disposiciones de cualquier estado, condado o local de zonificación, la planificación o construcción de la ley, reglamento, ordenanza o la promulgación en circunstancias que temerariamente lugar Cualquier otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(5) Con el fin de destruir o dañar cualquier bosque.

B. Incendios intencionales. Una persona es culpable de incendio premeditado, un delito de tercer grado, en caso de que a propósito se inicia un incendio o causar una explosión, ya sea por su propia propiedad o del otro:

(1) Por ello, de manera temeraria poniendo a otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(2) Por ello, de manera temeraria poniendo un edificio o de otra estructura en peligro de daño o destrucción, o

(3) Con la finalidad de la recogida de seguros por la destrucción o daños a dichos bienes, o

(4) Con el fin de destruir o dañar una estructura, a fin de eximir a la estructura, total o parcialmente, a las disposiciones de cualquier estado, condado o local de zonificación, la planificación o construcción de la ley, reglamento, ordenanza o promulgación, o

(5) Por ello, de manera temeraria poniendo un bosque en peligro de daño o destrucción.

C. La falta de control o informe peligroso fuego. Una persona que sabe que el fuego está poniendo en peligro la vida o una cantidad sustancial de la propiedad de otro y, o bien no toma medidas razonables para apagar o controlar el fuego, cuando puede hacerlo sin riesgo sustancial a sí mismo, o para dar pronta detección de fuego , Comete un crimen de cuarto grado si:

(1) Él sabe que él es en virtud de un funcionario, contractuales, o de otra obligación legal de prevenir o combatir el fuego, o

(2) El fuego se inició, aunque sea legalmente, por él o con su consentimiento, o sobre los bienes bajo su custodia o control.

D. Toda persona que, directa o indirectamente, paga o acepta o se ofrece a pagar o aceptar ningún tipo de consideración, incluyendo, pero no limitado a, dinero o cualquier otro beneficio pecuniario, independientemente de cualquier consideración es, en realidad, intercambió con el fin de comenzar un fuego O causar una explosión en violación de esta sección comete un delito de primer grado.

E. No obstante las disposiciones de cualquier sección de este Título por el contrario, si una persona es culpable de incendio intencional agravado en virtud de lo dispuesto en el inciso a. De la presente sección y de la estructura que fue objeto de la ofensa fue un centro de atención médica o de la oficina de un médico, la condena impuesta deberá incluir una pena de prisión. El tribunal no podrá suspender o hacer cualquier otra disposición no privativas de la libertad de una persona condenada de conformidad con las disposiciones de la presente subsección.

F. Definiciones. "Estructura" se define en la sección 2C :18-1. La propiedad es la de otro, a los efectos de esta sección, si cualquiera que no sea el actor tiene la posesión, o legal o interés de propiedad en él. La propiedad es la de otro a los efectos de este artículo, si una persona que el actor tiene un interés legal o en la propiedad, incluyendo, pero no limitado a, una hipoteca, prenda, hipoteca o una garantía en ellos. Si un edificio o estructura se divide en unidades ocupadas por separado, cualquier unidad no ocupada por el actor es una estructura ocupada de otro. A los fines de esta sección, "bosque", y se refiere a todo los bosques, cepillo de la tierra, las praderas, humedales marinos, arbolada y cualquier combinación de los mismos, incluyendo pero no limitado a, un espacio abierto la zona, las tierras públicas, los humedales, las tierras del parque, Los hábitats naturales, un Estado de conservación de la zona, un área de refugio para la vida silvestre o de cualquier otro designado subdesarrolladas espacio abierto si es o no objeto de protección específica en virtud de la ley.

A los fines de esta sección, "centro de atención médica", centro de atención médica, tal como se define en la sección 2 de PL 1971, c.136 (C. 26:2 H-2).

G. No obstante las disposiciones de cualquier sección de este Título por el contrario, si una persona es condenada en virtud de lo dispuesto en el inciso a., b. O D. De la presente sección y de la estructura que fue objeto de la ofensa es una iglesia, sinagoga, templo u otro lugar de culto público, que la persona cometa un delito de primer grado y la pena impuesta deberá incluir una pena de prisión. La pena de prisión deberá incluir un plazo mínimo de 15 años, durante los cuales el acusado quedará excluida de la libertad condicional. El tribunal no podrá suspender o hacer cualquier otra disposición no privativas de la libertad de una persona condenada de conformidad con las disposiciones de la presente subsección.

Modificado 1979, c.178, s.29; 1981, c.290, s. 16; 1991, c.498; 1997, c.108; 1997, c.109.

2C :17-2. Causar o Arriesgando generalizada de lesiones o daños.

A. (1) Una persona que, a sabiendas o deliberadamente, ilegalmente cause una explosión, inundación, avalancha, derrumbe de un edificio, la puesta en libertad o el abandono de gases venenosos, materiales radioactivos o cualquier otra sustancia dañina o destructiva cometa un delito de segundo grado. Una persona que, a sabiendas o deliberadamente, ilegalmente causas generalizada lesión o daño de cualquier manera comete un delito de segundo grado.

(2) Una persona que, a sabiendas o deliberadamente, ilegalmente causa una descarga peligrosa que han de notificarse de conformidad con el "Control de Derrames de Compensación y la Ley", PL 1976, c.141 (C.58 :10-23 .11 y ss.), O de las normas y los reglamentos aprobados en virtud de los mismos, o que, a sabiendas o deliberadamente, causa una liberación ilícita o el abandono de residuos peligrosos, tal como se define en la sección 1 del PL 1976, c.99 (C. 13:1 E-38) o un tóxico contaminante, tal como se define en la sección 3 del PL 1977, c.74 (C. 58:10 A-3) comete un delito de segundo grado. Toda persona que imprudentemente viola las disposiciones de este párrafo es culpable de un crimen de tercer grado.

B. Una persona que imprudentemente causa lesión o daño generalizado es culpable de un crimen de tercer grado.

C. Una persona que imprudentemente crea un riesgo de lesión o daño generalizado comete un crimen de cuarto grado, incluso si no hay lesiones o daños. La violación de esta subsección es un crimen de tercer grado si el riesgo de lesiones o daños generalizados resultados de la imprudente manipulación o almacenamiento de materiales peligrosos. La violación de esta subsección es un delito de segundo grado, si la manipulación o almacenamiento de materiales peligrosos violado ninguna ley, norma o reglamento destinado a proteger la salud y la seguridad públicas.

D. Una persona que, a sabiendas o por negligencia, no toma medidas razonables para prevenir o mitigar el daño o el perjuicio generalizado comete un crimen de cuarto grado, en caso de que:

(1) Él sabe que él es en virtud de un funcionario, contractual o de cualquier otra obligación legal de adoptar las medidas, o

(2) Lo hizo o asentimiento al acto que cause o amenace la lesión o daño.

E. Para los propósitos de esta sección, lesiones o daños generalizados medios lesiones corporales graves a cinco o más personas o daños a cinco o más viviendas o de un edificio, que normalmente tendrían que figuran 25 o más personas en el momento de la ofensa.

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