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Wednesday, January 9, 2008

2C :21-6 Tarjetas de Crédito

Tarjetas de Crédito
[A. Definiciones. Tal como se utiliza en esta sección:
(1) "del titular de la tarjeta", la persona u organización nombrada en la cara de una tarjeta de crédito a quien en beneficio de quién o de la tarjeta de crédito es emitida por un emisor.

(2) "tarjeta de crédito", cualquier instrumento tangible o intangible o dispositivo emitió con o sin tasa por un emisor que se puede utilizar, por sí sola o en conexión con otro medio de acceso a la cuenta, en la obtención de dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de Valor de crédito, incluyendo tarjetas de crédito, crédito placas, números de cuenta, o cualquier otro medio de acceso a la cuenta.

(3) "caducado la tarjeta de crédito": una tarjeta de crédito que ya no es válido debido a que el término se muestra ya sea en este o en la documentación proporcionada a la titular de la tarjeta por el emisor ha transcurrido.

4) "Emisor", la organización de las empresas o la institución financiera que emite una tarjeta de crédito o su agente debidamente autorizado.

(5) "recibe" o "recibir" se entiende la adquisición de la posesión o del control o de aceptar una tarjeta de crédito como garantía de un préstamo.

(6) "Revocado tarjeta de crédito": una tarjeta de crédito que ya no es válido, porque el permiso de uso se ha suspendido o cancelado por el emisor.

B. Falsas declaraciones hechas en la adquisición de expedición de la tarjeta de crédito. Una persona que hace o causas que se hizo, ya sea directa o indirectamente, cualquier falsa declaración por escrito, a sabiendas de que son falsas y con la intención de que sea invocado, en el respeto de su identidad o la de cualquier otra persona, empresa o corporación, o Su condición financiera o la de cualquier otra persona, empresa o corporación, con el propósito de la adquisición de la emisión de una tarjeta de crédito es culpable de un crimen de cuarto grado.

C. El robo de tarjetas de crédito.

(1) Una persona que tiene u obtiene una tarjeta de crédito de la persona, la posesión, custodia o control de otro sin el consentimiento del titular de la tarjeta o que, con conocimiento de que se ha tomado de forma, recibe la tarjeta de crédito con la intención de utilizarlo o de Venderlo o transferirlo a una persona que no sea el emisor o el titular de la tarjeta es culpable de un crimen de cuarto grado. Teniendo una tarjeta de crédito sin consentimiento incluye la obtención por cualquier conducta definida y prescrito en el capítulo 20 del presente título, el robo de Faltas y relacionados.

Una persona que tenga en su poder o bajo su control (a) de tarjetas de crédito a nombre de dos o más personas o, (b) dos o más tarjetas de crédito robadas se presume que han violado este párrafo.

(2) Una persona que recibe una tarjeta de crédito que él sabe que se han perdido, extraviado, o entregadas en virtud de un error en cuanto a la identidad o la dirección del titular de la tarjeta, y que retiene la posesión con la intención de utilizarla o venderla o para Transferirlo a una persona que no sea el emisor o el titular de la tarjeta es culpable de un crimen de cuarto grado.

(3) Una persona que no sea el emisor que venda una tarjeta de crédito o de una persona que compre una tarjeta de crédito de una persona que no sea el emisor es culpable de un crimen de cuarto grado.

(4) Una persona que, con la intención de defraudar al emisor, de una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, obtiene el control de una tarjeta de crédito como garantía de una deuda es culpable de un delito Del cuarto grado.

(5) Una persona que, con la intención de defraudar a un supuesto emisor, de una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, o falsamente hace falsamente embosses una supuesta tarjeta de crédito o profiera ese crédito Tarjeta es culpable de un delito de tercer grado. Una persona que no sea el supuesto emisor, que posee dos o más tarjetas de crédito que son falsamente hecho falsamente en relieve o se presume que han violado este párrafo. Una persona "falsamente hace" una tarjeta de crédito cuando se hace o se basa, en su totalidad o en parte, un dispositivo o instrumento que pretende ser de la tarjeta de crédito de un emisor, pero que el nombre no es una tarjeta de crédito debido a que el emisor no autoriza La fabricación o dibujo, o altere una tarjeta de crédito que fue válidamente emitidos. Una persona "falsamente embosses" una tarjeta de crédito cuando, sin autorización del emisor de la llamada, se completa una tarjeta de crédito mediante la adición de alguna de la cuestión, distinta de la firma del titular de la tarjeta, que requiere de un emisor a aparecer en la tarjeta de crédito antes Que puede ser utilizado por un titular de la tarjeta.

(6) Una persona que no sea el titular de la tarjeta o una persona autorizada por él, que, con la intención de defraudar el emisor, o de una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, firma una tarjeta de crédito , Es culpable de un crimen de cuarto grado. Una persona que posee dos o más tarjetas de crédito que son tan firmados se presume que han violado este párrafo.

D. Intención de defraudar a los titulares de tarjetas; sanciones; conocimiento de la revocación. A una persona que, con la intención de defraudar al emisor, de una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, (1) utiliza con el fin de obtener dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa Valor de una tarjeta de crédito obtenido o retenido en violación de la subsección c. De la presente sección o de una tarjeta de crédito que él sabe es falsificados, caducados o revocados, o (2) obtener dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor que representa, sin el consentimiento del titular de la tarjeta que él es el titular de una determinada tarjeta o Por la representación de que él es el titular de una tarjeta de este tipo de tarjetas y, de hecho, no ha sido publicado, es culpable de un crimen de tercer grado. El conocimiento de la revocación se presumirá que se han recibido por un titular cuatro días después de que haya sido enviada por correo a él en la dirección que figura en la tarjeta de crédito o en su última dirección conocida por correo registrado o certificado con acuse de recibo, y, si La dirección es más de 500 millas del lugar de envío, por correo aéreo. Si la dirección se encuentra fuera de los Estados Unidos, Puerto Rico, las Islas Vírgenes, la Zona del Canal y Canadá, el aviso se presumirá que se han recibido 10 días después del envío por correo registrado o certificado.

E. La intención de defraudar por persona autorizada a proporcionar dinero, bienes, o servicios; sanciones.

(1) Una persona que está autorizada por un emisor a proporcionar dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor a la presentación de una tarjeta de crédito por el titular de la tarjeta, o cualquier agente o empleados de esa persona, quien, con la intención de defraudar al emisor O el titular de la tarjeta, aporta dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor a la presentación de una tarjeta de crédito obtenido o retenido en violación de la subsección c. De la presente sección o de una tarjeta de crédito que él sabe es falsificados, caducados o revocados viola este párrafo y es culpable de un crimen de tercer grado.

(2) Una persona que está autorizada por un emisor a proporcionar dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor a la presentación de una tarjeta de crédito por el titular de la tarjeta, no puede proporcionar dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor que él representa en Escrito a la emisora que ha proporcionado es culpable de un crimen de cuarto grado.

F. Tarjetas de crédito incompleto; intención de completar sin consentimiento. Una persona que no sea el titular de la tarjeta que posean dos o más tarjetas de crédito incompleta, con la intención de concluir el proceso sin el consentimiento del emisor o de una persona que posea, con conocimiento de su carácter, maquinaria, placas o cualquier otro contrivance diseñado para reproducir los instrumentos que tienen por objeto ser Las tarjetas de crédito de un emisor que no haya consentido en la preparación de este tipo de tarjetas de crédito, es culpable de un crimen de tercer grado. Una tarjeta de crédito es "incompleta" si una parte de los elementos que no sean la firma de la titular de la tarjeta, que requiere de un emisor a aparecer en la tarjeta de crédito, antes de que pueda ser utilizado por un titular de la tarjeta, aún no ha sido sellado, en relieve, impresa o Escrito sobre ella.

G. Recibir algo de valor sabiendo o creyendo que fue obtenida en violación de la subsección d. De NJS2C :21-6. Una persona que recibe dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor obtenido en violación de la subsección d. De la presente sección, sabiendo o creyendo que era así obtenido es culpable de un crimen de cuarto grado. Una persona que obtenga, con un descuento en el precio de un billete emitido por una compañía aérea, ferrocarril, buques de vapor o de otras empresas de transporte, que fue adquirido en violación de la subsección d. De la presente sección sin investigación razonable para cerciorarse de que la persona de quien se ha obtenido el derecho legal a poseer se presumirá que saber que ese billete fue adquirido en virtud de las circunstancias que constituyen una violación de la subsección d. De la presente sección.

H. Uso fraudulento de tarjetas de crédito.

Una persona que, a sabiendas, utiliza cualquier falsificación, ficticio, alterados, falsificados, perdido, robado o fraudulentamente obtenido la tarjeta de crédito para obtener dinero, bienes o servicios, o cualquier otra cosa de valor, o que, con intención fraudulenta o ilegal, suministre, adquiera, o Usos reales o ficticios cualquier tarjeta de crédito, ya sea solo o junto con los nombres de los titulares de tarjetas de crédito, u otra información relativa a una cuenta de tarjeta de crédito en cualquiera de sus formas, es culpable de un crimen de tercer grado.

L.1978, c.95; modificado de 1979, c.178, s.36; 1984, c.119; 1991, c.122, s.1. ]

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