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Monday, December 8, 2008

Visitación de los niños

Familia casos y los casos de divorcio en Nueva Jersey se rigen por el Reglamento de los tribunales establecidos por el Tribunal Supremo de Nueva Jersey. Un abogado que participan en las visitas y la familia los casos debe ser consciente de la normativa vigente.
La siguiente es una parte de la Corte NJ normas que se aplican a determinados casos de familia:

REGLA 5:8. La custodia de los hijos

5:8-1. Premio de investigación antes de

En la familia en la que el tribunal considera que la custodia de los hijos es una verdadera cuestión de fondo y el tribunal deberá remitir el asunto a mediación de conformidad con las disposiciones de la R. 1:40-5. Durante el proceso de mediación, las partes no estará obligado a participar en las evaluaciones de custodia de cualquier experto. Las partes podrán, sin embargo, de acuerdo a hacerlo. El proceso de mediación tendrá una duración de no más de dos meses a partir de la fecha en que comienza o se ordena que comience, lo que sea antes. El tribunal, de la buena causa se indica, podrá prorrogar el período de tiempo. La fecha para la conclusión de la mediación se fijará en cualquier caso, Gestión de la Orden (s). Si la mediación no tiene éxito en la solución de las cuestiones de custodia, el tribunal podrá antes de sentencia definitiva o para exigir una investigación para ser realizados por la División de Familia del carácter y la aptitud de las partes, la condición económica de la familia y la capacidad financiera de la Parte a pagar la pensión alimenticia o apoyo, o ambas cosas. En otras acciones de la familia, el tribunal podrá, si el interés público así lo exige, para una investigación de ese tipo. El tribunal puede seguir cualquier familia de acción con el propósito de dicha investigación, pero no retener la concesión de cualquier tipo de alivio temporal a través de la pensión alimenticia, apoyo o Pendente lite órdenes relativas a cuestiones relacionadas con la crianza de los hijos 5:5-4 R. y R. 5 :7-2 cuando las circunstancias lo exigen. Esta investigación de las partes se llevará a cabo por la División de Familia del condado de lugar, a pesar de que una de las partes podrá vivir en otro condado, y la División de Familia deberá presentar su informe ante el tribunal a más tardar 45 días después de su recepción de la sentencia u orden que requiere la investigación, a menos que el tribunal disponga otra cosa. Esta investigación de las partes se llevará a cabo por la oficina de libertad condicional del condado del Estado de origen del niño, a pesar de que una de las partes podrá vivir en otro país o estado.

5:8-2. Dirección de los informes periódicos

Si una adjudicación de la custodia de los hijos menores de edad se ha hecho, el tribunal podrá, a su discreción, presentar una copia certificada de su orden o sentencia de libertad vigilada con la oficina del condado o condados en que el niño o los niños residen con él una dirección a esa libertad oficina de informes periódicos ante el tribunal en cuanto a la situación de la custodia. Será el deber de un abogado para presentar 2 copias de la orden o sentencia de libertad vigilada con la oficina dentro de 2 días, junto con información sobre el lugar exacto de residencia del niño o los niños. Tras la presentación de dicho informe, el tribunal podrá por iniciativa propia y cuando lo considere necesario, reabrir el caso y programar una audiencia formal sobre la notificación previa a todas las partes.

Una copia certificada de un decreto de la custodia de otro Estado presentó ante la Secretaría de la Corte Superior de este Estado se enviarán a la oficina de libertad condicional del condado o condados en que el niño o los niños residen.

5:8-3. Premio de investigación después de

El tribunal podrá de oficio cuando lo estime necesario o cuando una solicitud es presentada por cualquiera de las partes para modificar la adjudicación o los términos del mismo, a su discreción, exigir la investigación prevista en el R. 5:8-1. El tribunal puede continuar con dicha aplicación a los efectos de dicha investigación y se informe.

5:8-4. Presentación de Informes

El informe escrito de una investigación realizada con arreglo a esta norma deberá ser presentada a la corte, se aportará a las partes, y posteriormente se presentó en la oficina del Jefe Oficial de libertad vigilada. El informe se considerará confidencial, salvo las excepciones establecidas por norma o por orden judicial. El informe será recibido como prueba directa de los hechos que figuran en él que están dentro del conocimiento personal de la agente de libertad vigilada que hizo la investigación y el informe, sujeto a contrainterrogatorio

5:8-5. Custodia y Maternidad Hora / Visitación planes, considerando en sentencia o auto

(a) En cualquier acción de la familia en la que las partes no puede aceptar una custodia o crianza de los hijos tiempo y visita acuerdo, las partes deben presentar cada uno de Custodia y Maternidad Hora / Plan de Visitas a la corte a más tardar setenta y cinco (75) días después de el último escrito de respuesta, que el tribunal deberá considerar en la concesión de la custodia y la fijación de un horario de visitas paternas o calendario de visitas.

Contenido del Plan. La custodia y el horario de visitas paternas / Visitas Plan deberá incluir, pero no se limita a los siguientes factores:

(1) Dirección de las partes.

(2) Empleo de las partes.

(3) Tipo de la custodia solicitada con las razones para seleccionar el tipo de custodia.

(a) Conjunto de custodia legal con uno de los padres que tengan la atención residencial primaria.

(b) Conjunto de la custodia física.

(c) Patria potestad exclusiva a uno de los padres, la crianza de los hijos tiempo y las visitas a los demás.

(d) Otros custodia.

(4) horario específico en cuanto a la crianza de los hijos de tiempo y de visita, incluyendo pero no limitado a, weeknights de semana,, vacaciones, feriados legales, las fiestas religiosas, las vacaciones escolares, cumpleaños y ocasiones especiales (salidas familiares, actividades extraescolares y los servicios religiosos).

(5) El acceso a los registros de la escuela de medicina.

(6) Impacto si se contempla un cambio de residencia por un padre.

(7) Participación en la toma de decisiones en relación con el niño (s).

(8) Cualquier otra información pertinente.

(b) El tribunal establecerá, en su auto o sentencia completa y específica todos los términos y condiciones relativos a la adjudicación de la custodia y el apoyo adecuado para los niños.

(c) El incumplimiento de las disposiciones de la Custodia y Maternidad Hora / Plan de Visitas puede resultar en el despido de la Parte en incumplimiento de los escritos o la imposición de otras sanciones, o ambas cosas. Desestimó los alegatos estará sujeto a la reincorporación a las condiciones que el tribunal puede ordenar.

5:8-6. Juicio de la custodia cuestión

En caso de que el tribunal considera que la custodia de los hijos es una verdadera y sustancial cuestión, el tribunal fijará una fecha de audiencia a más tardar seis meses después de que el último escrito de respuesta. El tribunal podrá, a fin de proteger los mejores intereses de los hijos, llevar a cabo la audiencia de custodia en una familia de acción antes de una audiencia final de la acción de toda la familia. Como parte de la audiencia de custodia, el tribunal podrá de oficio oa petición de un litigante realizar una entrevista a puerta cerrada con el niño (s). En ausencia de una buena causa, la decisión de llevar a cabo una entrevista se hará antes del juicio. Si el tribunal no elige para llevar a cabo una entrevista, pondrá sus razones en el expediente. Si el tribunal opta por realizar una entrevista, deberá pagar un abogado la oportunidad de presentar preguntas para el uso del tribunal durante la entrevista y lugar en el registro de sus razones para no preguntar cualquier cuestión, por tanto presentados. A taquigráficas o registrados registro se hará de cada entrevista en su totalidad. Transcripciones de los mismos serán proporcionados a los abogados y las partes que lo soliciten y el pago de los gastos. Sin embargo, ninguno de los padres deberán discutir ni revelar el contenido de la entrevista con los niños o de terceros sin autorización del tribunal. El abogado tendrá derecho a proporcionar la transcripción o de su contenido a cualquier experto mantenerse sobre la cuestión de la custodia. Toda sentencia o auto de conformidad con esta audiencia se tratará como una sentencia definitiva o una orden de detención.

REGLA 5:8 A. Nombramiento de un abogado para los niños

En todos los casos en que la custodia o crianza de los hijos de tiempo y de visita es una cuestión, el tribunal podrá, a solicitud de cualquiera de las partes o el niño o los niños en una custodia o crianza de los hijos tiempo y visita controversia, o por iniciativa propia, nombrar a un abogado en nombre de el niño o los niños. El abogado deberá ser un abogado con licencia para practicar en los tribunales del Estado de Nueva Jersey y actuará como el abogado del niño. El nombramiento de un abogado debe producirse cuando el tribunal llega a la conclusión de que un interés superior del niño no está siendo suficientemente protegidos por los abogados de las partes. El abogado de mayo, con carácter provisional o en la conclusión del litigio, solicitar una indemnización de los honorarios y gastos con una declaración jurada adecuado de los servicios, y el tribunal de primera instancia concederá honorarios y costos, evaluar mismo contra una o ambas de las partes.

REGLA 5:8 B. Nombramiento de tutor ad litem

(a) Nombramiento. En todos los casos en que la custodia o crianza de los hijos de tiempo y de visita es un problema, un tutor ad litem pueden ser nombrados por orden de la corte para representar los mejores intereses del niño o los niños si las circunstancias lo justifiquen tal designación. Los servicios prestados por un tutor ad litem será el tribunal en nombre del niño. Un tutor ad litem pueden ser nombrados por el tribunal de oficio oa petición de cualquiera de los dos padres. El tutor ad litem deberá presentar un informe escrito con el tribunal que establece conclusiones y recomendaciones y la base de la misma, y deberán estar disponibles para testificar y estará sujeto a contrainterrogatorio al respecto. Además de la preparación de un informe escrito y la obligación de declarar y ser transversales a examinar al respecto, las funciones de un tutor puede incluir, pero no es necesario limitarse a, las siguientes:

1. Entrevistar a los niños y las partes.

2. Entrevistar a otras personas que poseen la información pertinente.

3. La obtención de pruebas documentales pertinentes.

4. Conferir con el abogado de las partes.

5. Conferir con el tribunal, sobre aviso a un abogado.

6. La obtención de la asistencia de expertos independientes, en uso de licencia de los tribunales.

7. La obtención de la asistencia de un abogado del niño (Artículo 5:8 A) en uso de licencia de los tribunales.

8. Otros asuntos como el tutor ad litem podrá solicitar, en uso de licencia de los tribunales.

(b) Objeción o denegación de Nombramiento. A propuesta de tutor ad litem tendrán el derecho de consentimiento o de negarse a servir como tal, previo aviso de dicha decisión por escrito al tribunal, con copia para el abogado. Las partes tendrán derecho a oponerse a la persona designada como tutor ad litem en la buena causa se muestra.

(c) Plazo. El término del tutor ad litem se coextensivo con la solicitud pendiente ante el tribunal y terminará a la entrada de una sentencia de divorcio o de una orden de conclusión de la solicitud de que el nombramiento se haya realizado, a menos seguido por el tribunal. El tutor ad litem no tendrán obligación de presentar una notificación de apelación de una sentencia o auto, ni a participar en una apelación presentada por una de las partes.

(d) Tasa. La tarifa por hora para ser cargado por el tutor ad litem se fijará en el primer orden y el nombramiento de tutor ad litem presentará estados mensuales de información a las partes. El tribunal tendrá la facultad y discreción para fijar un retenedor en el fin y se nombran a asignar el pago final del tutor ad litem de pago entre las partes. El tutor ad litem deberá presentar una certificación de los servicios a la conclusión de la cuestión, sobre la notificación a las partes, que posteriormente se otorga el derecho a responder antes de que el tribunal la fijación de la tarifa final.

Comentarios Oficial de Reglas 5:8 y 5:8 A B

El propósito de las Reglas 5:8 y 5:8 A B es eliminar la confusión entre el papel de un tribunal nombrado por el abogado de un niño y que de un tribunal nombrado por el tutor ad litem (GAL). El Tribunal Supremo de la División de Familia prácticas Comisión en su Informe Anual 1987-1988 se distingue de las funciones.

Un tribunal nombrado por los servicios del abogado son para el niño. El abogado actúa como un defensor jurídico independiente para el interés superior del niño y toma parte activa en la audiencia, que van desde subpoenaing y transversal a los testigos que la apelación de la decisión, si se justifica. Si el propósito de la cita es para defensa legal y, a continuación, el abogado sería nombrado.

Un tribunal nombrado por el tutor ad litem de los servicios a la corte en nombre del niño. El GAL actúa como un buscador de hecho independiente, investigador y evaluador de lo que promueve el interés superior del niño. El GAL presenta un informe escrito a la corte y está disponible para testificar. Si el propósito del nombramiento es independiente de la investigación y el hecho de encontrar y, a continuación, un GAL serían nombrados. El GAL puede ser un abogado, un trabajador social, un profesional de salud mental u otras persona. Si la función primordial de los GAL es actuar en la capacidad de un experto y, a continuación, el tribunal debe nombrar a un habitualmente GAL de la zona de competencia. Abogados que actúan en nombre de los niños en el abuso o negligencia y en casos de terminación de los derechos de los padres casos debe actuar como el abogado del niño de conformidad con el artículo 5:8 A en lugar de en la capacidad de un GAL de conformidad con el artículo 5:8 B. Véase, Materia de MR, 135 NJ 155, 174, 638 A.2d 1274, 1283 (1994)).

Estas reglas no están destinadas a ampliar las circunstancias en que esos nombramientos se harán, ni son estos los nombramientos para ser rutinaria.

Conclusión Si la familia que participan en asuntos judiciales, de inmediato un calendario en la oficina cita con un abogado experimentado. No confiar en un abogado de bienes raíces, o un miembro de la familia que simplemente asistió a la escuela de leyes. Cuando su futuro está en la línea, bien contratar a un abogado.

La información anterior es un breve esbozo de la Corte Reglas de un abogado de revisión aplicables en casos de Familia. Si Kenneth Vercammen la oficina no está en condiciones de tratar un caso, porque está fuera de nuestra zona, que a menudo se puede referir a personas con experiencia de abogados puede consultar.

KENNETH VERCAMMEN & Associates, PC Abogado 2053 Woodbridge Ave. Edison, NJ 08817 (Teléfono) 732-572-0500 (fax) 732-572-0030

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