Kenneth Vercammen & Associates, P.C.
2053 Woodbridge Avenue - Edison, NJ 08817
(732) 572-0500
www.njlaws.com

Monday, November 24, 2008

2C :20-4. Robo por engaño

Kenneth Vercammen de la Ley de oficina representa a
personas acusadas de graves y criminales
violaciónes de tráfico en toda Nueva Jersey. El
siguiente es la ley en New Jersey,: El

2C :20-4. El robo por medio de engaño.

Una persona es culpable de robo, si a propósito
obtiene la propiedad de otro por medio de engaño. Un
persona que engaña a si a propósito:

a. Crea o refuerza una falsa impresión,
incluyendo falsas impresiones en cuanto a la ley, el valor,
intención o de otros estado de ánimo, y entre ellos,
pero no limitado a, una falsa impresión de que la
persona que está solicitando o recaudar fondos para un
fines caritativos, pero el engaño como a un
persona tiene la intención de realizar un prometo no
se infiere del hecho de que por sí solo no
posteriormente realizar la promesa;

b. Previene la adquisición de otra información
que influyen en su sentencia de una transacción;
o

c. No para corregir una falsa impresión de que la
engañador previamente creado o reforzado, o
que el engañador que se sabe que influyen en
otro a quien está en una fiduciaria o
relación confidencial.

El término "engañar", sin embargo, no incluyen
falsedad en cuanto a los asuntos que no pecuniarios
importancia, o soplar o por exageración
declaraciones poco probable para engañar a las personas ordinarias
en el grupo dirigido.

Modificado 2003, c.43.

2C :20-5. Robo por la extorsión de una persona es culpable de
robo por extorsión si a propósito e ilegalmente
obtiene la propiedad de otro por extorsión. Un
extorts persona si pone en peligro a propósito:

a. Infligir lesiones corporales o de limitar físicamente
o restringir cualquier persona o cometer cualquier otro delito
delito;

b. Acusar a nadie de un delito o hacer cargos
de un delito que se instituyó en contra de cualquier
persona;

c. Exponer o divulgar cualquier secreto o cualquier afirmó
hecho, ya sea verdadera o falsa, que tiende a someter
cualquier persona al odio, desprecio o ridículo, o para
menoscabar su crédito o reputación de negocios;

d. Tomar o retener una acción como funcionario, o
causa a un funcionario para tomar o retener la acción;

e. Lograr o continuar una huelga, boicot o
otros la acción colectiva, si la propiedad no es
exigido o recibido para el beneficio del grupo
cuyo interés en el actor con el objeto de actuar;

f. Declarar o proporcionar información o retener
testimonio o información con respecto a
otra jurídica de la reclamación o defensa, o

g. Causar cualquier otro daño que no
beneficiarse sustancialmente el actor, pero que es
sustancialmente calculada para dañar a otra persona.

Es una defensa afirmativa para el enjuiciamiento basado en
en los párrafos b, c, d, f, o que los bienes
honestamente obtenido fue reivindicada como la restitución o
indemnización por el daño hecho en el
las circunstancias o la legalidad de la indemnización por
bienes o servicios.

L.1978, c. 95, s. 2C :20-5, eff. Septiembre 1, 1979.
Modificado por L.1979, c. 178, s. 34, eff. 1ro de septiembre,
1979.

2C :20-6. El robo de la propiedad perdida, extraviada, o
entregado por error de una persona que entra en
control de los bienes de otro que sabe a
se han perdido, extraviado, o entregadas en virtud de un
error en cuanto a la naturaleza o la cuantía de la
propiedad o la identidad del beneficiario es
culpable de robo si, a sabiendas de la identidad de la
propietario y con el propósito de privar a dicho propietario
de ella, convierte la propiedad a su propio uso.

L.1978, c. 95, s. 2C :20-6, eff. Septiembre 1, 1979.

Consecuencias de una declaración de culpabilidad penal

1. Usted tendrá que aparecer en audiencia pública y decirle
el juez lo que hizo que le hace culpable de
particular la ofensa (s)

2. ¿Entiende usted que si se declaran culpables:

a. Usted tendrá un registro de antecedentes penales

b. Usted puede ir a la cárcel o prisión.

c. Usted tendrá que pagar multas y costas judiciales.

3. Si se encuentra en libertad vigilada, tendrá que
presentará al azar de drogas y pruebas de orina. Si
violación de libertad vigilada, que suele ir a la cárcel.

4. En enjuiciar los asuntos, se le pedirá que
proporcionar una muestra de ADN, lo que podría ser utilizada por la ley
para la ejecución de la investigación penal
actividad, y pagar por el coste de los ensayos.

5. Usted debe pagar la restitución, si el tribunal considera
hay una víctima que ha sufrido una pérdida y si
el tribunal considera que se puede o podrá
en el futuro para pagar la restitución.

6. Si usted es un titular de un cargo público o empleado,
puede ser obligado a renunciar a su cargo o empleo
en virtud de su declaración de culpabilidad.

7. Si usted no es un ciudadano de los Estados Unidos o
nacional, que pueden ser deportados en virtud de su
declaración de culpabilidad.

8. Usted debe esperar 5-10 años para eliminar una primera
ofensa. 2C :52-3

9. Usted podría ser puesto en libertad vigilada.

10. En los casos de drogas, una pena obligatoria de DEDR
$ 500 - $ 1.000, y perder su licencia de conducir por 6
meses - 2 años. Usted deberá pagar una Aplicación de la Ley
De formación de funcionarios y equipos del Fondo de pena
$ 30.

11. Usted puede ser obligado a hacerlo Servicios a la Comunidad.

12. Usted debe pagar un mínimo de Delitos Violentos
Junta de Compensación de evaluación de $ 50 ($ 100
mínimo si se le declara culpable de un delito de
la violencia) para cada cuenta a la que alegar
culpable.

13. Usted deberá pagar 75 dólares un seguro de Servicios de Vecindario
Fondo de evaluación para cada una condena.

14. Si usted está siendo condenado a libertad condicional, usted
deben pagar una tarifa de hasta $ 25 por mes para el
período de libertad vigilada.

15. Usted pierde la presunción en contra de
encarcelamiento en casos futuros. 2C :44-1

16. Puede perder su derecho al voto.

La defensa de una persona acusada de un delito
ofensa no es imposible. Hay una serie de
viable defensas y argumentos que pueden ser
con el fin de lograr un resultado exitoso. Actividades de promoción,
compromiso, y la persistencia son esenciales para
la defensa de un cliente acusado de un delito penal.

Cárcel para los delitos y conducta desordenada:

Si alguien se declara culpable o es declarado culpable de un
delito, el siguiente es el legal
La cárcel / prisión.

NJSA 2C: 43-8 (1) En el caso de un crimen de la
primer grado, para un determinado plazo de años que
serán fijados por el tribunal y se entre
10 años y 20 años;

(2) En el caso de un delito de segundo grado,
para un determinado plazo de años que se fijará
por el tribunal y será de entre cinco años y
10 años;

(3) En el caso de un delito de tercer grado,
para un determinado plazo de años que se fijará
por el tribunal y será de entre tres años y
cinco años;

(4) En el caso de un crimen de cuarto grado,
para un determinado plazo que será fijado por la
tribunal y no podrá ser superior a 18 meses.

2C :43-3 Las multas se han incrementado recientemente!
2C :43-3. Multas y restituciones. Una persona que ha
sido declarado culpable de un delito pueden ser condenados a
pagar una multa, a la restitución, o ambas cosas, por ejemplo,
multa que no exceda de:

a. (1) $ 200,000.00, cuando la condena es de uno
delito de primer grado;

(2) $ 150,000.00, cuando la condena es de un crimen
del segundo grado;

b. (1) $ 15,000.00, cuando la condena es de uno
el crimen de tercer grado;

(2) $ 10,000.00, cuando la condena es de un crimen
del cuarto grado;

c. $ 1,000.00, cuando la condena es de uno
desordenado personas ofensa;

d. $ 500,00, cuando la condena es de una chica
desordenado personas ofensa;

Si frente a cualquier acusación de carácter penal, mantener un
experimentado abogado inmediatamente para determinar que
derechos y obligaciones ante el tribunal. Actual
acusación de carácter penal investigado por Kenneth Vercammen,
Esq. 732-572-0500


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