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Wednesday, December 24, 2008

Homicidio vehicular

2C :11-5. Muerte por auto o buque.

a. Penal de homicidio vehicular constituye homicidio cuando es causada por la conducción de un vehículo o buque de imprudencia temeraria.

La prueba de que el acusado se quedó dormido mientras se conduce o conducía después de haber estado sin dormir durante un período de más de 24 horas consecutivas puede dar lugar a una inferencia de que el acusado fue la conducción temeraria. La prueba de que el acusado fue la conducción en estado de embriaguez, en violación del RS39 :4-50 o de un buque que operaba bajo la influencia de alcohol o drogas en violación de la sección 3 del PL1952, c.157 (C.12 :7-46) dará lugar a una inferencia de que el acusado fue la conducción temeraria. Nada en esta sección se interpretará en modo alguno limitar la conducta o las condiciones que se pueden encontrar para constituir un vehículo o la conducción temeraria buque.

b. Salvo lo dispuesto en el párrafo (3) de este inciso, homicidio vehicular es un delito de segundo grado.

(1) Si el demandado fue el funcionamiento del auto o buque bajo la influencia de las bebidas alcohólicas, estupefacientes, alucinógenos o hábito que producen las drogas, o con una concentración de alcohol en sangre igual o superior al nivel prohibidas según lo estipulado en RS39: 4 -- 50, o si el acusado fue el funcionamiento del automóvil o barco, mientras que su licencia de conducir o de reciprocidad privilegio, suspendida o revocada por cualquier violación del RS39 :4-50, la sección 2 del PL1981, c.512 (C.39: 4 -- 50.4a), por el Director de la División de Vehículos Motorizados de conformidad con el PL1982, c.85 (C.39 :5-30 bis y ss.), o por el tribunal de una violación del RS39 :4-96, la acusado será condenado a una pena de prisión por el tribunal. La pena de prisión deberá incluir la imposición de un plazo mínimo. El plazo mínimo se fija en, o entre un tercio y la mitad de la condena impuesta por el tribunal o tres años, lo que sea mayor, durante el cual el acusado quedará excluida de la libertad condicional.

(2) El tribunal no podrá imponer una pena de conformidad con el párrafo (1) de esta subsección a menos que las razones de ello se han establecido en una audiencia. En la vista, lo que puede ocurrir en el momento de la sentencia, el fiscal debe establecer por una preponderancia de la evidencia de que el acusado fue el funcionamiento del auto o buque bajo la influencia de las bebidas alcohólicas, estupefacientes, alucinógenos o hábito de producción de drogas, o con una concentración de alcohol en sangre igual o superior al nivel establecido en RS39 :4-50 o que el acusado fue el funcionamiento del automóvil o barco, mientras que su licencia de conducir o de reciprocidad privilegio, suspendida o revocada por cualquier violación del RS39 :4-50 , la sección 2 del PL1981, c.512 (C.39 :4-50 .4 a), por el Director de la División de Vehículos Motorizados de conformidad con el PL1982, c.85 (C.39 :5-30 bis y ss.) , o por el tribunal de una violación del RS39 :4-96. Al formular sus conclusiones, el tribunal tomará la notificación judicial de cualquier prueba, testimonio o aportado información en el juicio, motivo audiencia, u otros procedimientos judiciales y se analizará también el informe presentencia y cualquier otra información pertinente.

(3) de vehículos es un delito de homicidio en primer grado si el acusado fue el funcionamiento del automóvil o barco, mientras que en violación del RS39 :4-50 o la sección 2 del PL1981, c.512 (C.39 :4-50 .4 un ), mientras que:

(a) en cualquier escuela los bienes utilizados para fines que la escuela es propiedad de o arrendado a ninguna escuela primaria o secundaria o la junta escolar, o dentro de 1000 pies de esa propiedad de la escuela;

(b) la conducción a través de un cruce escolar tal como se define en RS39 :1-1 si el municipio, por ordenanza o resolución, ha designado a la escuela como tal cruce, o

(c) la conducción a través de un cruce escolar tal como se define en RS39 :1-1 sabiendo que los menores están presentes, si el municipio no ha designado el cruce escolar como tal por ordenanza o resolución.

Un mapa es una copia o de un mapa que describe la ubicación y los límites de la zona sobre o dentro de 1000 pies de todos los bienes utilizados para fines que la escuela es propiedad de o arrendado a ninguna escuela primaria o secundaria o la junta escolar producido de conformidad con el artículo 1 del PL 1987, c.101 (C.2C :35-7) pueden utilizarse en un proceso judicial en el inciso (a) del presente apartado.

Que no será la defensa a una acusación por violación del inciso (a) o (b) de este párrafo en el que el demandado no tenía conocimiento de que la conducta prohibida, mientras que tuvo lugar en 1000 pies o dentro de cualquier propiedad de la escuela o mientras se conduce a través de una escuela cruce. Ni será una defensa a una acusación en virtud del inciso (a) o (b) de este párrafo en el que los menores no estaban presentes en la propiedad de la escuela o cruzar la zona en el momento de la infracción o que la escuela no está en período de sesiones.

(4) Si el demandado fue el funcionamiento del automóvil o barco en violación del RS39 :4-50 o la sección 2 del PL1981, c.512 (C.39 :4-50 .4 a), la demandada licencia para operar un vehículo de motor se suspenderá por un período de entre cinco años y la vida, período que comenzará tras la finalización de cualquier pena de prisión impuesta a esa persona.

c. Demostrado por una buena causa, el tribunal podrá, en la aceptación de una declaración de culpabilidad en virtud de esta sección, para que tal motivo no se probatorio en cualquier procedimiento civil.

d. Nada de lo aquí se considerará que se oponen, si las pruebas lo justifican, una acusación y condena por homicidio agravado en virtud de lo dispuesto en el inciso a. de N.J.S.2C :11-4.

Tal como se utilizan en esta sección, "auto o barco", todos los medios de transporte de propulsión que no sea la fuerza muscular.

e. Toda persona que viola el párrafo (3) del inciso b. de la presente sección se perderá el auto o buque utilizado en la comisión del delito, a menos que el demandado puede demostrar en una audiencia, que puede ocurrir en el momento de la sentencia, por una preponderancia de la evidencia de que tal pérdida constituiría una grave penuria de la familia del acusado que supera la necesidad de impedir este tipo de conducta por parte del demandado y otros. Al formular sus conclusiones, el tribunal tomará la notificación judicial de cualquier prueba, testimonio o aportado información en el juicio, motivo audiencia, u otros procedimientos judiciales y se analizará también el informe presentencia y cualquier otra información pertinente. Decomiso de conformidad con este inciso será además de y no en lugar de decomiso civil de conformidad con el capítulo 64 del presente título.

For more information visit,http://www.njlaws.com/Vehicular_Homicide.htm

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