Kenneth Vercammen & Associates, P.C.
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Wednesday, January 20, 2010

4:86 norma. ACCIÓN DE TUTELA DE UNA PERSONA mentalmente incapacitado, Alzeimer O PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN CURADOR

Oficina de Kenneth Vercammen representa las personas que buscan la tutela legal de un padre o un adulto miembro de familia.

De vez en cuando una persona no puede manejar su vida como resultado de una discapacidad mental o física, el alcohol o la adicción a las drogas. Si se firmó un poder legalmente preparados de abogado, un miembro de su familia, amigo o profesional legalmente puede actuar en los asuntos de esa persona. Si el poder no se firmó, su abogado debe presentar una queja formal y otros escritos judiciales en el Tribunal Superior para permitir que el miembro de su familia, amigo o profesional para ser capaz de manejar los asuntos financieros.

Poderes se dan generalmente por una persona a otra a fin de que si el otorgante del poder se pone enfermo o incapacitado, el Poder Notarial permitirá al titular de la misma para pagar las cuentas del otorgante y de manejar los asuntos del otorgante en la incapacidad de la otorgante a hacer lo mismo.

Un poder notarial es un nombramiento de otra persona como propio agente. Un poder notarial crea una relación agente-principal. El otorgante del Poder es el principal. La persona a quien se le da el poder notarial es el agente. Le damos el título de "abogado-en-hecho" para el agente que se le da un poder notarial.

Sin un poder legal o el tribunal ordenó a la tutela, incluso un cónyuge no tiene la autoridad legal para firmar la firma de su cónyuge. Si un poder válido de abogado no está jurídicamente preparado, firmado y reconocido en el frente de un abogado o notario, que no es válido.

Sin un poder, una orden de tutela y la sentencia debe ser obtenido de la Corte Superior para permitir la toma de decisión jurídica completa.

Según la Ley de Discapacidad, Un Primer jurídicos publicados por el Estado de New Jersey Bar Association, "El tutor es una persona nombrada por un tribunal a hacer decisiones financieras y de personal para una persona demostrado ser incapaces". p11

1. Cuando se necesita un tutor? Un tutor es necesaria cuando un individuo no puede manejar su vida como resultado de una discapacidad mental o física, el alcohol o la adicción a las drogas. La persona a la que se nombra un tutor que se llama un "pupilo". La Ley de Discapacidad en el p11

Recientemente, la normativa cambia la denominación de "incompetente mental" a la "persona incapacitada" en todas las leyes, normas, reglamentos y documentos.

2. ¿Qué derechos tiene un incompetente perder? A menos que un tribunal ordene lo contrario, bajo la tutela o incompetentes no tiene el derecho a decidir dónde vivir, gastar dinero, bienes de uso, presente en el Tribunal o someterse a tratamiento médico sin la aprobación de su tutor. Un soltero incompetente también pierde el derecho a casarse.

3. ¿Cómo alguien convertirse en el tutor de otro? Tutores son designados por los tribunales después de que la persona en necesidad de la tutela se ha demostrado incompetente. Acciones de tutela puede ser sometido el Estatuto de la incompetencia general (NJSA 3B :12-25 y ss.) O en el marco del Estatuto que trata de las personas que reciben servicios de la División de Discapacidades del Desarrollo del Estado. N.J.S.A.. 30:4-165.4 y ss. Tutores que están casadas con el incompetentes o son padres de un incapaz de hecho puede elegir a quién será el tutor después de la muerte y tutores incluir una cláusula de designación de su sucesor en su testamento. Discapacidad Leyes p12 Bajo el estatuto incompetencia general, una demanda solicitando la tutela debe ser presentada en el Tribunal Superior, además de un acta circunstanciada por la persona que pide ser Guardian detalla los activos de las razones por qué el más incompetente incompetente ya no es capaz de gestionar sus asuntos. Declaraciones juradas de dos médicos también son necesarias. El Tribunal de Justicia nombrará a un abogado temporal para entrevistar a los incompetentes y preparar un informe a la Corte.

4. ¿Quién puede ser un tutor? En general, un pariente cercano o una persona con una estrecha relación con los incompetentes, que se propone actuar para proteger a los incompetentes de interés puede ser tutor. cuando un amigo o un pariente cercano no está disponible, el tribunal puede nombrar el Tutor Público (para personas mayores de 60 años) o un abogado para actuar como tutor.

5. ¿Cuáles son los derechos de los incompetentes propuesto antes de la audiencia? La propuesta de incompetente tiene derecho a recibir una notificación antes de la audiencia de tutela, a ser representado por un abogado y presentar una defensa en la audiencia.

6. ¿Qué sucede si el incompetente recuperar la capacidad de gestionar sus asuntos? La incompetencia fue entonces volver a la corte y pedir que se hizo su propio guardián de nuevo, pero primero debemos demostrar que él o ella ha recuperado la "sana razón".

7. Cuando es un tutor no necesitan? Sólo porque una persona tiene una discapacidad, no significa que necesitan un tutor. El tutor no es necesario si una persona puede hacer, y entiende la naturaleza de las decisiones, y comunicar las decisiones a los demás. El tutor no es necesario para alguien que tiene una discapacidad física, pero que puede manejar sus asuntos, y no es necesario si una persona sólo tiene un problema de gestión de dinero o bienes. La Ley de Discapacidad p12

4:86-1. Queja

Cada acción para la determinación de la incapacidad mental de una persona y para el nombramiento de un tutor de esa persona o de bienes de la persona o de ambos, que no sea una acción con respecto a un veterano en NJSA 3B :13-1 y ss., Se pondrá en conformidad con el R. 4:86-1 a través de R. 4:86-8. La denuncia deberá indicar el nombre, edad, domicilio y dirección de la demandante, de la supuesta incapacidad mental de la persona y la supuesta incapacidad mental cónyuge, si las hubiere; la relación de la demandante a la supuesta incapacidad mental persona, el interés del demandante en la acción ; los nombres, direcciones y edades de la supuesta incapacidad mental los niños la persona, en su caso, y los nombres y direcciones de los presuntos padres de la persona mentalmente incapacitado y parientes más cercanos, el nombre y la dirección de la persona o entidad que tenga la guarda y custodia de la presunta persona incapacitada mentalmente, y si la supuesta incapacidad mental persona ha vivido en una institución, el período o períodos de tiempo que la supuesta incapacidad mental persona ha vivido en ella, la fecha del compromiso o el parto, y con qué autoridad cometido o confinados. La denuncia también se especificará el nombre y la dirección de cualquier persona que figura como apoderado en realidad en todo poder ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, cualquier persona nombrada como representante de atención de salud en una directiva de salud ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, y cualquier persona que actúe como fiduciario en virtud de un fideicomiso para el beneficio de la supuesta incapacidad mental persona. Nota: Fuente-R.R. 4:102-1. Modificado 22 de julio 1983 para ser eficaz 12 de septiembre 1983; R. ex 4:83-1 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; R. 4:86 título modificado, y el texto de R. 4:86-1 modificada 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-2. Declaraciones juradas de acompañamiento

Las alegaciones de la denuncia se verificará según lo estipulado por el Sr. R. 1:4-7 y tendrá anejos: (a) una declaración jurada indicando la naturaleza, la ubicación y el valor justo de mercado (1) de todos los bienes inmuebles en los que la supuesta mentalmente persona incapacitada tenga o pueda tener un interés actual o futuro, declarando el interés, la descripción de los bienes inmuebles, total o por medidas y límites, y que se indique el avalúo del mismo, y (2) de todos los bienes personales que él o ella, será o puede, con toda probabilidad convertido en derecho, incluida la naturaleza y el total o cuantía de la indemnización, pensión, seguro o ingresos que deban abonarse a la supuesta incapacidad mental persona. Si el demandante no puede obtener esa información, la denuncia así lo hará constar y explicar sus motivos, y la declaración jurada presentada en ese caso deberá contener toda la información que puede obtenerse en el ejercicio de una diligencia razonable, (b) declaraciones juradas de dos médicos de renombre , que posea las cualificaciones establecidas en NJSA 30:4-27.2 t. Si una persona supuesta incapacidad mental se ha comprometido a una institución pública y se limita el mismo, una de las declaraciones juradas deberá ser la del director ejecutivo, el director médico, o el jefe de servicio siempre y cuando la persona es también el médico tiene la responsabilidad general para el programa profesional de la atención y tratamiento en la unidad administrativa de la institución. No obstante, cuando una supuesta persona mentalmente incapacitado tiene su domicilio en este Estado, pero en otro lugar, las declaraciones juradas pueden ser los de los médicos que son residentes del estado o jurisdicción de la supuesta incapacidad mental residencia de la persona. Cada declarante deberá haber tomado un examen personal de la supuesta incapacidad mental persona de no más de 30 días antes de la presentación de la queja, pero ese período de tiempo puede ser atenuada por el tribunal a instancia de parte la exhibición de una buena causa. Para apoyar la denuncia, cada declarante deberá indicar: (1) la fecha y lugar del examen, (2) si el médico es un tratamiento o examen médico, (3) si el médico está descalificado en R. 4:86-3 , (4) el diagnóstico y pronóstico y para ello de fundamento fáctico, (5) el fin de garantizar que la supuesta incapacidad mental persona es el mismo individuo que se examinó una descripción física de la persona examinada, incluyendo pero no limitado a, el sexo, la edad y el peso, y (6) Dictamen del declarante que la supuesta incapacidad mental persona es apta y capaz de gobernarse a sí mismo y para administrar sus asuntos y se expondrán con la particularidad de las circunstancias y la conducta de la supuesta incapacidad mental persona sobre la que Esta opinión se basa, como una historia de la supuesta incapacidad mental condición de persona. La declaración debe incluir también una opinión sobre si la supuesta incapacidad mental persona es capaz de asistir a la audiencia y si no, las razones de la incapacidad del individuo. (c) En lugar de las declaraciones juradas previstas en el apartado (b), una declaración jurada de un médico de buena reputación que posean las cualificaciones como exige el apartado (b), afirmando que él o ella se ha esforzado por hacer un examen personal de la supuesta incapacidad mental días-persona de no más de 30 antes de la presentación de la denuncia, sino que la supuesta incapacidad mental persona o las personas encargadas de él o ella se niegan o son reacios a dejar el declarante a tal examen. El período de tiempo del presente Decreto pueden ser suavizadas por el tribunal a instancia de parte la exhibición de una buena causa. Nota: Fuente-R.R. 4:102-2; R. ex 4:83-2 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990, y los párrafos (b) y (c), modificada 14 de julio 1992 para ser eficaz 1 de septiembre 1992 ; el párrafo (b) modificación 13 de julio 1994 para ser eficaz 1 de septiembre 1994, apartados (a), (b) y (c), modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-3. Descalificación del Médico

N jurada deberá ser presentada por un médico que se relaciona, ya sea por sangre o matrimonio, a la supuesta incapacidad mental a una persona o propietario, director o director ejecutivo de cualquier institución (excepto estado, condado o instituciones federales) para la atención y tratamiento de los enfermos mentales en los que la supuesta incapacidad mental persona está viviendo, o en el que se propone poner a él oa ella, o que es profesional contratado por la gestión de la misma como un médico residente, o que esté financieramente interesado en ella. Nota: Fuente-R.R. 4:102-3; R. ex 4:83-3 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990, modificada 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-4. Orden de audiencia (a) Contenido de la Orden. Si el tribunal está satisfecho con la suficiencia de la denuncia y el apoyo a las declaraciones juradas y que los procedimientos deben tomarse más al respecto, deberá presentar una orden de fijar una fecha para la audiencia, y exigir que una antelación mínima de 20 días de su atención a la supuesta incapacidad mental persona, cualquier persona que figura como apoderado en realidad en todo poder ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, cualquier persona nombrada como representante de atención de salud en una directiva de salud ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, y cualquier persona que actúe como fiduciario en virtud de un fideicomiso para el beneficio de la supuesta incapacidad mental persona, la supuesta incapacidad mental cónyuge, los hijos de 18 años de edad o más, los padres, la persona que tenga la custodia de la supuesta incapacidad mental persona, el abogado designado de conformidad con el R. 4: 86-4 (b), y tales personas, como el tribunal disponga. La notificación se efectuará por el servicio de una copia de la orden, denuncia y apoyo a las declaraciones juradas sobre la supuesta incapacidad mental persona personalmente y en cada una de las otras personas en la forma que el tribunal disponga. El tribunal, en la orden, podrán, por causas justificadas, permitir que un plazo más breve o prescindir de la notificación, pero en tal caso, la orden se recita el terreno para ellos, y la prueba se presentará en la audiencia que el motivo de esta dispensa sigue existiendo . Un aviso por separado, además, ser notificado personalmente, sobre la supuesta incapacidad mental persona que declare si él o ella desea oponerse a la acción que él o ella puede aparecer en persona o por un abogado y solicitar un juicio con jurado. (b) Nombramiento y obligaciones del abogado. La orden incluirá también la designación por el tribunal de los abogados de la supuesta incapacidad mental persona. El abogado deberá 1) entrevistar personalmente a la supuesta persona mentalmente incapacitada; 2) hacer la investigación de las personas que tengan conocimiento de la supuesta incapacidad mental circunstancias la persona, su estado físico y mental y de su propiedad; 3) hacer una indagación razonable para localizar cualquier voluntad , poderes, o instrucciones de atención médica anteriormente ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona o para descubrir cualquier interés que la presunta persona mentalmente incapacitado puede tener como beneficiario de un testamento o fideicomiso. Por lo menos tres días antes de la fecha de la audiencia el abogado deberá presentar un informe ante la corte y entregar una copia del mismo, en abogado del demandante, y otras partes que han aparecido oficialmente en la materia. El informe deberá contener la información desarrollada por la investigación del abogado, hará las recomendaciones relativas a la determinación del tribunal sobre la cuestión de la incapacidad mental, puede hacer recomendaciones sobre la idoneidad de alternativas menos restrictivas, como la tutela o la delimitación de las zonas de toma de decisiones que la presunta persona mentalmente incapacitado puede ser capaz de ejercer, y si un plan de caso para la persona mentalmente incapacitada a partir de entonces debe presentarse a la corte. El informe deberá además indicar si la supuesta incapacidad mental persona ha expresado su predisposición y preferencias, de ser así, el abogado deberá argumentar en favor de su inclusión en la sentencia de la Corte. El informe también hará recomendaciones sobre si existe una buena causa para que el tribunal ordene que se modifique todo poder, la Directiva de atención de salud, o de fideicomiso revocable creado por la supuesta incapacidad mental persona ser revocada o la autoridad de la persona o personas que actúen con arreglo al mismo o restringido. Si la supuesta persona mentalmente incapacitado obtiene otro abogado, el abogado deberá notificar al tribunal y el abogado designado por lo menos cinco días antes de la fecha de la audiencia. (c) Examen. Si la declaración jurada se presenta la reclamación de conformidad con el R. 4:86-2 (c), el tribunal podrá, a solicitud y previo aviso a todas las personas tienen derecho a la notificación de la audiencia prevista en el párrafo (a), para la supuesta incapacidad mental persona a someterse a un examen. La propuesta se expondrán los nombres y direcciones de los médicos que se llevará a cabo el examen, y la orden se especificará el tiempo, lugar y condiciones del examen. Previa solicitud, el informe se aportará a la fiesta ya sea el examen o de su abogado. (d) Guardian Ad Litem. En cualquier momento antes de la entrada de la sentencia, cuando concurran circunstancias especiales lleguen a conocimiento del tribunal por el movimiento formal o no, un curador ad litem pueden, además de abogado, será nombrado para evaluar el interés de la supuesta incapacidad mental y la persona para presentar la evaluación a la corte. (e) Indemnización. La remuneración de los consejeros y del tutor ad litem, en su caso, podrá ser fijada por el tribunal para ser pagados de los bienes de la supuesta incapacidad mental persona o de otra manera como la Corte dirigirá. Nota: Fuente-R.R. 4:102-4 (a) (b). El párrafo (b) modificación 16 de julio 1979 para ser eficaz 10 de septiembre 1979, párrafo (a), modificó el 21 de julio 1980 para ser eficaz 8 de septiembre 1980, párrafo (a), modificó el 16 de julio 1981 para ser eficaz 14 de septiembre 1981 ; título de ex R. 4:83-4 modificado, el título y el texto del párrafo (a) y modificada en parte a denominarse apartado (b) y en el párrafo anterior (b) a denominarse apartado (c) y modificada, y el artículo redesignado junio 29, 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; el apartado (b) modificación 13 de julio 1994 para ser eficaz 1 de septiembre 1994; el apartado (b) modificado y en los apartados (d) y (e) agregó 28 de junio 1996 para ser eficaz 1 de septiembre 1996, apartados (a), (b), (c), (d), y (e), modificó el 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-5. Prueba de entrega, aparición de la persona incapacitada mentalmente en la Audiencia; Respuesta

Antes de la audiencia, el demandante deberá presentar prueba de servicio de la Comunicación, para la audición, la denuncia y las declaraciones juradas y la prueba por declaración jurada de que la presunta incapacidad mental persona ha tenido la oportunidad de comparecer personalmente o por abogado, y que él o ella se ha dado u ofrecido ayuda para comunicarse con amigos, parientes o abogados. El demandante o abogado de oficio puede producir la supuesta incapacidad mental persona en la audiencia o la corte puede ordenar al demandante para hacerlo, a menos que el tribunal considera que sería perjudicial para la salud de la supuesta incapacidad mental persona o inseguro para los supuestos mentales persona incapacitada o que otros lo hagan. Si la supuesta incapacidad mental persona o cualquier otra persona de recibir la notificación de la audiencia tiene la intención de aparecer por un abogado, la persona afectada, a más tardar cinco días antes de la vista, servir y presentar una respuesta a la denuncia. Nota: Fuente-R.R. 4:102-5; título y el texto de R. ex 4:83-5 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título y el texto modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-6. Audiencia; Sentencia

(a) de Primera Instancia. A menos que un juicio por jurado es solicitada por o en nombre de la supuesta incapacidad mental persona, o sea ordenado por el tribunal, el tribunal sin jurado, después de tomar declaración en audiencia pública, determinar la cuestión de la incapacidad mental. Si no hay jurado, el tribunal, con el consentimiento del abogado de la presunta persona mentalmente incapacitado, podrá tomar el testimonio de un médico por teléfono o puede prescindir de los testimonios orales de los médicos y se basan en las declaraciones juradas presentadas de conformidad con el R. 4: 86-2 (b). Teléfono testimonio se registrarán textualmente. (b) Propuesta de Nueva Instancia. Una propuesta de un nuevo juicio no podrá ser servido a más tardar 30 días después de la entrada de la sentencia. (c) Nombramiento de tutor. Si un tutor de la persona o del patrimonio o de la persona y los bienes será nombrado, el tribunal nombrará y las cartas se concederá al cónyuge de la persona mentalmente incapacitada, si el cónyuge que vivía con la persona mentalmente incapacitadas como esposo o la esposa en el momento de la incapacidad mental se levantó, o para la persona mentalmente incapacitada familiares, o si ninguno de ellos aceptará el nombramiento o si el tribunal considera que no se cita entre ellos será en el mejor interés de la mentalmente incapacitado persona, el tribunal nombrará y las cartas se concederá a esa otra persona que acepte su nombramiento como el tribunal determina que es en el mejor interés de la persona mentalmente incapacitada. Antes de cartas de tutela expedirá, el tutor deberá aceptar el nombramiento de conformidad con R. 4:96-1. La sentencia se nombra el tutor deberá fijar el importe de la fianza, a menos que prescindir por el tribunal. El orden de nombramiento se requiere el tutor de los bienes para presentar ante la corte dentro de 90 días del nombramiento de un inventario que especifiquen todos los bienes y rentas de la propiedad de la persona mentalmente incapacitada, a menos que el tribunal prescinde de este requisito. Dentro de este período de tiempo, el tutor de los bienes será también copias del inventario de todos los familiares y otras partes interesadas tales como el tribunal decida. La orden también exigirán al tutor para mantener el sustituto continuamente informado sobre el paradero y el número de teléfono del tutor y de la persona incapacitada mentalmente y para asesorar al sustituto dentro de 30 días de la muerte de la persona mentalmente incapacitada o de cualquier cambio importante en su o su estado o la salud. Nota: Fuente-R.R. 4:102-6 (a) (b) (c), 4:103-3 (segunda frase). El párrafo (a), modificó el 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984, párrafo (a), modificó el 5 de noviembre 1986 a 1 ° de enero de 1987; los apartados (a) y (c), del ex R. 4:83 -- 6 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; el apartado (c), modificada 13 de julio 1994 para ser eficaz 1 de septiembre 1994, apartados (a) y (c), modificada 12 de julio 2002 para ser eficaz 3 de septiembre 2002. 4:86-7. La recuperación de la capacidad mental

En el comienzo de una acción individual o mediante la presentación de una moción en la causa original de la persona mentalmente incapacitado o una persona interesada en su nombre, con el apoyo de declaración jurada y exponiendo los hechos demuestren que la persona previamente incapacitada mentalmente ya no es mentalmente incapacitado, el tribunal, previa notificación a las personas que serían expuestos en una denuncia presentada de conformidad con el R. 4:86-1, fije una fecha para la audiencia, tomar el testimonio oral en audiencia pública, con o sin jurado, y puede dictar sentencia de que la persona ya no está mentalmente incapacitado, que su tutor ser dado de alta con sujeción a la obligación de cuenta, y que su persona y bienes ser restaurado a su control. Nota: Fuente-R.R. 4:102-7; R. ex 4:83-7 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título y el texto modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-8. Nombramiento de tutor para la persona no residente mentalmente incapacitado

Una acción para el nombramiento de un tutor para un no residente que haya sido o se encuentra a una persona mentalmente incapacitada bajo las leyes del estado o jurisdicción en la que la persona mentalmente incapacitada reside se llevarán ante el Tribunal Superior de conformidad con el R. 4:67. El demandante deberá exhibir y presentar ante el tribunal una copia ejemplo del proceso o de otros elementos de prueba que se establece el hallazgo. Si el demandante es el tutor debidamente nombrado, fiduciario o de una comisión de la persona incapacitada mentalmente en el estado o jurisdicción en la que se efectuó la verificación, y se aplica a ser designado tutor en este Estado, el tribunal puede nombrar de inmediato a esa persona sin necesidad de expedir una orden de para mostrar causa. Nota: Fuente-R.R. 4:102-8. Modificado 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984; R. ex 4:83-8 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título y el texto modificado 12 de julio 2002 para ser eficaces 3 de septiembre , 2002. 4:86-9. Tutores para las personas mentalmente incapacitadas Bajo la Ley Uniforme de Veteranos de la tutela

(a) Denuncia de nombramiento. La acción judicial para el nombramiento de un tutor en NJSA 3B :13-1 y ss. para una sala de supuesta a ser una persona mentalmente incapacitado deberá ser interpuesta ante el Tribunal Superior por cualquier persona con derecho a la prioridad de la cita. Si no hay ninguna persona gozará de este derecho o si el que tiene derecho se niega a iniciar la acción dentro de los 30 días posteriores al envío del anuncio por una agencia federal a la última dirección conocida de la persona con derecho a la prioridad de su nombramiento, indicando la necesidad de el nombramiento, el recurso podrá ser interpuesto por cualquier persona que resida en este Estado, actuando en nombre del pupilo. (b) Quejas. La queja deberá estado (1) el nombre, edad y lugar de residencia de la sala, (2) el nombre y lugar de residencia del pariente más próximo, si se conoce, (3) el nombre y la dirección de la persona o institución, si alguno, que tenga la custodia de la sala; (4) que su circunscripción tiene derecho a recibir dinero por pagar por oa través de una agencia federal; (5) la cantidad de dinero que se debe y el importe de los pagos futuros probables, y (6) que la sala ha sido calificado de una persona incapacitada mentalmente en el examen por una agencia federal de conformidad con las leyes que regulan el mismo. (c) Prueba de la necesidad de Guardian de la persona mentalmente incapacitada. Un certificado por el jefe de policía, o de su representante, indicando el hecho de que la sala ha sido calificado de una persona mentalmente incapacitado por una agencia federal en el examen de conformidad con las leyes y reglamentos que rigen dicha agencia y que el nombramiento es una condición previa para el pago de dinero por la sala por dicha agencia se evidencia prima facie de la necesidad de hacer una cita en virtud de esta regla. (d) Determinación de la incapacidad mental. Incapacidad mental puede estar determinado por los certificados, sin otras pruebas, de dos oficiales médicos del servicio militar o de una agencia federal, que certifique que, por razón de incapacidad mental del pupilo es incapaz de administrar sus bienes, o de certificación a otras hechos que deberán cumplir los tribunales como a la incapacidad mental de tal. (e) Nombramiento de tutor; Bond. Tras la prueba de la notificación debidamente determinada y una determinación de la incapacidad mental, el tribunal puede nombrar a una persona adecuada para ser el guardián y fijar el importe de la fianza. La fianza será por un monto no inferior a la que se debe o pagaderos a la sala en el año siguiente. El tribunal puede, de vez en cuando requieren seguridad adicional. Antes de cartas de tutela expedirá, el tutor deberá aceptar el nombramiento de conformidad con R. 4:96-1. (f) la terminación de la tutela Cuando Ward recupera la capacidad mental. Si el tribunal ha nombrado un tutor para los bienes de un barrio, que posteriormente, en la debida notificación, podrá declarar la sala de haber recuperado la capacidad mental en la prueba de la comprobación y determinación a tal efecto por las autoridades médicas del servicio militar o federal organismo o sobre la base de otros hechos y circunstancias que deberán cumplir los tribunales en cuanto a la capacidad mental de la sala. El tribunal podrá entonces aprobación de la gestión del tutor y sin más trámites sujetos a la liquidación de su cuenta. (g) Quejas en acción para tener Guardian Personalty Recibir adicionales. La denuncia en una acción de autorizar al tutor, de conformidad con la ley, a recibir los bienes personales de cualquier otra fuente que el Gobierno de los Estados Unidos se indica el importe de dichos bienes y el nombre y la dirección de la persona o entidad que tenga la custodia efectiva de la barrio. (h) Definiciones. Definiciones contenidas en N.J.S.A. 3B :13-2 se aplicará a los términos de esta regla. Nota: Fuente-R.R. 4:102-9 (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) (h), 4:103-3 (segunda frase). El párrafo (a), modificó el 22 de julio 1983 para ser eficaz 12 de septiembre 1983, párrafo (a), modificó el 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984, apartados (a) a (f) y (h), de R. ex 4:83-9 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título modificado, apartados (a) y (b) modificar los apartados (c) y (d) títulos y texto enmendado, el apartado (e ) ha modificado, y en el apartado (f) título y texto modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-10. Nombramiento de tutor para las personas reciben servicios de la División de Discapacidades del Desarrollo de

Una acción de conformidad con el N.J.S.A. 30:4-165.7 y ss. para el nombramiento de un tutor de una persona sobre la edad de 18 años que está recibiendo servicios de la División de Incapacidades del Desarrollo se pondrá en conformidad con estas normas en la medida, salvo que: (a) La denuncia podrá ser presentada por el Comisionado de Servicios Humanos o de un padre, cónyuge, pariente u otra parte interesada en el bienestar de esa persona. (b) En lugar de las declaraciones juradas previstas por R. 4:86-2 la denuncia se han verificado dos declaraciones anexas a ella. Una declaración jurada deberá ser presentada por el director general, director médico, u otro funcionario que el control administrativo de una División de Discapacidades del Desarrollo del programa de servicio de la supuesta incapacidad mental y la otra persona será sometida por un médico con licencia para practicar en New Jersey o psicólogo licenciado de conformidad con NJSA 45:14 B-1 y ss. La declaración jurada deberá exponer con la particularidad de la supuesta incapacidad mental significativo persona deterioro funcional crónico, como que el tema se define en NJSA 30:4-165.8, y los hechos en la creencia de la declarante que, como consecuencia de ello, la persona carece de la capacidad cognitiva ya sea para tomar decisiones o para comunicar las decisiones a los demás. (c) Si la petición tiene por objeto la tutela de la única persona, la Oficina del Defensor del Pueblo, en su caso, será designado como abogado de la presunta persona incapacitada mentalmente, según lo dispuesto por el Sr. R. 4:86-4. Si la Oficina del Defensor del Pueblo no está disponible o si la petición tiene por objeto la tutela de la persona y los bienes, el tribunal designará a un abogado distinto del Defensor Público para representar a la supuesta persona mentalmente incapacitada. El abogado de la supuesta incapacidad mental persona podrá conservar en su caso a un experto independiente de emitir una opinión respecto a la incapacidad mental de la supuesta incapacidad mental persona. (d) La audiencia se celebrará de conformidad con el R. 4:86-6, salvo que un tutor puede ser designado sumariamente si el abogado de la supuesta incapacidad mental persona, por declaración jurada, no niega ni la necesidad de la tutela o la aptitud del tutor propuesto y si la audiencia plenaria no se solicite, ya sea por la supuesta incapacidad mental persona o en su nombre. Nota: Aprobado 7 de julio 1971 para ser eficaz 13 de septiembre 1971, modificada 24 de julio 1978 a partir de septiembre 11, 1978. Antiguo Artículo suprimido y la nueva regla adoptada 5 de noviembre 1986 a 1 ° de enero de 1987; título modificado y en los apartados (b), (c) y (d), de R. ex 4:83-10 modificado y rebautizado regla 29 de junio de 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990, y los párrafos (b) y (c), modificada 14 de julio 1992 a efecto en septiembre 1, 1992, párrafo (c), modificada 28 de junio 1996 a partir de septiembre 1, 1996; los apartados (b ), (c), y (d), modificó el 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-11. Nombramiento de curador

(a) el inicio de la acción; demanda.Una acción de conformidad con el N.J.S.A. 3B: 13A-1 y ss. para el nombramiento de un tutor será llevada por una tutela u otra persona en su nombre en el aviso, según lo dispuesto por el NJSA 3B: 13A-5 y 6. La queja deberá ser presentada en el Tribunal Superior y se pronunciarán (1) la edad del pupilo y de residencia, (2) los nombres y direcciones de los herederos del pupilo y todas las demás personas con derecho a ello de conformidad con NJSA 3B: 13A-6, y (3) la naturaleza, la ubicación y el valor justo de mercado de todos los bienes, real y personal, de acuerdo con R. 4:86-2 (a). (b) Audiencia. El tribunal, sin jurado, deberá tomar testimonio en audiencia pública para determinar si el pupilo, por razón de edad avanzada, enfermedad o dolencia física, es incapaz de cuidar o administrar sus bienes o se ha convertido no puedan mantenerse por sí mismo o mismo o para otros que dependen de él o ella para recibir apoyo. El tribunal puede nombrar un abogado para el pupilo si llega a la conclusión de que el abogado es necesaria para proteger sus intereses. Si el pupilo no pueda asistir a la audiencia por razones de incapacidad física o de otra índole, el tribunal designará un tutor ad litem para llevar a cabo una investigación para determinar si los objetos de tutela a la tutela. Si el abogado del pupilo, sin embargo, ha sido nombrado, el abogado tal llevará a cabo la investigación, y no por separado tutor ad litem serán nombrados. En ningún caso se nombrará un tutor si el tribunal determina que el pupilo sus objetos. (c) La aceptación del nombramiento. La aceptación del nombramiento como tutor puede ser antes de cualquier persona autorizada por las leyes de este Estado para administrar un juramento. (d) Solución de Cuenta curador. Cuando el tribunal, por causa justificada se muestra, las órdenes de una contabilidad completa por el tutor, la cuenta se resolverán en el Tribunal Superior de conformidad con el R. 4:87, en la medida aplicable. Nota: Aprobada 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984, apartados (a), (b) y (c) de R. ex 4:83-11 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre de 1990. 4:86-12. Médicos especiales Guardian

(a) Normas. Sobre la aplicación de un hospital, asilo de ancianos, el tratamiento médico, familiar u otra persona apropiada dadas las circunstancias, el tribunal puede nombrar un tutor especial de la persona de un paciente de actuar por el respeto de los pacientes el tratamiento médico de conformidad con la orden del tribunal, si que considera que: (1) el paciente está mentalmente incapacitado, inconsciente, menores de edad o no puede consentir al tratamiento médico, (2) no tutor general o natural está disponible de inmediato que consienta a la prestación de tratamiento médico; (3) la representación del sistema de tratamiento médico necesario para hacer frente a una amenaza sustancial para la vida del paciente o la salud, y (4) el paciente no ha designado un representante para el cuidado de la salud o ejecutado una directiva de atención de salud de conformidad con la instrucción de Nueva Jersey Advance directivas para Ley de salud, NJSA 26:2 H-53 a -78, la determinación de la cuestión de tratamiento en cuestión. (b) Lugar de celebración. La solicitud deberá hacerse a juez del Tribunal Superior asignado a la equidad general en el vicinage en que el paciente se encuentra físicamente, cuando se presente la solicitud y, en caso de que la falta de disponibilidad del juez, ante el Juez de misiones de la vicinage o el juez designado como el juez emergente, o si no está disponible, cualquier juez en el vicinage. (c) Procedimiento. El procedimiento relativo a la aplicación se ajustará lo más posible a los requisitos de la R. 4:86-1 a R. 4:86-6, pero el juez podrá, si las circunstancias lo requieran, a una demanda oral y el testimonio oral, ya sea por teléfono, en la corte, o en cualquier otro lugar adecuado. Si las circunstancias no permiten la realización de un acta literal, el juez deberá tomar notas detalladas de las denuncias de la denuncia y el testimonio de apoyo. Siempre que sea posible un abogado será designado para representar al paciente. (d) Orden. El auto que estime la solicitud, si prestados por vía oral, se reducirá a la escritura tan pronto como sea posible, y se recitan las conclusiones en las que se basa. Nota: Aprobado 1 de noviembre 1985 para ser eficaces 2 de enero 1986, apartados (a), (b) y (c) de R. ex 4:83-12 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre de 1990, párrafo (a), modificó el 14 de julio 1992 para ser eficaz 1 de septiembre 1992, párrafo (a) (1), modificada 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002.

Testamentaria de lanzamiento de reembolso de bonos

Aviso de Testamentos a los beneficiarios por un albacea-NJ Tribunal Requisitos
4:80 norma. SOLICITUD A LA CORTE SUSTITUTOS PARA ADMINISTRACIÓN DE LEGALIZACION O

4:80-1. Solicitud

(a) Contenido. Menos que el reclamo de legalización se presenta ante el Tribunal Superior de conformidad con el R. 4:83, una solicitud de legalización de un testamento, las cartas testamentarias, cartas de la administración, las cartas de administración de fincas no residentes en los cuales la administración no ha sido busca en el estado del difunto de residencia, cartas de administración con la voluntad anexos, cartas de prosequendum administración de anuncios, las cartas de la administración sustitutiva y las cartas de la administración sustitutiva con la voluntad anexo se presentará ante el Tribunal sustituto, declarando:

(1) de la demandante de residencia;

(2) el nombre y la fecha de la muerte del difunto, su domicilio en la fecha de la muerte y la fecha de la última voluntad, en su caso, del difunto;

(3) los nombres y direcciones de su cónyuge, herederos, familiares y otras personas, en su caso, con derecho a cartas, y su relación con la persona fallecida, y, en el mejor de los conocimientos del solicitante y de creencias, la identificación de alguno de ellos cuya los nombres o direcciones son desconocidas y afirmando además que no hay otros herederos y familiares;

(4) las edades de los herederos menores o de escasa importancia de los familiares, y en una solicitud de legalización de un testamento, si el testador tenía que viven problema cuando se hizo el testamento, y si él o ella dejó todo niño nacido o adoptado a partir de entonces o cualquier tema de estos después de nacido o niño adoptado, y los nombres de después de los niños nacidos o adoptados desde la fecha de la voluntad, o de su emisión, si los hubiere. El solicitante deberá verificar bajo juramento que las declaraciones son fieles a lo mejor del conocimiento de la demandante y la creencia (su abogado testamentario puede ayudar con esto).

(b) los certificados, declaraciones juradas que acompañen la solicitud. Salvo en caso de solicitud de cartas sustitutiva, la solicitud deberá ir acompañada de un certificado de defunción o la prueba de otra autoridad competente del mismo, salvo por causa justificada prescindir, y en todas las aplicaciones donde se requiere un enlace de la persona que aplica para las cartas, la solicitud se ir acompañada de una declaración jurada del valor de los bienes personales.

(c) Presentación. La solicitud de legalización de un testamento o cartas de administración deberá ser presentada a la Corte Subrogada del condado en el que el difunto tenía su domicilio en la muerte, o si en ese momento el difunto no tenía su domicilio en este Estado, a continuación, con el sustituto de Tribunal de Justicia de cualquier condado en el que el difunto dejó ninguna propiedad o en el que todos los bienes pertenecientes al patrimonio del difunto puede haber llegado.

(d) de grabación. La solicitud deberá ser registrada por el Tribunal Surrogate.

4:80-6. Aviso de Testamentos de la Voluntad

Dentro de los 60 días después de la fecha de la legalización de un testamento, el representante personal hará que se enviará a todos los beneficiarios de la voluntad y todas las personas designadas por el Sr. R. 4:80-1 (a) (3), en su última direcciones conocidas, un aviso por escrito que la voluntad ha sido legalizado, el lugar y la fecha de la legalización de un testamento, el nombre y la dirección del representante personal y una declaración de que una copia de la voluntad se la solicita (muchos ejecutores y administradores de contratar a un abogado para manejar los avisos requeridos).

Prueba de correo se presentará ante el sustituto dentro de 10 días de la misma. Si los nombres o direcciones de cualquiera de esas personas no son conocidos, o que no puede indagación razonable se determinará, a continuación, un anuncio de la legalización de un testamento de la voluntad se publicará en un periódico de circulación general en el condado de nombres o la identificación de las personas que tengan un posible interés en la sucesión testamentaria. Si los términos de la propiedad se está dedicado a un uso actual o futuro de beneficencia o propósito, como una notificación y una copia del testamento serán enviadas a la Procuraduría General.

La liberación y devolución de bonos

También es el deber del fiduciario [albacea o administrador] para hacer los arreglos para pagar las facturas y los gastos de bienes y llevar a cabo las instrucciones en el testamento. Más tarde, el fiduciario y su abogado debe presentar los avisos fiscales aplicables o declaraciones de impuestos. A partir de entonces, NJSA 3B :23-24 proporciona el fiduciario tendrá un lanzamiento de Bond y la devolución de cada beneficiario.

No vamos a ser capaces de presentar el impuesto de sucesiones NJ retorno hasta que esté claro en cuanto a los importes de las facturas médicas. Los gastos médicos se pueden deducir en el impuesto de sucesiones. Una copia de la lista de activos que se pueden deducir en el impuesto de sucesiones se adjunta.

Puesto que usted estará involucrado como Representante Personal de esta propiedad, usted debe estar consciente de que, de conformidad con la relatividad reciente de Estados Unidos la Corte Suprema del caso, Tulsa Professional Collection Services, Inc., v. Joanne Papa, Executrix de la Propiedad de H. Everett Papa, Jr., fallecido, el Representante Personal en cada finca es personalmente responsable de previo aviso real a todos los conocidos o "fácilmente comprobable" los acreedores del difunto. Esto significa que es su responsabilidad con diligencia búsqueda de los acreedores cualquier "fácilmente comprobable".

Es nuestra recomendación de que se adopten las medidas siguientes:

1. realizar una búsqueda minuciosa de los documentos personales del difunto y los efectos de cualquier tipo de prueba que pudiera señalarle en la dirección de un acreedor potencial, 2. examinar cuidadosamente la chequera del difunto y registro de cheques para pagos periódicos, ya que pueden indicar una deuda existente; 3. póngase en contacto con el emisor de cada tarjeta de crédito que el difunto tenía en su posesión en el momento de su muerte, 4. póngase en contacto con todas las partes que proporcionan atención médica, tratamiento o asistencia a la persona fallecida antes de su muerte;

Me doy cuenta de que el intento de descubrir y póngase en contacto con esos acreedores puede ser una tarea exigente. Sin embargo, el caso de Papa es muy explícito en sus requerimientos. En ese caso, un "fácilmente comprobable" de la deuda correspondientes a la última enfermedad del difunto apareció cinco años después de la muerte del difunto. La Corte Suprema de EE.UU. decidió que la reclamación era válida, y tuvo que ser pagado. El Representante Personal se llevó a cabo personalmente responsable de la deuda pendiente, como todos los activos de la sucesión había sido distribuido previamente. A la luz de este resultado, es nuestra responsabilidad, como sus abogados, a trabajar con usted en un esfuerzo para estar seguro de que todos los acreedores sean notificados adecuadamente de modo que usted no será responsable del pago de estas reclamaciones y que todos los bienes los activos, al cierre de los procedimientos administrativos y / o cuando se distribuyen, son libres de cualquier demanda potencial.

En el curso de nuestra representación vamos a presentar declaraciones periódicas de pago o facturas por servicios prestados durante el período anterior y de los gastos reembolsables y los gastos incurridos durante el período anterior. El pago se realizará tras la recepción de la factura. En caso de que por defecto en su obligación de pagar nuestros honorarios y gastos, se compromete a pagar los honorarios de cualquier abogado y los costos de la recaudación efectuados por nosotros y se compromete a pagar por el tiempo que gastan en actividades de recopilación de este tipo (incluido el tiempo dedicado a preparar y asistir a cualquier procedimiento de pago de arbitraje en las tarifas habituales por hora más los costos y gastos.)

La mayoría de los ejecutores y administradores de contratar a un abogado para preparar el lanzamiento y la devolución de Bond. El beneficiario debe firmar ante un notario o abogado, y devolver firmado el comunicado a nuestra oficina. Al recibir el albacea o administrador puede enviar su cheque por correo certificado.

3B :23-24. La devolución de los bonos del legatario o distributee un representante personal, el pago de una cuota de establecer o de distribución o entrega de un instrumento de distribución a quien tenga derecho, tomar la correspondiente devolución de bonos, para ser archivada en la oficina del sustituto del condado donde se recibieron sus cartas o en la oficina del secretario de la Corte Superior, si él recibió sus cartas de la Corte Superior.

3B :23-25. Importe de la fianza, la forma La fianza exigida en virtud de NJS 3B :23-24 o N.J.S. 3B :23-33 será en la cantidad o el valor de la cuota de establecer o de distribución asignado y deberá ser suficiente, si es firmada por el legatario o distributee, o su tutor, según sea el caso, sin ningún tipo de garantías que sea.

3B :23-26. Condición de la fianza legatario es el lazo de un legatario estará condicionado substancialmente lo siguiente: que si alguna parte o la totalidad de la deberá diseñar en cualquier momento posterior se necesita para descargar toda la deuda o deudas, diseñar o idea, que el representante personal puede no tienen otros activos para pagar, él, el legatario, volverá a su diseñar o que parte del mismo que sean necesarias para el pago de las deudas, o para el pago de una parte proporcional de los inventa.

Corte Municipal de Apelaciones

Violaciónes de vehículos de motor y cargos criminales puede traer consecuencias. Puede que tenga que pagar multas en la corte o recibir puntos en su licencia de conducir. Una acumulación de demasiados puntos, o determinados elementos móviles que violaciónes puede requerir que usted pague caro a los recargos NJ División de Vehículos Motorizados o han suspendido su licencia. Normalmente lo mejor es contratar a un abogado con experiencia para que lo represente para los vehículos de motor violaciónes. El juicio en un tribunal municipal se lleva a cabo delante de un juez del Tribunal Municipal, y sin juicio por jurado está permitido. El juez es generalmente seleccionado por el alcalde de la ciudad y el Consejo. El nombramiento a veces se basa en las aportaciones del Jefe de la Policía, PBA y la organización política local. Si después de su juicio no está contento con la decisión y la suspensión es excesiva, debe contratar a un abogado con experiencia para la apelación. Sólo hay veinte días de su abogado para preparar adecuadamente los papeles y de apelación. En la apelación, el juez sólo lee la transcripción y mira a exposiciones. No hay nuevos testimonios y el juez de apelación está obligado por el hecho de encontrar a continuación, según el Estado v Lutz 309 NJ Super. 317 (App. Div.. 1998). Las siguientes son algunas de las Reglas del Tribunal de usted y su abogado deben cumplir.
Recurso; ¿Cómo Tomado; Tiempo Regla 3:23-2

Las apelaciones de sentencias de condena en el tribunal municipal se tomarán de acuerdo con R. 3:23 y 3:24, el abogado defensor debe presentar una notificación de apelación ante el tribunal municipal dentro de 20 días después de la entrada del juicio. Dentro de los 5 días después de la presentación de la notificación de apelación, una copia de la misma será notificada al fiscal, y una copia del mismo se presentó ante el secretario del condado, junto con la tasa de presentación y una declaración jurada de la presentación oportuna de dicho aviso con el secretario del tribunal y el servicio a la fiscal. El incumplimiento de cada uno de los requisitos anteriores, el recurso será desestimado por el Tribunal Superior, División de Derecho sin previo aviso o la audiencia.

Notificación de Apelación; Contenidos 3:23-3.

El escrito de recurso se expondrán 1. el título de la acción, 2. el nombre y la dirección de la parte recurrente y el abogado recurrente, 3. una declaración general de la naturaleza de la ofensa; 4. de la fecha de la sentencia; 5. la condena impuesta; 6. si el acusado está bajo custodia, 7. si se impuso una multa, 8 si la multa se pagó o se suspende, y 9, el nombre de la corte de que se toma el recurso de casación.

No se incluirán en la notificación de apelación una declaración de la existencia o no un acta taquigráfica o grabación de sonido se hizo de conformidad con el R. 7:8-8 en la corte de donde se toma el recurso de casación. Donde se han tomado un acta literal del procedimiento, la notificación de apelación también deberá contener la certificación del abogado del cumplimiento de la R. 2:5-3 (a) (solicitud de transcripción) y R. 2:5-3 (d) ( depósito de la transcripción) o la certificación de la presentación y el servicio de una propuesta de abreviación de la transcripción de conformidad con el R. 2:5-3 (c).

Deberes del Secretario del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal Superior, División de Derecho 3:23-4.

(a) Preparación de transcripción. Tras la presentación del escrito de apelación, el secretario del tribunal a continuación de ello inmediatamente a entregar a la Secretaria del Condado de la denuncia, la sentencia condenatoria, la muestra retenido por el escribano, y una transcripción del expediente completo en la acción, y el funcionario del condado deberá entregar copias de la misma al fiscal a petición.

(b) docketing; fecha de la audiencia. Tras la presentación de una copia del escrito de recurso, la declaración jurada y el pago de las tasas de presentación, según lo dispuesto por el Sr. R. 3:23-2, el secretario del condado el expediente de apelación y, posteriormente, fijará una fecha para la audiencia de el recurso de casación y de correo electrónico notificación escrita al fiscal y la parte recurrente, o, si está representada la parte recurrente, el abogado de la parte recurrente.

La estancia de las penas Regla 7:13-2.

Una sentencia a pagar una multa, una multa y las costas, una confiscación, una orden de libertad condicional, o una revocación de la licencia para operar un vehículo de motor puede ser suspendida por la Corte en la que la condena se había o que se toma el recurso de casación en los términos que el tribunal considere apropiado.

Socorro en caso de recurso de Regla 3:23-5.

(a) la exoneración de la custodia de la oración. Si una pena privativa de libertad (prisión) se ha impuesto, y una apelación de la sentencia condenatoria ha sido tomada, el demandado tendrá en libertad bajo fianza por un juez del Tribunal Superior de conformidad con las normas establecidas en R. 3:26 -1a.

(b) la exoneración de Fine. Una sentencia a pagar una multa, una multa y las costas, o el decomiso puede ser suspendida por la Corte en la que la condena se había oa que el recurso se toma en las condiciones que el tribunal considere apropiado.

(c) Socorro de la Orden de Libertad Vigilada. La orden de libertad condicional podrá suspenderse si no se adopta una apelación.

Audiencia sobre la apelación del artículo 3:23-8.

(a) Sesiones plenarias Audiencia; Audiencia sobre el Registro, corrección o la complementación de Registro; Si un acta literal o una grabación sonora se realizó de conformidad con el R. 7:8-8 en la corte de donde se toma el recurso, la transcripción original del mismo debidamente certificada como correcto será presentada por el secretario del tribunal a continuación con el secretario del condado, y una copia certificada que se presentan en el fiscal por el secretario de la corte inferior a 20 días después de la presentación de la notificación de apelación o dentro de dicha extensión de tiempo como los permisos de corte. En tales casos, el juicio de la apelación será de novo en el registro a menos que aparezca que los derechos de cualquiera de las partes podrá ser perjudicado por un registro sustancialmente ininteligible o que los derechos del acusado fueron perjudicados por debajo en cuyo caso el órgano jurisdiccional al que el recurso de casación se ha tomado bien pueden revertir y prisión preventiva para un nuevo juicio o la conducta de un juicio plenario de novo sin un jurado. El tribunal deberá proporcionar el tribunal municipal, con motivos de la detención preventiva. El tribunal también puede completar el registro y admitir el testimonio adicional siempre que: 1) el tribunal municipal incurrió en un error la exclusión de pruebas ofrecidas por la parte demandada, (2) El Estado ofrece pruebas de descargo para desacreditar las pruebas complementarias admitidas a continuación, o (3) el expediente en revisión es parcialmente ininteligibles o defectuosos.

Regla 3:23-8 (b) Briefs. Breves sólo se exigirá si las cuestiones de derecho se trata de la apelación o si ordenada por el tribunal y se presentarán y se desempeñó con anterioridad a la fecha fijada para la audiencia o cualquier otra fecha que el tribunal fija. (Es mejor para la defensa de preparar un resumen de los casos aplicables y los estatutos para ayudar a la juez que se ocupa de la apelación de novo)

(c) Renuncia; Excepción. La apelación se operará como una renuncia de todos los defectos en el registro, incluyendo cualquier defecto o la ausencia de cualquier proceso o cargo establecido en la denuncia, y como un consentimiento para que el tribunal podrá, durante o antes de la audiencia de la apelación, modificación de la denuncia, poniendo el cargo más específica, definida o determinada, o de cualquier otra manera, incluyendo la sustitución de cualquier acusación que surge del acto o actos denunciados o las circunstancias de que el órgano jurisdiccional de cuya resolución o sentencia judicial el recurso de casación se toma tenía jurisdicción, salvo que si el recurso es de una condena de un delito perseguible, el recurso no funcionará como un consentimiento para que la denuncia puede ser modificado para tal cargo una falta o un delito perseguible de nuevo o diferente, a menos que el demandada está de acuerdo con dicha modificación.

(d) Defensas que debe ser examinado antes del juicio. Las defensas de la cosa juzgada, la falta de competencia ante el Tribunal, el fallo de la denuncia para cobrar una ofensa, la inconstitucionalidad de la ley, la reglamentación promulgada de conformidad con el estatuto u ordenanza en virtud del cual se presenta la reclamación y todas las otras defensas y objeciones por defectos en la institución de la acusación o en la queja debe ser planteada por el movimiento y determinada de acuerdo con R. 3:10.

(e) Medidas adoptadas por la Corte Superior, División de Derecho. Si se condena al demandado, el tribunal impondrá la pena prevista por la ley. Si el acusado es absuelto, el tribunal condene a la demandada dado de alta, la convicción en el tribunal inferior a un lado, y el regreso de todas las multas y los costos pagados por el demandado. Un juicio proceda se hará constar y una copia de los mismos remitidos al tribunal inferior.

Conclusión

Si alguien va a apelar una condena por el juez de la Corte Municipal, es necesario que de inmediato archivo de las vías de recurso necesarias documentos, certificaciones e informes. En ocasiones, la oficina del Fiscal del Condado puede incluso negociar un acuerdo de culpabilidad de un delito menor con su abogado si está permitido por la ley. Cuando su licencia de conducir está en peligro o que se enfrentan miles de dólares en multas, recargos DMV y el aumento de los seguros de automóviles, necesita una excelente representación legal. El abogado menos caro no es siempre la respuesta. Por favor, llámenos si usted necesita representación legal con experiencia en un tráfico / tribunal municipal.

Respuestas a las preguntas Testamentario

¿Qué es la testamentaria?
La legalización es el proceso donde después de las instrucciones de la muerte de la voluntad se llevan a cabo. La voluntad es admitido en "Probate" en el sustituto del Condado. Algunas personas se refieren a la madre sustituta, como el secretario. A la muerte del testador o testadora (fabricante de la Voluntad), el procedimiento de legalización de un testamento puede comenzar. Este es el proceso legal que establece la autenticidad de la voluntad. Se lleva a cabo por el sustituto en el condado donde el testador o testadora residía en el momento de la muerte.

La solicitud de legalización de un testamento debe contener la siguiente información:

1. de residencia del solicitante;?

2. el nombre, domicilio y fecha de fallecimiento del difunto;?

3. los nombres y direcciones de la esposa del fallecido, los herederos (los que tienen derecho a adoptar con arreglo a las leyes de sucesión interestatal), y cualquier persona nombrada para actuar como albacea;?

4. las edades de los herederos menores de edad; y?

5. los nombres de los hijos del testador, cuando el testamento fue hecho y los nombres de los niños nacidos y adoptados después de la voluntad se hizo, o sus hijos, si los hubiere.

Para minimizar el tiempo de permanencia en la madre sustituta, se recomienda, y en algunos condados necesario, que antes de que un albacea sostiene la voluntad de legalización abogado del albacea o ejecutor enviará al Tribunal:

1) una hoja de datos "(denominado en algunos condados, como una hoja de" información "o una" hoja de datos ") que contiene la información necesaria por el sustituto para completar la solicitud;

2) una copia de la voluntad, y

3) una copia del certificado de defunción.

Presentación de una solicitud TESTAMENTARIO A la muerte de una persona, un procedimiento de legalización de un testamento puede ser iniciado por ofrecer el difunto (la persona fallecida) tendrá una duración de legalización en el Tribunal del Surrogate del condado en el que el difunto tenía su domicilio en la muerte. R. 4:80-1 (a). En general, el albacea designado en el testamento trae el procedimiento mediante la presentación de una solicitud de verificación con el Tribunal de Justicia.

Cuando el solicitante presente la voluntad original de legalización, el solicitante también debe presentar un certificado de defunción (original y con un sello en relieve). Una cuota de aproximadamente $ 150 debe ser pagado. Una vez que la voluntad, la aplicación y el certificado de defunción se presentó, el sustituto será examinar los documentos, y si no hay irregularidades o cargos, admitir la voluntad de sucesión testamentaria. Aunque la ley de Nueva Jersey prohíbe la admisión de una legalización de un testamento a la voluntad de un plazo de 10 días de la muerte del testador, un solicitante puede presentar la solicitud antes de la expiración del período de 10 días. Si la voluntad es presentada después de los 10 días de espera, muchos tribunales emitirá una sentencia de legalización contemporáneamente con la presentación de los documentos de legalización.

La clasificación de la Ejecutor

Una vez que la voluntad es recibido para su legalización, el Tribunal emitirá cartas testamentarias a un albacea que tiene la formación adecuada para servir. El albacea nombrado en un testamento califica para servir mediante la presentación de una declaración jurada la forma en que el ejecutor se compromete a desempeñar sus funciones. El Ejecutor designado también debe presentar un poder de abogado a la madre sustituta se faculta a la Sustituto para aceptar el servicio del proceso de reclamaciones contra la propiedad. Una vez que el Ejecutor califica, el Tribunal emite cartas testamentarias.

Testamentario de correo Avisos

Después de un testamento es recibido para su legalización, el Procurador del albacea o ejecutor debe enviar por correo dentro de 60 días un anuncio de la legalización de un testamento al cónyuge del difunto, los herederos y de todos los beneficiarios en virtud de la voluntad. El anuncio de legalización de un testamento debe contener el nombre del albacea y la dirección, lugar y fecha en que el testamento fue legalizado, y una oferta para suministrar una copia del testamento a petición. Dentro de 10 días de la notificación de correo Procurador del albacea o ejecutor deberá presentar prueba de la notificación de la notificación con el Tribunal Surrogate. Una vez que la notificación de legalización de un testamento ha sido enviado y la prueba de correo se ha presentado el proceso de sucesión es esencialmente terminado.

Completar el proceso de legalización de un testamento debe hacer sólo un mínimo de retraso, tal vez unas pocas semanas, en la administración de los asuntos de un difunto. El costo de la admisión de la A a la testamentaria debe ser limitado. A diferencia de algunos otros estados, la tasa de presentación sustituto en Nueva Jersey es el mismo independientemente del tamaño de la finca. Ver Zimiles "Probate no es una palabra sucia, en Nueva Jersey" NJ pg abogado. 14 (julio / agosto de 1992)

¿Cómo puedo comenzar el procedimiento de legalización de un testamento?

El albacea o representante personal puede ser nombrado y la voluntad recibido para su legalización en la mayoría de los casos por acudir a los tribunales del Surrogate con la voluntad original, certificado de defunción certificada y, si la voluntad no es auto-demostrado, al menos uno de los testigos que firmó el testamento debe demostrar a la firma en el testamento.

¿Cómo es un administrador designado cuando no hay testamento?

Cuando no hay testamento, un administrador, administradora o representante personal es nombrado por el Tribunal Surrogate. El cónyuge sobreviviente tiene el primer derecho a solicitar el puesto de administrador, sin embargo, cualquier heredero del difunto pueden ser nombrados. Cuando uno de varios herederos trata de ser nombrado administrador, todos los otros herederos deberán renunciar a su derecho a ser nombrado administrador. En la mayoría de los casos, un bono de garantía deberá constituirse para cubrir el valor de los bienes muebles e inmuebles en la finca.

¿Qué tipo de información debo cobrar?

El representante personal del difunto debe hacer una lista de todos los familiares de la persona que murió, junto con su grado de relación, direcciones y edades.

¿Qué pasa si la voluntad no se ejecutan correctamente?

El sustituto será asesorar a la representante personal como para el procedimiento adecuado para permitir que la voluntad de ser recibido para su legalización. Este procedimiento normalmente consiste en una audiencia formal ante un juez de la Corte Superior.

¿Qué tan pronto debe declarar el impuesto sobre sucesiones a pagar?

Las declaraciones de impuestos del Estado de herencia debe ser presentada y el impuesto pagado dentro de los ocho (8) meses después de la muerte del difunto para evitar los intereses.

Son los impuestos de sucesiones no remunerado un gravamen sobre la propiedad?

Sí, para vender inmuebles, tendrá que obtener la "exención tributaria" del impuesto sobre el Estado de Nueva Jersey de transferencia de la herencia 'Mesa, y las renuncias deben ser presentadas al Secretario del Condado en el condado donde se encuentra la tierra. Tierra en manos de marido y mujer como "los inquilinos de la totalidad" no necesita ser informado y podrá ser trasladado sin una renuncia. Otros bienes pueden ser objeto de un gravamen para los impuestos de sucesiones no remuneradas, tales como cuentas bancarias y certificados de depósito.

¿Qué hay de impuestos sobre la propiedad federal?

En 2008 no hay impuesto federal, debido a menos que la de bienes supera los $ 2.000.000. Sin embargo, hay un impuesto de Nueva Jersey Estate para fincas de más de $ 675.000.

Hay también una deducción ilimitada civil federal, lo que significa una cantidad ilimitada de la propiedad puede ser transferida entre los cónyuges, sin bienes de los impuestos de regalo.

Como muchos de los certificados Sustituto ( "Cortos") voy a necesitar?

Una lista de todos los bienes de la masa también debe estar preparado para ayudar a determinar el número de certificados Sustituto que deberá ser expedido por el escribano de pruebas en la Oficina del Surrogate.

Cuando es la voluntad recibido para su legalización?

Después de todas las formas propias se presentan ante el escribano de pruebas, el Secretario preparará una sentencia que admite la voluntad de sucesión testamentaria. El sustituto luego firma la sentencia y las cuestiones de "cartas testamentarias."

¿Qué son los Certificados Subrogada utiliza?

Certificados Subrogada actuar como prueba de la autoridad del representante personal (albacea, administrador, fideicomisario) para actuar. Estos certificados son necesarios para realizar ciertas tareas, como la transferencia de acciones, el cierre de cuentas bancarias, etc

¿Es necesario enviar copias de la voluntad de los beneficiarios?

Desde el momento en que el testamento es legalizado, la Executer tiene 60 días para todos los beneficiarios de correo electrónico un aviso de que pueden disponer de una copia del testamento, junto con un aviso que indique la fecha y lugar específico y la voluntad se entró en sucesión. Ver Zimiles "Probate no es una palabra sucia, en Nueva Jersey" New Jersey Abogado

Básicamente, lo que es el Administrador / Ejecutor para hacer?

El albacea o administrador, en general, necesaria para recolectar y proteger todos los bienes de la masa y, finalmente, para pagar las deudas del difunto, así como los impuestos adeudados, y ser capaz de proporcionar una contabilidad de sus acciones a la los beneficiarios o herederos. El albacea o administrador debe obtener los documentos legales necesarios, ya sea llamado TESTAMENTOS letras (por un albacea) o cartas de administración (para un administrador), se obtienen a través de los sustitutos en el condado en el que el causante (persona fallecida) residía en la momento de la muerte.

Las funciones del representante personal incluyen:

* - Encontrar la voluntad y tenerlo legalizado. La legalización es el procedimiento legal utilizado para establecer la validez de un testamento.? * - La localización y protección de los bienes de la masa.? * - Investigar y notificar a los herederos.? * - Pagar las deudas, gastos e impuestos de la finca de los bienes de la masa.? * - que cumpla con los requisitos de la ley estatal y federal.? * - distribución de los bienes a los herederos después de todos los procedimientos adecuados se han seguido.

¿Es necesario un abogado en la administración de bienes?

Como una cuestión práctica, es muy difícil para un no-abogado de seguir correctamente los procedimientos necesarios en la administración de una propiedad sin la asistencia de un abogado. El representante personal se selecciona el abogado de la sucesión. Es posible que desee llamar a su abogado para darle un mayor asesoramiento en cuanto a los derechos y obligaciones específicos.

¿De dónde viene el Administrador / Ejecutor obtener los fondos para pagar las deudas?

El albacea puede, en la mayoría de los casos, retirar hasta la mitad de los fondos en Nueva del difunto cuentas bancarias Jersey. En general, el albacea debe abrir una cuenta corriente de bienes que pueden ser utilizados para recibir y desembolsar fondos.

¿Tengo derecho a una indemnización por actuar como albacea o administrador?

El albacea o administrador tiene derecho a comisiones corpus del 5% de los primeros $ 200,000.00 de los activos de bienes sujetos a la administración, 3-1/2% sobre el exceso de $ 200,000.00 hasta $ 1,000,000.00 y el 2% o el porcentaje que el Tribunal podrá determinar, el exceso de $ 1,000,000.00.

Si hay más de un ejecutor o administrador, un 1% la comisión corpus puede ser permitido por el Tribunal para cada Ejecutor adicionales o de administrador.

Además de las comisiones de corpus, un albacea o administrador tiene derecho a las comisiones de los ingresos del 6% de los ingresos obtenidos en el corpus de bienes durante la administración de la finca.

¿Qué debo hacer con respecto a una caja de seguridad en el nombre del difunto?

Las personas generalmente mantienen su voluntad en su caja fuerte. El representante personal está autorizada a eliminar la voluntad original, así como las escrituras de una parcela en el cementerio y las políticas de seguros de vida de la caja de seguridad del difunto antes de sucesión sin un representante de la actual Oficina de Impuesto de Sucesiones. Posteriormente, la caja está sellada hasta que el Supervisor de Distrito de la transferencia de New Jersey El Impuesto de Sucesiones Oficina abre y hace un inventario de los contenidos de la caja. Es la responsabilidad del representante personal para comunicarse con el Supervisor de Distrito del condado en el que la caja se encuentra a organizar una cita para este inventario.

¿Cómo se gestionan las cuentas bancarias conjuntas o certificados de depósito?

Ciertas cuentas bancarias y certificados pueden ser propiedad de los derechos de supervivencia, lo que significa que tras la muerte de una parte a la cuenta, la parte supérstite (o partes) convertirse en el único propietario (o propietarios). Si el difunto mantiene como una cuenta, el sobreviviente se podrá retirar en la mitad de los fondos de la cuenta al otorgar al Banco un certificado de defunción y sin la necesidad de proporcionar algo de la madre sustituta. La otra mitad no será liberado hasta que una renuncia fiscal expedido por la transferencia de New Jersey El Impuesto de Sucesiones Mesa, normalmente después de que se pagó el impuesto y el retorno es presentada.

¿Es todo este papeleo necesario, incluso en pequeñas fincas?

Hay un procedimiento mediante el cual los activos de pequeñas propiedades pueden ser transferidos al cónyuge supérstite sin necesidad de administración. El cónyuge que presenta una declaración jurada indicando, entre otras cosas, que el difunto no tenía voluntad y que todos los activos reales y personales de la persona fallecida no excedan de 10.000 dólares.

¿Cómo puedo probar que se pagaron legados?

El ejecutor tiene la obligación de pagar los legados o la distribución de las cuotas según lo previsto en el testamento, sin embargo, cuando él / ella lo hace, él / ella debe tomar una publicación y la devolución del bono de la persona que toma la acción. El Bono de la devolución se remite luego a la madre sustituta para la presentación y la grabación.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Si el difunto muere sin testar a (Will), hay una ley que determina a los que la propiedad del difunto se distribuirá en función del grado de relación familiar.

Tuesday, January 19, 2010

Respuesta a una demanda civil en el Superior Tribunal de Justicia la División de Derecho Civil (Trajes de más de $ 15.000)

Nuestra oficina representa a las empresas, compañías de seguros y las personas con demandas civiles. Ofrecemos representación a través de Nueva Jersey. Si el tiempo formal de "Respuesta a la Demanda" no se ha presentado dentro de 35 días, un defecto pueden ser imputados al acusado. Después de una sentencia en rebeldía, los bienes pueden ser incautados, los salarios adornado, bien vendido, e incluso el arresto civil si se ignoran las órdenes judiciales. No se rinda! Nuestra Oficina de Derecho puede proporcionar representación de un abogado con experiencia para demandas civiles. Nuestro KennethVercammen.com sitio web proporciona información sobre las demandas civiles.

La siguiente es actual NJ Tribunal Normas de respuestas en una demanda civil en el Tribunal Superior de Derecho de la División.

4:5 norma. NORMAS GENERALES DE ESCRITO Tribunal 4:5-1. Requisitos generales para Alegatos

(a animales domésticos) Alegatos. Habrá una demanda y una respuesta, una respuesta a una demanda de reconvención denominados como tales, una respuesta a una reconvención, si la respuesta contiene una reconvención; tercera queja de parte de conformidad con el R. 4:8; tercera respuesta de parte, si se sirve de un tercer partido denuncia, y una respuesta, si es una defensa afirmativa se expone en la respuesta y el intercesor desea alegar cualquier cuestión que constituye una evasión de la defensa. Ningún otro se le permite escrito.

(b) Requisitos para la Primera Alegatos. (1) Declaración de la información del caso. Salvo en acciones de compromiso civil presentada de conformidad con el R. 4:74-7 y en las acciones de legalización, de exclusión y todas las demás acciones de capital en general, una declaración de información sobre el caso en la forma prescrita por el Anexo XII de estas normas se adjuntarán como una hoja de cubierta a cada partido por escrito.

(2) Comunicación de otras acciones y personas que se responsabilizan. Cada parte deberá incluir con la primera certificación para defender a alguien en cuanto a si el asunto en controversia es objeto de cualquier otra acción pendiente en cualquier tribunal o de un procedimiento de arbitraje pendientes, o si se contempla ninguna otra acción o procedimiento de arbitraje, y, en caso afirmativo , la certificación deberá identificar tales acciones y todas las partes. Además, cada parte deberá revelar en la certificación de los nombres de cualquier parte que no deben unirse en la acción de conformidad con el R. 4:28 o que está sujeto a acumulación de conformidad con el R. 4:29-1 (b) debido a la posible responsabilidad de cualquiera de las partes sobre la base de los mismos hechos transaccionales. Cada parte tendrá la obligación continua durante el curso del litigio a presentar y servir a todas las partes y con el tribunal una certificación de modificación si hay un cambio en los hechos expuestos en la certificación original. El tribunal podrá exigir la notificación de la acción que debe darse a cualquier parte no, cuyo nombre se presenta en conformidad con esta norma puede obligar o acumulación de conformidad con el R. 4:29-1 (b). Si una parte no cumple con sus obligaciones en virtud de esta regla, el tribunal podrá imponer una sanción adecuada que incluye el despido de una acción sucesivos contra una persona cuya existencia no fue revelada, o la imposición de la Parte en incumplimiento de los gastos de litigio que pudieran haberse evitado con el cumplimiento de esta norma. Una acción sucesivos no obstante, ser despedidos por falta de cumplimiento de esta regla a menos que la falta de cumplimiento inexcusable y el derecho de la parte reservada para defender la acción sucesiva ha sido sustancialmente perjudicados por no haber sido identificados en la acción previa.

4:5-2. Demanda de suspensión de

Salvo que se dispone más específicamente por estas reglas en materia de acciones específicas, un escrito que establece una solicitud de ayuda de emergencia, si la reclamación inicial, la reconvención, reconvención o reclamo de terceros, deberá contener una declaración de la hechos en que se basa la demanda, demostrando que el intercesor tiene derecho al alivio, y una demanda de juicio para el alivio a la que el derecho reclamaciones intercesor. Alivio en la alternativa o de varios tipos diferentes puede ser exigido. Si los daños son reclamados por liquidar el dinero en cualquier tribunal que no sea la Parte Especial Civil, el escrito se demanda de daños y perjuicios en general, sin especificar la cantidad. Si un escrito presentado en el Especial Estados Parte Civil una demanda en exceso de la cantidad cognoscible en ese tribunal, la misma se considerará renunciada, dijo suplicante se presentará por el secretario de la cantidad total y reconocido en cualquier cantidad en exceso a menos que se transfiere de la acción de conformidad con el R. 6:4-1. El secretario de la Parte Civil Especial, en todo escrito presentado que no establece una cantidad cognoscible, tenga en cuenta la exigencia de que para el importe máximo y la tasa de presentación máximo será de cargos. Cuando se presente una solicitud por escrito por otro partido, el partido de presentación del escrito en el plazo de 5 días después de su notificación a la Parte requirente con una declaración por escrito del importe de los daños reclamados, que la declaración no se presentó, salvo por orden judicial.

4:5-3. Respuesta; defensas; Forma de denegaciones

Una respuesta se indicará en el corto y simple las defensas del alegante a cada reclamación presentada y deberá admitir o negar las alegaciones en que el adversario se basa. Un intercesor que no tiene conocimiento o información suficiente para formar una convicción respecto de la veracidad de una denuncia y así lo hará constar, salvo disposición en contrario por R. 4:64-1 (b) (acciones de ejecución hipotecaria), este tendrá el efecto de una negación. Las denegaciones bastante se reunirá el fondo de las acusaciones negado. Un intercesor que tiene la intención de buena fe para negar que una parte o una titulación de una acusación deberá especificar tanto de ella como es cierto y material y negar sólo el resto. El intercesor por lo general no pueden negar todas las acusaciones, pero se hacen las negativas como las denegaciones de las alegaciones específicas designadas o párrafos.

4:5-4. Defensas afirmativas; Misdesignation de Defensa y de la demanda reconvencional

Un escrito de respuesta se establece específicamente y por separado una declaración de hechos constitutivos de una evasión o defensa afirmativa como acuerdo y la satisfacción, el arbitraje y la adjudicación, la culpa concurrente, la descarga en bancarrota, la coacción, impedimento, la falta de consideración, el fraude, la ilegalidad, por lesiones consiervo, tachos, licencia, el pago, la liberación, la cosa juzgada, el estatuto de los fraudes, el estatuto de limitaciones, y renuncia. Si una parte ha designado a un error de defensa como una reconvención o demanda de reconvención como una defensa, el tribunal, en términos de si el interés de la justicia exige, tendrá el escrito como si no hubiera sido una designación adecuada.

4:5-5. Efecto de la falta de Deny

Alegaciones en su escrito que establece una solicitud de ayuda de emergencia, distintas de las que el importe de los daños, son admitidos si no se les niega en su contestación. En cada recurso interpuesto en un título negociable, la autenticidad de una firma o aval al respecto se tomarán para ser admitido a menos que el mismo se pone en cuestión por la otra. Alegatos en cualquier respuesta que expone una defensa afirmativa, se considerará denegada si no se evita la réplica; problema se considerará que se han unido a las denuncias de una respuesta, estableciendo otros asuntos. Alegatos en una respuesta se tomarán como rechazan o evitan, y sus posibles defensa en derecho o de hecho podrá hacerse valer en el juicio.

4:5-6. Coherencia

Una parte puede enunciados 2 o más declaraciones de una reivindicación o de defensa o, alternativamente, hipotéticamente, ya sea en un cargo o de la defensa o en cargos separados o defensas. Cuando 2 o más declaraciones se hacen en la alternativa y uno de ellos, si se hace de forma independiente, sería suficiente, el escrito no se hace insuficiente por la insuficiencia de uno o más de los estados alternativos. Como muchas de las reivindicaciones independientes o defensas medida que el partido puede afirmarse independientemente de su coherencia y si sobre la base de legales o por razones de equidad o de ambos. Todas las declaraciones se hará con sujeción a las obligaciones establecidas en R. 1:4-8.

4:5-7. Alegatos de ser conciso y directo; Construcción

Cada denuncia de un escrito procesal deberá ser simple, conciso y directo, y no las formas técnicas de súplica son obligatorios. Todos los escritos se interpretará libremente en el interés de la justicia.

4:5-8. Asuntos Especiales escrito (a) el fraude; error, condición de la mente. En todas las denuncias de falsificación, fraude, error, el abuso de confianza, incumplimiento deliberado o la influencia indebida, la indicación de la injusticia, con fechas y temas si es necesario, se hará constar en la medida de lo posible. La malicia, la intención, el conocimiento, y otra condición de la mente de una persona puede ser alegado en general. (b) Condiciones previas. Al declararse el rendimiento o la aparición de condiciones precedentes, es suficiente para alegar en general que todas estas condiciones se han realizado o han ocurrido. La denegación de rendimiento o de ocurrencia, se hizo específicamente y con la particularidad, pero cuando lo hizo la parte que invoca el rendimiento o la ocurrencia tiene la carga de su establecimiento. (c) alegatos Según Efecto legal. Los actos y contratos pueden establecerse en función de su efecto jurídico, pero al hacerlo, el escrito debe ser tal que responda equitativamente a informar a la parte adversa del estado de hechos que se pretende probar, por lo tanto, un acto o una promesa de otras principales de una corporación, si en el hecho de proceder de un agente conocido por el alegante, debe indicarse. Al declararse un documento oficial o un acto oficial es suficiente para alegar que el documento fue expedido o el acto realizado en cumplimiento de la ley. (d) Sentencia. Una sentencia o decisión de un tribunal nacional o extranjero, judicial o cuasi-tribunal judicial o administrativo, o funcionario, puede ser alegado, sin indicar la materia que es competente para hacerlo. (e) tiempo y lugar. A los efectos de comprobar la suficiencia de un escrito, las alegaciones de tiempo y el lugar son importantes y se considerará como todas las otras denuncias de carácter material. (f) Daño Especial. Elementos del daño especial reivindicada debe estar especialmente indicado, excepto que si se hace una demanda general por daños y perjuicios por liquidar de conformidad con el R. 4:5-2, los hechos que dieron lugar a una reclamación por daños especiales incluidos deberán estar especialmente indicado en lugar de la ellos reclamación monetaria.

4:6 norma. DEFENSAS Y OBJECIONES: ¿CUÁNDO Y CÓMO PRESENTAR, por escrito o movimiento; PROPUESTA DE SENTENCIA DE ALEGACIONES 4:6-1. Cuando se presentó (a) Tiempo; Presentación. Salvo disposición en contrario por R. 4:7-5 (c) (reclamaciones de cruz), 4:8-1 (b) (tercer acumulación de partido), 4:9-1 (respuesta a la queja enmendada), y 4: 64-1 (g) (la respuesta no gubernamentales en las acciones de ejecución hipotecaria), el demandado deberá servir una respuesta, incluida la demanda de reconvención en él hay, dentro de 35 días después de la notificación de la citación y la denuncia por este acusado. Si el servicio se realiza conforme a lo dispuesto por orden judicial, de conformidad con el R. 4:4-4 (b) (3), el tiempo de servicio de la respuesta puede ser en ella se especifican. Servicio de la respuesta se completa según lo dispuesto por el Sr. R. 1:5-4. Una parte se sirve con un escrito indicando una demanda de reconvención o demanda cruzada contra ese partido servirá al mismo de respuesta dentro de 35 días después de la notificación de ese partido. La respuesta a una respuesta, cuando lo permita, se notificará dentro de 20 días tras la notificación de la respuesta. (b) Hora; efecto de ciertos movimientos. A menos que el tribunal fija un plazo distinto, los plazos previstos en el párrafo (a) de esta regla son alterados por la presentación y servicio de un movimiento bajo R. 4:6 o de juicio sumario en virtud de R. 4:46 o R. 4:69-2 de la siguiente manera: (1) si el movimiento se niega en todo o en parte o su disposición aplazado hasta el juicio, el escrito de respuesta se notificará dentro de 10 días después de la notificación de la acción de la corte, (2) si una propuesta de una declaración más definitiva se concede, los escritos de respuesta se notificará dentro de los 10 días después de que el servicio de dicha declaración. Si el aviso se le da una parte de no residentes exigentes de seguridad para los gastos de los no residentes y da aviso de la presentación de la fianza o la realización del depósito, la parte que la demanda luego tendrá el mismo tiempo para defender como puede haber permanecido en el momento de al servicio de la comunicación para exigir la seguridad. (c) Tiempo; Extensión de mutuo acuerdo. El tiempo de servicio de un escrito de respuesta puede ser ampliada por un período no superior a 60 días por el consentimiento escrito de las partes, que se presentará ante el escrito de respuesta dentro de dicho plazo de 60 días. Las posteriores ampliaciones sólo se autorizará previo aviso por orden judicial, en ellos se muestra una buena causa. (d) Certificado de Servicio. La parte que presenta el escrito de respuesta o el abogado del partido, deberá certificar al respecto, o en el reconocimiento, la prueba o el certificado de servicio, que el escrito fue notificada en el plazo permitido por el Sr. R. 4:6 o norma que se especifique en el certificado.

4:6-2. ¿Cómo Presentado

Cada defensa, legal o equitativo, en derecho o de hecho, a una demanda de suspensión de cualquier reclamación, demanda reconvencional, reconvención, o de tercera denuncia de las partes será afirmó en su contestación, salvo que las defensas siguientes a elección de el intercesor hacerse por el movimiento, con escritos: (a) falta de jurisdicción sobre la materia, (b) falta de jurisdicción sobre la persona, (c) insuficiencia de proceso, (d) la insuficiencia de servicios de proceso, (e) la falta de un estado de derecho al que puede ser acordado, (f) la falta de afiliarse a un partido sin los cuales la acción no puede proceder, conforme a lo dispuesto por el Sr. R. 4:28-1. Si la moción se plantea ninguna de estas defensas, que se efectuará antes de declararse si un escrito complementario se debe hacer. N de defensa o protesta es renunciar a ser unidos con una o varias otras defensas en una respuesta o movimiento. Apariciones especiales son reemplazados. Si, por una moción de desestimación basada en la defensa numeradas (e), cuestiones ajenas al escrito se presentó y no excluidas por el tribunal, la moción será tratada como un juicio sumario y eliminados conforme a lo dispuesto por el Sr. R. 4: 46, y todas las partes se dará oportunidad razonable para presentar todo el material pertinente a dicha moción.

4:6-3. Movimientos requeridos, las audiencias preliminares

Defensas (a) (e) y (f) en R. 4:6-2, ya sea hecho en una respuesta o por el movimiento, serán juzgados antes del juicio sobre la solicitud de cualquier persona, salvo que el tribunal de las órdenes que buena causa la audiencia y la determinación del mismo se aplace hasta el juicio. Defensas (b) (c) y (d) en R. 4:6-2 se incrementará en un movimiento dentro de 90 días tras la notificación de la respuesta, siempre que la defensa ha afirmado siempre el mismo y, además, que ningún movimiento previo a R. 4:6-6, que es de aplicación se ha hecho.

4:6-4. Propuesta de Declaración o más definido a la huelga o despedir por inconveniencia de alegatos

(una declaración) más definida. Si un escrito de respuesta es que deben hacerse a un escrito que es tan vaga o ambigua que una parte no puede ser razonablemente necesario para formular un escrito de respuesta, la Parte podrá proponer una declaración más clara antes de interponer un escrito de respuesta. La moción deberá señalar los defectos de denuncia y la información deseada. Si la moción se concede y la orden del tribunal no cumplió con el plazo de 10 días después de la notificación de la orden o en cualquier otro plazo que el tribunal fija, el tribunal puede encontrar el escrito al que iba dirigido el movimiento o hacer la orden que estime conveniente. La declaración se convertirá en una parte del escrito al que complementa. (b) impropiedad de alegatos. En el tribunal o el movimiento de una parte, el tribunal puede: (1) Desestimar todo escrito que, en general, escandaloso, impertinente, o, teniendo en cuenta la naturaleza de la causa de la acción abusiva del tribunal o de otra persona, o (2) huelga de cualquier pieza de un escrito o de cualquier parte del mismo que es irrelevante o redundante. La orden de destitución deberá cumplir con R. 4:37-2 (a) y puede requerir expresamente, como condición de la reclasificación de un escrito claimor afirmar una defensa basada en la misma transacción, el pago por la parte que invoca de los honorarios del abogado y los costos incurridos por la parte que se trasladó para el despido.

4:6-5. Movimiento de huelga para la insuficiencia

El movimiento de una parte antes de responder a un escrito o, si no responden pidiendo es permitido por estas normas, sobre la petición de un plazo de 20 días después de que el servicio del escrito a la parte, o por iniciativa propia de la corte en cualquier momento, el tribunal puede ordenar afectadas de cualquier escrito cualquier defensa insuficiente en la ley.

4:6-6. Consolidación de las defensas

Una Parte que presente una moción en virtud R. 4:6 puede unirse con ella las mociones que aquí se dispone y, a continuación disponibles. Si tal movimiento de ella omite cualquier defensa o cargos disponibles entonces que R. 4:6 permite ser planteadas por el movimiento, el partido no pasará a presentar una moción sobre la base de cualquier defensa como omitir o cargos, salvo lo dispuesto en R. 4:6 -7.

4:6-7. La renuncia o la preservación de las defensas

Defensas (b) (c) y (d) en R. 4:6-2 se cancelan si no propuesta por propuesta de conformidad con el R. 4:6-3 o si omite una moción que había hecho ya que R. 4:6 -6 es aplicable. Defensas (e) y (f) y la objeción de falta de un estado de defensa legal a una reclamación puede hacerse en cualquier alegato permitido u ordenado, o por el movimiento de juicio sumario o en el juicio sobre el fondo. Cada vez que aparece por la sugerencia de las partes o de otra manera que el tribunal carece de jurisdicción de la materia, el tribunal desestime la cuestión, salvo disposición en contrario de R. 1:13-4. Nota: Fuente-R.R. 4:12-8.

Ejemplo de respuesta, DEFENSAS INDEPENDIENTE en un tercer caso de lesiones personales:

La parte demandada d1, hacer negocios en d2 Nueva Jersey, a modo de respuesta a la petición del demandante, dice:

1. Se admiten las alegaciones del apartado 1 --

2. Él admite todas las alegaciones del apartado 2 ............... y niega a los demás apartados.

3. Él admite las alegaciones del apartado 3.

4. Él niega las acusaciones del apartado ........

POR LO TANTO, las demandas Demandada sentencia de la siguiente manera:

Desestimó la denuncia, negando todas las peticiones del demandante, por honorarios de los abogados que se adjudiquen a favor de la Demandada de conformidad con NJSA 2A :15-59 .1 y contra el demandante si el demandante no inmediatamente desestimar la denuncia y para el alivio de otros, como el Tribunal de Justicia puede considere justas y equitativas.

DEFENSAS INDEPENDIENTE

Los acusados se reserva el derecho de hacer valer las defensas siguiente en el juicio

-La denuncia no a un estado de derecho al que se podrá conceder el alivio de

-La parte demandante en la demanda están prohibidos por los principios de la renuncia, Estelle y Estelle

- La parte demandada actuó de forma razonable con la justificación legal y por lo tanto, no son responsables de parte demandante en daños y perjuicios. -Las reivindicaciones establecidas en la demanda están prohibidos por la doctrina del acuerdo y la satisfacción, la falta de consideración, la ilegalidad y de pago. - Incumplimiento del contrato - el hecho de mitigar daños y perjuicios - incorrecto escrito por New Jersey Corporation, que deberá estar representado por el abogado en la Corte Superior - cláusulas leoninas del contrato-Violación de la ley en lenguaje ordinario - Falta de connivencia - incorrecto declararse que no se ajusten a reglamento del Tribunal

Ejemplo de respuesta, DEFENSAS separadas en un caso de lesiones personales:

La parte demandada d1, hacer negocios en ____, a modo de respuesta a la petición del demandante, dice:

1. Demandada d1 admite la operación y niega el equilibrio

2. Demandada admite d1

3. Demandada d1 admite las alegaciones del apartado 3.

4. D1 demandada niega las acusaciones del apartado 4

POR LO TANTO, el Demandado d1 demandas sentencia de la siguiente manera:

Desestimó la denuncia, negando todas las peticiones del demandante, por honorarios de los abogados que se adjudiquen a favor de la Demandada de conformidad con NJSA 2A :15-59 .1 y contra el demandante si el demandante no inmediatamente desestimar la denuncia y para el alivio de otros, como el Tribunal de Justicia puede considere justas y equitativas.

DEFENSAS INDEPENDIENTE

D1 Demandada reservamos el derecho de hacer valer las defensas en el juicio siguiente:

-En la denuncia no a un estado de derecho al que se podrá conceder ayuda - La parte demandada actuó de forma razonable con la justificación legal y por lo tanto, no son responsables de parte demandante en daños y perjuicios. - Falta de mitigar daños y perjuicios - incorrecto no escrito conforme al reglamento del Tribunal acusado está libre de negligencia, que fue la causa próxima de los daños y perjuicios supuesta negligencia concurrente, negligencia comparativa, por NJSA 2A :15-5, 1-Cualquier y todos los daños y / o lesiones personales sufridas por el demandante fueron el resultado de los actos y la negligencia de terceros o partes sobre las que el acusado ejerció ningún control. -La denuncia está prohibido por la ley de prescripción aplicable-El supuesto incidente denunciado el resultado de circunstancias y condiciones que escapan al control de la parte demandada. -La denuncia se basa en ninguna violación de cualquier derecho que el acusado puede deber a la demandante. -Los daños y perjuicios alegados en la denuncia están prohibidos por la Doctrina de la controversia completo. -Todas las reclamaciones tienen prohibido por la Ley de los Trabajadores Comp NJSA 34:15-8. -La parte demandada se reserva el derecho a interponer tales defensas y otros cargos como la investigación continua puede revelar. -Las lesiones y los daños alegados en la denuncia fueron causados por y surgió de los riesgos que el demandante tenía pleno conocimiento de y asumido. -Acusado es inmune a la responsabilidad por NJSA 39:6 A-8 - La acción se ve impedida por NJSA 39:6 A-1 - La acción se ve impedida por el estatuto umbral verbal.

Certificación de que PRESENTADO EN TIEMPO DE RESPUESTA

Por la presente certifico que la respuesta era servido en el plazo permitido por la ley. Yo certifico que la materia de la controversia no es objeto de cualquier otra acción o procedimiento de arbitraje, ahora o en proyecto, y que no las otras partes deben unirse en esta acción. R.4 :5-1. RESPUESTA A TODAS LAS RECLAMACIONES DE LA CRUZ El acusado D1 a través de todas las reclamaciones de la Cruz, pasado, presente y futuro, dice: El acusado d1, niega todas y cada una alegación de material de la cruz reclamaciones presentadas contra él.

CONCLUSIÓN

Si se presenta una demanda, inmediatamente programar una consulta con un abogado. Nuestra oficina representa a las partes en casos de lesiones personales y litigios. Si se enfrenta a una demanda, inmediatamente una cita con un abogado civil. No confíe en un abogado de bienes raíces, el defensor público o un miembro de la familia que tomó una clase de derecho en la escuela. Cuando su vida y los negocios está en la línea, contratar a los mejores abogados disponibles.

Nueva Ley de enmienda de la ley la tutela del Estado.

Esta nueva ley una modificación de numerosas secciones del capítulo 12 del título 3B de los Estatutos de Nueva Jersey en materia de custodia. Esta nueva ley aclara la autoridad del tribunal con respecto a abordar las necesidades inmediatas de una persona incapacitada. La nueva ley establece los procedimientos para el nombramiento de un curador general, un tutor especial de la persona, bienes o de ambos, a un tutor especial o un temporal "pendente lite" tutor que actuará en nombre de la persona incapacitada en relación con su médico , las necesidades financieras, educativa, jurídica o profesional. En ella se establece las facultades y obligaciones del tutor, cuando un enlace debe ser suministrado por un tutor y cuando la compensación razonable por los servicios sería concedido. La nueva ley amplía los actuales procedimientos de información para los tutores. Además, la nueva ley de modificación de diversas secciones en todo el capítulo 12 del título 3B eliminando todas las referencias a la "incompetente mental" y su sustitución por "incapacidad o presunta incapacidad" para proporcionar uniformidad y coherencia en estas secciones.

Esta nueva ley, en vigor en 2006, aclara la autoridad del tribunal con respecto a abordar las necesidades inmediatas de una persona incapacitada. La nueva ley establece los procedimientos para el nombramiento de un curador general, un tutor especial de la persona, bienes o de ambos, a un tutor especial o un temporal "pendente lite" tutor que actuará en nombre de la persona incapacitada en relación con su médico , las necesidades financieras, educativa, jurídica o profesional. En ella se establece las facultades y obligaciones del tutor, cuando un enlace debe ser suministrado por un tutor y cuando la compensación razonable por los servicios sería concedido. La nueva ley amplía los actuales procedimientos de información para los tutores. Además, la nueva ley de modificación de diversas secciones en todo el capítulo 12 del título 3B eliminando todas las referencias a la "incompetente mental" y su sustitución por "incapacidad o presunta incapacidad" para proporcionar uniformidad y coherencia en estas secciones.

Las disposiciones pertinentes en la nueva ley son los siguientes: Sección 4: NJSA 3B :12-4. (Nombramiento de tutor especial) La ley actual autoriza al tribunal a designar a un tutor especial para ayudar a la corte en el suministro de cualquier régimen de protección. Esta disposición se mantiene sin cambios por la nueva ley. La nueva ley establece que si se nombra a un tutor especial, el tutor tiene derecho a los honorarios razonables para los servicios, así como el reembolso de los gastos razonables.

Sección 7: N.J.S.A. 3B :12-11. (Declaración jurada de recibo) En esta sección se requiere la presentación de una declaración jurada por parte del beneficiario de dinero o bienes en relación con la tutela de un menor. Si el menor reside fuera del Estado, la presentación está en el condado que tiene jurisdicción sobre la propiedad.

Sección 12: (Nueva sección). (Determinación por el tribunal de necesidad de servicios de tutela) Esta sección de la nueva ley complementa la legislación vigente, específicamente, esbozar los diferentes tipos de tutores y sus funciones y atribuciones.

General Guardian-Si el tribunal considera que un individuo está incapacitado y no tiene capacidad para gobernarse a sí mismo o administrar sus asuntos, el tribunal puede nombrar a un tutor en general, que ejercerá todos los derechos y facultades de la persona incapacitada. El tutor general debe presentar una fianza menos que sea relevado por el tribunal.

Limitada Guardian. Si el tribunal determina que una persona está incapacitada y carece de la capacidad de hacer algo, pero no todas, de las tareas necesarias para cuidar de sí mismo, el tribunal puede nombrar a un tutor especial de la persona, el tutor especial de los bienes, o el tutor limitado de ambos. El tribunal debe emitir las conclusiones concretas en cuanto a la decisión de la persona que está haciendo con respecto a la capacidad residencial, las decisiones de educación, médica, legal, profesional y financiera. Una sentencia de tutela limitada podrá especificar las limitaciones a la autoridad o las áreas de toma de decisiones retenido por la persona. El tutor debe limitarse presentar una fianza menos que sea relevado por el tribunal.

Pendente lite; tutor temporal. Cada vez que una queja es presentada ante el tribunal para declarar a una persona incapacitada y nombrar a un tutor, la denuncia también podrá solicitar el nombramiento de un tutor temporal de la persona o bienes, o ambos, pendente lite. En espera de una audiencia para el nombramiento de un tutor, el tribunal puede por una buena causa se muestra nombrar a un tutor temporal pendente lite a la conclusión de que existe una necesidad crítica o riesgo de daño sustancial. Si es nombrado el tutor temporal se podrá conceder autorización para disponer de los servicios de alojamiento provisional o temporal.

Los pagos de estos servicios pueden hacerse de los bienes de la persona incapacitada alegado. A pendente lite nombrado tutor temporal se limita a actuar en nombre de la persona incapacitada supuesta sólo para los servicios determinados por el tribunal que sea necesario para hacer frente a necesidades críticas o riesgo de daño sustancial a la persona incapacitada alegado. Tutores pendente lite temporales no están diseñados para actuar como tutores especiales médico designado en virtud de Reglamento de la Corte para autorizar una intervención médica o quirúrgica de urgencia necesarias para hacer frente a la amenaza sustancial para la vida de una persona o la salud.

El abogado de la persona incapacitada presunta es notificada de la designación. El tutor temporal pendente lite es necesaria para asesorar al abogado de todas las acciones y el abogado tendría derecho a objetar. A pendente lite nombramiento tutor temporal no tiene el efecto de un fallo de la incapacidad o el efecto de la limitación de los derechos legales de las personas distintas de las especificadas en la orden judicial. El tutor temporal pendente lite, previa solicitud ante el Tribunal de Justicia, tendría derecho a recibir honorarios razonables por sus servicios, así como el reembolso de sus gastos razonables, la que debe pagar por los bienes de la persona incapacitada o presuntos menores. El tutor temporal pendente lite estaría obligado a presentar una fianza, a menos que el tribunal le exime de hacerlo. Esta sección también se ocupa de los siguientes: la divulgación de la información; aparición en la corte, la comunicación, ampliar o limitar los poderes de tutela.

Sección 13: N.J.S.A. 3B :12-25. (Nombramiento de tutor) se aclara que las cartas de tutela puede ser concedida al cónyuge o pareja registrada si la persona está viviendo con la persona incapacitada supuesta o sus herederos, o si ninguno de ellos acepta cartas a partir de entonces a la Oficina del Guardián Público para adultos mayores. Podrá tomarse en consideración a la decisión de los responsables sustitutos, en su caso, elegido por la persona incapacitada por medio de un poder notarial, poder para la atención de salud o de instrucciones previas.

Sección 16: N.J.S.A. 3B :12-28. (Regrese a la competencia) se aclara que el tribunal podrá, en una acción sumaria presentada por la persona adjudicada incapacitado o el tutor, juzgar que la persona ha regresado a la competencia total o parcial y restaurar sus derechos civiles y los bienes.

Sección 28: N.J.S.A. 3B :12-41. (Guardián de la persona de Ward derecho al reembolso de los gastos) se aclara que el tutor recibirá reembolso razonable y honorarios por sus servicios.

Sección 29: N.J.S.A. 3B :12-42. (Condición de la persona de la sala de informes y la propiedad a los tribunales) amplía los requisitos de información para los tutores a fin de facilitar la uniformidad y la coherencia. En esta sección se establece cuando el informe se debe hacer y lo que debe contener. Exime de esta obligación de información a la Oficina de Servicios de la tutela de la División de Discapacidades del Desarrollo, el Tutor Público, los funcionarios públicos designados como guardianes limitado a las personas en instituciones psiquiátricas con fines médicos.

Sección 30: N.J.S.A. 3B :12-43. (Gastos a realizar por el tutor de bienes pupilo.) Requiere un tutor para que siga las exigencias de la "Ley de los inversores prudentes" en relación con los activos de la sala.

Sección 35: N.J.S.A. 3B :12-48. (Competencias que le atribuye un tutor) se aclara que el tutor tiene la facultad para presentar o defender cualquier litigio en nombre de la sala, incluyendo pero no limitado a, el derecho a interponer una acción de divorcio o anulación por cualquier motivo autorizado por la ley.

Sección 36: N.J.S.A. 3B :12-49. (Competencias atribuidas a un tribunal) se aclara que entre las competencias de la Corte con respecto a un barrio y su propiedad es la facultad de ejercer el derecho del pupilo a una parte electiva en los bienes del cónyuge de la sala o la pareja doméstica registrada y participar en la planificación el uso de programas de asistencia pública.

Sección 38: N.J.S.A. 3B :12-56. (Competencias, derechos y deberes de un tutor de un pupilo) Aclaración de las competencias, derechos y deberes de un tutor de un pupilo. Establece que el tutor no está legalmente obligado a proporcionar para la sala de sus fondos propios y no es susceptible de una tercera persona para los actos de la sala por la única razón de la relación y no es responsable de la sala por el daño resultante de un comportamiento ilícito de una tercera persona. El tutor está obligado a actuar de conformidad con un poder válido ejecutado antes de abogado para el cuidado de la salud o la directiva anticipada. En la medida ordenada por un tribunal, el tutor puede iniciar el ingreso voluntario de una sala a un centro psiquiátrico con todos los derechos de un paciente ingresado voluntariamente. Si los objetos de la sala, los procedimientos del Estado para su internación involuntaria de aplicación.

Sección 39: N.J.S.A. 3B :12-57. (Atribuciones y obligaciones del tutor de una persona) se aclara que un tutor de la persona de un barrio es necesario para ejercer autoridad sobre las cuestiones relativas a las necesidades de personal de la sala sólo en la medida ordenada por el tribunal. Establece que el tutor está obligado a dar la debida atención a las preferencias de la sala. El tutor deberá tener cuidado para conservar los fondos en exceso. El tutor podrá ejercitar una acción que podría ser gestionada por la sala, incluidas las acciones alegando fraude, abuso, influencia indebida y la explotación.

Sección 45: N.J.S.A. 3B :12-64. Aclara que el tutor puede hacer que el entierro final y los arreglos del funeral si el cuerpo no ha sido reclamada por cinco días y puede pagar por estos costos y honorarios de alquiler.

Sección 46: N.J.S.A. 3B :12-66. Aclara que el Tribunal Superior o el Tribunal sustituto en el caso de un menor, será competente para llenar una vacante por el nombramiento de un tutor sustituido.

Sección 47: N.J.S.A. 3B :22-2. Proporciona una orden de pago, si los activos aplicables de la finca no son suficientes para pagar todas las reclamaciones en su totalidad. Aclara que las deudas por el valor razonable de los servicios prestados a la persona fallecida por la Oficina del Guardián Público se pagará antes de ciertos otros activos.

Nuevas secciones 48 y 49. Estas secciones se establecen procedimientos para la transferencia de los servicios de tutela, cuando un guardián en este Estado está tratando de trasladar a otro estado y cuando un tutor en otro Estado se propone la transferencia de servicios en Nueva Jersey.

Otras disposiciones de la nueva ley. Las secciones restantes de la nueva ley de sustituir el término "incompetente mental" con "persona incapacitada o supuestamente incapacitado".

Los artículos 18, 20, 21, 36, 39 (NJSA 3B :12-30, NJSA 3B :12-32, NJSA 3B :12-33, NJSA 3B :12-49, NJSA 3B :12-57) incluye la referencia a la "pareja de hecho" en su caso. Las enmiendas de la comisión son de carácter técnico. En el artículo 11, que incluyen una referencia que falta a una "persona incapacitada" en la última frase, en la sección 12 que corregir dos errores ortográficos: el uso de "adecuada" y la inserción de "persona".

Para programar una consulta en relación con la tutela de adultos, llame a la Oficina Jurídica de Kenneth Vercammen, Lcdo. al (732) 572-0500