Kenneth Vercammen & Associates, P.C.
2053 Woodbridge Avenue - Edison, NJ 08817
(732) 572-0500
www.njlaws.com

Friday, January 11, 2008

Desfiguración o lesiones permanentes necesarias en accidente de coche el caso de que la demanda de umbral se aplica

Kenneth Vercamme & Associates Oficina Jurídica ayudar a los heridos debido a la negligencia de otros. Ofrecemos representación a través de Nueva Jersey. Las compañías de seguros no ayudará. No se dé por vencido! Nuestra Oficina de Derecho puede proporcionar experimentado abogado representación si está lesionado.
Con el fin de recuperar los daños en un coche en la mayoría de lesiones corporales caso, el demandante debe demostrar por una preponderancia de la evidencia de que él o ella sufrieron lesiones que encajan en una o varias de las siguientes categorías:
1. Muerte;
2. Mutilación;
3. Desfiguración importante o significativo cicatrices;
4. Fracturas desplazadas;
5. La pérdida de un feto;
6. Una lesión permanente dentro de un razonable grado de probabilidad médica, que no sea la cicatrización o desfiguración.

En el juicio, el juez leerá la "instrucciones oficiales" al jurado. Se llaman Solicitud de encargado. La Solicitud de encargado, en caso de un accidente fue revisado recientemente.

SUPLEMENTO 5,42
Limitación de la demanda opción

5,42 LIMITACIÓN DE PLEITO OPCIÓN 1 (revisado 4 / 06)
A. Introducción
Con el fin de recuperar los daños en este caso, el demandante debe demostrar por una preponderancia de la evidencia de que [él] [ella] sufrieron lesiones que encajan en una o varias de las siguientes categorías:
1. Muerte;
2. Mutilación;
3. Desfiguración importante o significativo cicatrices;
4. Fracturas desplazadas;
5. La pérdida de un feto;
6. Una lesión permanente dentro de un razonable grado de probabilidad médica, que no sea la cicatrización o desfiguración.

1 Véase NJSA 39:6 A-8 bis. Aunque no numeradas en el estatuto, la Limitación de la Demanda judicial dentro de la Opción de Reducción de Costos de Seguros de Automóviles de la Ley 1998 (L.1998, c. 21 y c. 22) ( "AICRA"), las categorías son: (1) la muerte; ( 2) desmembramiento; (3) desfiguración importante o significativo cicatrices, (4) las fracturas desplazadas; (5) la pérdida de un feto; (6) un permiso de las lesiones dentro de un razonable grado de probabilidad médica, que no sea la cicatrización o desfiguración. La fecha efectiva de esta disposición es AICRA de 22 de marzo de 1999.

Por lo tanto, la limitación de juicio la opción se aplicará a las personas que, en el momento del accidente, fueron asegurados en virtud de pólizas de seguro de responsabilidad civil del automóvil emitido después de 22 de marzo de 1999. A modo de ejemplo, si un individuo estaba involucrado en una colisión de vehículos de motor el 23 de marzo, 1999, pero sigue siendo cubiertos por una política expedidos antes de la fecha de entrada en vigor del Estatuto (22 de marzo de 1999), él o ella estará sujeto a La verbales umbral aplicable a la L.1988, c.119 efectiva el 1 de enero de 1989.

SUPLEMENTO 5,42

Si encuentra que las lesiones causadas por el accidente, no están comprendidas en alguna de estas categorías, su veredicto debe ser para el demandado. Si encuentra que las lesiones causadas por el accidente entran dentro de una de estas categorías, debe ser su veredicto a favor del demandante.

B. Permanente de Lesiones (Tipo 6)
En este caso, el demandante alega que [él] [ella] sufrió una lesión permanente a causa de los accidentes de vehículos de motor. Una lesión será considerada permanente cuando el órgano o parte del cuerpo, o los dos, no ha sanado a funcionar normalmente y no curar a funcionar normalmente con más tratamiento médico. 2 El demandante debe probar esta reclamación a través de objetivo, creíble pruebas médicas. Objetivo de la prueba significa un daño deberá ser comprobada por examen físico o pruebas médicas y no puede ser la única base de las quejas subjetivas del demandante. Pruebas fidedignas de las pruebas es que encuentre a ser creíble. 2 Esta definición de "daño permanente" está tomado directamente de la Reducción de Costos de Seguros de Automóviles de la Ley de 1998 ( "AICRA"), NJSA 39:6 A-8. En DiProspero v. Penn, 183 NJ 477 (2005), la Corte Suprema de Nueva Jersey declaró que la Legislatura no tiene la intención de exigir un demandante con un Tipo 6 perjuicio de demostrar un "impacto grave o importante" en su vida, en fin A atravesar el umbral verbal. Por lo tanto, el demandante sólo necesitan demostrar un perjuicio permanente, tal como se define en el estatuto, para recuperarse de los daños no económicos.

• SUPLEMENTO 5,42

C. Muestra Interrogatories (Limitación de la Demanda Opción)
(Categoría 1) ¿Ha probado el demandante por una preponderancia de las pruebas fidedignas de que el difunto [nombre] murió como resultado de las próximas accidente?
_____ Sí _____ No _____ Votación

(Categoría 2) ¿Ha probado el demandante por una preponderancia de las pruebas fidedignas de que [él] [ella] mantenido un desmembramiento que fue directamente causados por el accidente?
_____ Sí _____ No _____ Votación

(Categoría 3) ¿Ha probado el demandante por una preponderancia de las pruebas fidedignas de que [él] [ella] sostenido una importante desfiguración o cicatrices que era importante, directamente causados por el accidente?
_____ Sí _____ No _____ Votación

(Categoría 4) ¿Ha probado el demandante por una preponderancia de las pruebas fidedignas de que [él] [ella] sostenido desplazados que se fractura, directamente causados por el accidente?
_____ Sí _____ No _____ Votación

(Categoría 5) ¿Ha probado el demandante por una preponderancia de las pruebas fidedignas de que ella perdió un feto como una consecuencia inmediata del accidente?
_____ Sí _____ No _____ Votación


• SUPLEMENTO 5,42

(Categoría 6) ¿Ha probado el demandante por una preponderancia de las pruebas fidedignas de que [él] [ella] sostenido permanentemente que la lesión fue directamente causados por el accidente?
_____ Sí _____ No _____ Votación

(Daños y perjuicios) ¿Qué cantidad de dinero de manera equitativa y razonable para compensar al demandante todas las lesiones que fueron directamente causados por el accidente?
$______________________ _____ Votación


5,50 AGRAVIO RECLAMACIONES ACTO PARA LA RECUPERACIÓN DE UMBRAL DE DAÑOS POR EL DOLOR Y SUFRIMIENTO (Aprobado 1 / 02)

NOTA INTRODUCTORIA
Cuando la negligencia de la demandante reclamo surge contra una entidad gubernamental, la Torts Claims Act, NJSA 59:1-1 a 12-3, regula la reclamación. La ley prevé excepciones específicas a la doctrina de la inmunidad soberana. Salvo cuando la ley específicamente impone la responsabilidad, las entidades públicas permanecer inmune a la negligencia trajes. NJSA 59:1-2. En consecuencia, la Ley de Reclamación por Agravios deben interpretarse en forma estricta para permitir juicios sólo cuando específicamente delineadas.
El inciso (d) del NJSA 59:9-2 establece un umbral para los daños no económicos que el demandante deberá superar para sostener una reclamación por el dolor y el sufrimiento. Nota: El hecho de no alcanzar el objetivo monetario y descriptivo umbral establecido en NJSA 59:9-2 no todas las causas de la barra de acción, sino que se limita a los bares de recuperación para el dolor y el sufrimiento componente.
La sección de la Ley, en la parte pertinente, y con énfasis añadido, dice lo siguiente (en su versión modificada PL 2000, c. 126, ß 32, efectiva 21 de septiembre de 2000):
No se concederán los daños en contra de una entidad pública o empleado público para el dolor y el sufrimiento resultantes de cualquier lesión, sin embargo, de que esta limitación en la recuperación de los daños sufridos por el dolor y el sufrimiento no se aplicará en los casos de pérdida permanente de una función corporal, la desfiguración permanente O desmembramiento cuando el tratamiento médico son los gastos en exceso de $ 3600. (Antes del 21 de septiembre de 2000, cualquier causa de acción que se plantea con el umbral requerido tratamiento médico gastos en exceso de $ 1000.)
Los tribunales han sostenido que el demandante podría ser el futuro para satisfacer los gastos a la suma. También debe tenerse en cuenta que, si el demandante no ha cumplido el umbral monetario, pero el demandante sostenido lesión o desfiguración permanente, él o ella puede todavía recuperar sus pérdidas económicas de su lesión permanente. Véase, v. Peterson Edison Tp. Bd. De la Ed., 137 NJ Super. 566 (App. Div. 1975); Rocco v. NJ Transit Operaciones de Ferrocarril, 330 NJ Super. 320 (App. Div. 2000).

GENERAL DE INSTRUCCIONES
Introducción
Para recuperar los daños por dolor y sufrimiento [como he definido previamente, que la medida de los daños], en este caso, el demandante debe demostrar por una preponderancia de la evidencia de que él / ella sostenido lesión que se encuadra en una de las siguientes categorías:
Nota al Magistrado
Carga de la categoría apropiada o ambos, dependiendo de las pruebas introducidas en cada caso.

1) la pérdida permanente de función corporal, y / o
2) la desfiguración permanente o desmembramiento
Para cada categoría, el demandante debe demostrar que los gastos que ocasione el tratamiento médico, como causa próxima de esta condición, superaron los $ 3600. (Si la causa de acción después del 21 de septiembre de 2000. El monto es de $ 1000, si se plantea antes de esa fecha.)
B. pérdida permanente de la función del cuerpo
Con respecto a una lesión permanente, el demandante debe demostrar:
1) Una pérdida permanente de la función del cuerpo [inserte aquí una descripción adecuada de la función del cuerpo perdido reivindicada].
2) La pérdida no tiene por qué ser total, pero debe ser considerable. Mera limitación es insuficiente, es decir, el demandante debe probar esta pérdida por un objetivo creíble demostración de las pruebas médicas de lesiones permanentes, debido a los daños sufridos por el temporal de las lesiones no son recuperables. La prueba debe ser a la vez objetivo y creíble. Objetivo significa que las pruebas deben ser verificadas por el examen físico, las pruebas diagnósticas y / o de observación. Creíble significa que la evidencia es creíble.
3) El demandante no puede recuperar por la mera sensación de malestar subjetivo.
C. Desfiguración
1) La cicatrización, sangrado y / o manchas [inserte aquí una descripción adecuada de la cicatriz, sangrado o mancha] debe ser un objetivo importante desfiguración.
2) Debe ser algo más que una fruslería marca detectable en una estrecha inspección y debe desmerecer la apariencia de la persona.

La desfiguración debe ser visible y no insustancial.

En resumen, para recuperar para el dolor y el sufrimiento, el demandante debe demostrar por una preponderancia de la evidencia de que él / ella sostenido. . . (Elegir categoría apropiada)
Una pérdida permanente de una función corporal o
Desfiguración permanente que es sustancial O
Un desmembramiento
Y se ha reunido en el umbral monetario.
Si a fin de encontrar, quizá examinar todas las pruebas presentadas por la demandante en relación con todos los de su dolor y el sufrimiento de lesiones permanentes, incluso aquellas lesiones que no cumplan con el límite de que usted se encuentre, directamente causados por la negligencia de la [ Aquí identificar la entidad pública o empleado público]. ,
Reale v. Tp. De Wayne, NJ Super 132. 100 (Ley Div. 1975).
Véase, v. Hammer Tp. De Livingston, 318 NJ Super. 298 (App. Div. 1999).
En el caso de que la entidad pública o empleado supuestamente se conjunta con un autor del daño no público demandado, el acusado no pública seguirá siendo expuestos a la responsabilidad por el dolor y el sufrimiento que el umbral no se cumple por la demandante en contra de la opinión pública Autor del daño. Véase, Rivera v. Gerner, 89 NJ 566 (1982).

Encargado 5,50

Sobre el autor:
Kenneth Vercamme es un Litigio Fiscal en Edison, NJ, aproximadamente 17 millas al norte de Princeton. A menudo conferencias para el Estado de Nueva Jersey en la Asociación de Abogados de lesiones personales, penales y la ley y el tribunal municipal de conducción en estado de ebriedad. Ha publicado 125 artículos en las publicaciones y Nueva Jersey en los tribunales municipales y litigios temas. Se ha desempeñado como Fiscal Especial de Actuación en siete diferentes ciudades y pueblos de Nueva Jersey y también defendió con éxito a cientos de personas frente a la Corte Municipal y la Corte Penal cargos.
En su práctica privada, que ha dedicado una parte de su tiempo profesional a la preparación y el enjuiciamiento de las cuestiones objeto de litigio. Ha aparecido en los tribunales de Nueva Jersey varias veces a la semana en muchas lesiones personales asuntos, el Tribunal Municipal de juicios, audiencias de arbitraje y derecho administrativo impugnado audiencias.
Desde 1985, su principal concentración ha estado en litigios. Sr Vercamme jurídica adquirida otras experiencias como la Ley Confidencial Secretario de la Corte de Apelaciones de Maryland (Tribunal Supremo), con el Condado de Delaware, PA Fiscal de Distrito Oficina de manipulación Probable Causa Audiencias, Departamento de Libertad Condicional del Condado de Middlesex como un oficial de libertad vigilada, y un Ejecutivo Auxiliar de Scranton Magistrado de Distrito, Thomas Hart, en Scranton, PA.

KENNETH VERCAMMEN & ASSOCIATES, PC
Abogado
2053 Woodbridge Ave.
Edison, NJ 08817
(Teléfono) 732-572-0500
(Fax) 732-572-0030
Web: www.njlaws.com

No comments: