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Tuesday, January 19, 2010

Nueva Ley de enmienda de la ley la tutela del Estado.

Esta nueva ley una modificación de numerosas secciones del capítulo 12 del título 3B de los Estatutos de Nueva Jersey en materia de custodia. Esta nueva ley aclara la autoridad del tribunal con respecto a abordar las necesidades inmediatas de una persona incapacitada. La nueva ley establece los procedimientos para el nombramiento de un curador general, un tutor especial de la persona, bienes o de ambos, a un tutor especial o un temporal "pendente lite" tutor que actuará en nombre de la persona incapacitada en relación con su médico , las necesidades financieras, educativa, jurídica o profesional. En ella se establece las facultades y obligaciones del tutor, cuando un enlace debe ser suministrado por un tutor y cuando la compensación razonable por los servicios sería concedido. La nueva ley amplía los actuales procedimientos de información para los tutores. Además, la nueva ley de modificación de diversas secciones en todo el capítulo 12 del título 3B eliminando todas las referencias a la "incompetente mental" y su sustitución por "incapacidad o presunta incapacidad" para proporcionar uniformidad y coherencia en estas secciones.

Esta nueva ley, en vigor en 2006, aclara la autoridad del tribunal con respecto a abordar las necesidades inmediatas de una persona incapacitada. La nueva ley establece los procedimientos para el nombramiento de un curador general, un tutor especial de la persona, bienes o de ambos, a un tutor especial o un temporal "pendente lite" tutor que actuará en nombre de la persona incapacitada en relación con su médico , las necesidades financieras, educativa, jurídica o profesional. En ella se establece las facultades y obligaciones del tutor, cuando un enlace debe ser suministrado por un tutor y cuando la compensación razonable por los servicios sería concedido. La nueva ley amplía los actuales procedimientos de información para los tutores. Además, la nueva ley de modificación de diversas secciones en todo el capítulo 12 del título 3B eliminando todas las referencias a la "incompetente mental" y su sustitución por "incapacidad o presunta incapacidad" para proporcionar uniformidad y coherencia en estas secciones.

Las disposiciones pertinentes en la nueva ley son los siguientes: Sección 4: NJSA 3B :12-4. (Nombramiento de tutor especial) La ley actual autoriza al tribunal a designar a un tutor especial para ayudar a la corte en el suministro de cualquier régimen de protección. Esta disposición se mantiene sin cambios por la nueva ley. La nueva ley establece que si se nombra a un tutor especial, el tutor tiene derecho a los honorarios razonables para los servicios, así como el reembolso de los gastos razonables.

Sección 7: N.J.S.A. 3B :12-11. (Declaración jurada de recibo) En esta sección se requiere la presentación de una declaración jurada por parte del beneficiario de dinero o bienes en relación con la tutela de un menor. Si el menor reside fuera del Estado, la presentación está en el condado que tiene jurisdicción sobre la propiedad.

Sección 12: (Nueva sección). (Determinación por el tribunal de necesidad de servicios de tutela) Esta sección de la nueva ley complementa la legislación vigente, específicamente, esbozar los diferentes tipos de tutores y sus funciones y atribuciones.

General Guardian-Si el tribunal considera que un individuo está incapacitado y no tiene capacidad para gobernarse a sí mismo o administrar sus asuntos, el tribunal puede nombrar a un tutor en general, que ejercerá todos los derechos y facultades de la persona incapacitada. El tutor general debe presentar una fianza menos que sea relevado por el tribunal.

Limitada Guardian. Si el tribunal determina que una persona está incapacitada y carece de la capacidad de hacer algo, pero no todas, de las tareas necesarias para cuidar de sí mismo, el tribunal puede nombrar a un tutor especial de la persona, el tutor especial de los bienes, o el tutor limitado de ambos. El tribunal debe emitir las conclusiones concretas en cuanto a la decisión de la persona que está haciendo con respecto a la capacidad residencial, las decisiones de educación, médica, legal, profesional y financiera. Una sentencia de tutela limitada podrá especificar las limitaciones a la autoridad o las áreas de toma de decisiones retenido por la persona. El tutor debe limitarse presentar una fianza menos que sea relevado por el tribunal.

Pendente lite; tutor temporal. Cada vez que una queja es presentada ante el tribunal para declarar a una persona incapacitada y nombrar a un tutor, la denuncia también podrá solicitar el nombramiento de un tutor temporal de la persona o bienes, o ambos, pendente lite. En espera de una audiencia para el nombramiento de un tutor, el tribunal puede por una buena causa se muestra nombrar a un tutor temporal pendente lite a la conclusión de que existe una necesidad crítica o riesgo de daño sustancial. Si es nombrado el tutor temporal se podrá conceder autorización para disponer de los servicios de alojamiento provisional o temporal.

Los pagos de estos servicios pueden hacerse de los bienes de la persona incapacitada alegado. A pendente lite nombrado tutor temporal se limita a actuar en nombre de la persona incapacitada supuesta sólo para los servicios determinados por el tribunal que sea necesario para hacer frente a necesidades críticas o riesgo de daño sustancial a la persona incapacitada alegado. Tutores pendente lite temporales no están diseñados para actuar como tutores especiales médico designado en virtud de Reglamento de la Corte para autorizar una intervención médica o quirúrgica de urgencia necesarias para hacer frente a la amenaza sustancial para la vida de una persona o la salud.

El abogado de la persona incapacitada presunta es notificada de la designación. El tutor temporal pendente lite es necesaria para asesorar al abogado de todas las acciones y el abogado tendría derecho a objetar. A pendente lite nombramiento tutor temporal no tiene el efecto de un fallo de la incapacidad o el efecto de la limitación de los derechos legales de las personas distintas de las especificadas en la orden judicial. El tutor temporal pendente lite, previa solicitud ante el Tribunal de Justicia, tendría derecho a recibir honorarios razonables por sus servicios, así como el reembolso de sus gastos razonables, la que debe pagar por los bienes de la persona incapacitada o presuntos menores. El tutor temporal pendente lite estaría obligado a presentar una fianza, a menos que el tribunal le exime de hacerlo. Esta sección también se ocupa de los siguientes: la divulgación de la información; aparición en la corte, la comunicación, ampliar o limitar los poderes de tutela.

Sección 13: N.J.S.A. 3B :12-25. (Nombramiento de tutor) se aclara que las cartas de tutela puede ser concedida al cónyuge o pareja registrada si la persona está viviendo con la persona incapacitada supuesta o sus herederos, o si ninguno de ellos acepta cartas a partir de entonces a la Oficina del Guardián Público para adultos mayores. Podrá tomarse en consideración a la decisión de los responsables sustitutos, en su caso, elegido por la persona incapacitada por medio de un poder notarial, poder para la atención de salud o de instrucciones previas.

Sección 16: N.J.S.A. 3B :12-28. (Regrese a la competencia) se aclara que el tribunal podrá, en una acción sumaria presentada por la persona adjudicada incapacitado o el tutor, juzgar que la persona ha regresado a la competencia total o parcial y restaurar sus derechos civiles y los bienes.

Sección 28: N.J.S.A. 3B :12-41. (Guardián de la persona de Ward derecho al reembolso de los gastos) se aclara que el tutor recibirá reembolso razonable y honorarios por sus servicios.

Sección 29: N.J.S.A. 3B :12-42. (Condición de la persona de la sala de informes y la propiedad a los tribunales) amplía los requisitos de información para los tutores a fin de facilitar la uniformidad y la coherencia. En esta sección se establece cuando el informe se debe hacer y lo que debe contener. Exime de esta obligación de información a la Oficina de Servicios de la tutela de la División de Discapacidades del Desarrollo, el Tutor Público, los funcionarios públicos designados como guardianes limitado a las personas en instituciones psiquiátricas con fines médicos.

Sección 30: N.J.S.A. 3B :12-43. (Gastos a realizar por el tutor de bienes pupilo.) Requiere un tutor para que siga las exigencias de la "Ley de los inversores prudentes" en relación con los activos de la sala.

Sección 35: N.J.S.A. 3B :12-48. (Competencias que le atribuye un tutor) se aclara que el tutor tiene la facultad para presentar o defender cualquier litigio en nombre de la sala, incluyendo pero no limitado a, el derecho a interponer una acción de divorcio o anulación por cualquier motivo autorizado por la ley.

Sección 36: N.J.S.A. 3B :12-49. (Competencias atribuidas a un tribunal) se aclara que entre las competencias de la Corte con respecto a un barrio y su propiedad es la facultad de ejercer el derecho del pupilo a una parte electiva en los bienes del cónyuge de la sala o la pareja doméstica registrada y participar en la planificación el uso de programas de asistencia pública.

Sección 38: N.J.S.A. 3B :12-56. (Competencias, derechos y deberes de un tutor de un pupilo) Aclaración de las competencias, derechos y deberes de un tutor de un pupilo. Establece que el tutor no está legalmente obligado a proporcionar para la sala de sus fondos propios y no es susceptible de una tercera persona para los actos de la sala por la única razón de la relación y no es responsable de la sala por el daño resultante de un comportamiento ilícito de una tercera persona. El tutor está obligado a actuar de conformidad con un poder válido ejecutado antes de abogado para el cuidado de la salud o la directiva anticipada. En la medida ordenada por un tribunal, el tutor puede iniciar el ingreso voluntario de una sala a un centro psiquiátrico con todos los derechos de un paciente ingresado voluntariamente. Si los objetos de la sala, los procedimientos del Estado para su internación involuntaria de aplicación.

Sección 39: N.J.S.A. 3B :12-57. (Atribuciones y obligaciones del tutor de una persona) se aclara que un tutor de la persona de un barrio es necesario para ejercer autoridad sobre las cuestiones relativas a las necesidades de personal de la sala sólo en la medida ordenada por el tribunal. Establece que el tutor está obligado a dar la debida atención a las preferencias de la sala. El tutor deberá tener cuidado para conservar los fondos en exceso. El tutor podrá ejercitar una acción que podría ser gestionada por la sala, incluidas las acciones alegando fraude, abuso, influencia indebida y la explotación.

Sección 45: N.J.S.A. 3B :12-64. Aclara que el tutor puede hacer que el entierro final y los arreglos del funeral si el cuerpo no ha sido reclamada por cinco días y puede pagar por estos costos y honorarios de alquiler.

Sección 46: N.J.S.A. 3B :12-66. Aclara que el Tribunal Superior o el Tribunal sustituto en el caso de un menor, será competente para llenar una vacante por el nombramiento de un tutor sustituido.

Sección 47: N.J.S.A. 3B :22-2. Proporciona una orden de pago, si los activos aplicables de la finca no son suficientes para pagar todas las reclamaciones en su totalidad. Aclara que las deudas por el valor razonable de los servicios prestados a la persona fallecida por la Oficina del Guardián Público se pagará antes de ciertos otros activos.

Nuevas secciones 48 y 49. Estas secciones se establecen procedimientos para la transferencia de los servicios de tutela, cuando un guardián en este Estado está tratando de trasladar a otro estado y cuando un tutor en otro Estado se propone la transferencia de servicios en Nueva Jersey.

Otras disposiciones de la nueva ley. Las secciones restantes de la nueva ley de sustituir el término "incompetente mental" con "persona incapacitada o supuestamente incapacitado".

Los artículos 18, 20, 21, 36, 39 (NJSA 3B :12-30, NJSA 3B :12-32, NJSA 3B :12-33, NJSA 3B :12-49, NJSA 3B :12-57) incluye la referencia a la "pareja de hecho" en su caso. Las enmiendas de la comisión son de carácter técnico. En el artículo 11, que incluyen una referencia que falta a una "persona incapacitada" en la última frase, en la sección 12 que corregir dos errores ortográficos: el uso de "adecuada" y la inserción de "persona".

Para programar una consulta en relación con la tutela de adultos, llame a la Oficina Jurídica de Kenneth Vercammen, Lcdo. al (732) 572-0500

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