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Tuesday, July 21, 2009

Penalles de Sellado

Miles de ciudadanos en Nueva Jersey durante los últimos 20 años han sido detenidos por penales, desordenado, y la ordenanza municipal delitos. Podrán incluir a sus vecinos, amigos y fieles siervos iglesia. La policía mantenga un registro de todas las detenciones y condenas, aunque 20 años de edad. Estos "secretos del pasado" pronto será abierta a cualquier persona en Nueva Jersey, incluyendo los organismos de crédito. En virtud de una propuesta del Fiscal General de Nueva Jersey, para una tasa de 15,00 dólares, cualquiera puede pedir a la policía estatal de antecedentes penales de una persona, aun con las detenciones no culpable conclusiones. Permiten el acceso a una persona de edad penal o acta de detención podría abrir la puerta a la discriminación contra alguien que ahora es productiva, respetada, y los ciudadanos cumplidores de la ley.
Afortunadamente, si usted es un ciudadano de cumplidores de la ley, usted puede ahora tener viejo detenciones o condenas borrado de los registros públicos y la policía carpetas. En virtud de NJSA 2C :52-1 y ss. Condenas penales anteriores puede ser cancelado 'borrado en determinadas instancias. Por ejemplo, si fueron condenados o se declararon culpables de un delito de alteración del orden persona (tipo de delito menor) hace más de 5 años, y no han sido culpables de nada, ya que usted puede tener a su abogado a petición de la Corte Superior para una Expungement (Borrar y eliminación) de su registro de antecedentes penales. Si se declaran culpables de una ordenanza de la ciudad (por ejemplo, - A orillas del mar en las Alturas potable Público) puede petición de un Expungement después de esperar dos años. Un delincuente juvenil / para encontrar culpable a un menor también puede ser cancelado / borrado en circunstancias similares. Además, el menor de drogas que se han traducido en detenciones primera delincuente condicional puede borrarse si un año ha transcurrido desde la terminación de la libertad o la conclusión de los procedimientos judiciales.

Lo que es más importante, las detenciones sobre las denuncias frívolas que no dio lugar a una condena, o si los cargos fueron desestimados, puede ser cancelado, sin esperar. LA PETICIÓN EXPUNGEMENT

Usted debe contactar a un abogado con experiencia en el manejo expungements en la Corte Superior. Su abogado preparará una expungement petición bajo la ley estatal que deberá contener información importante, incluyendo:

a. Fecha de nacimiento y de la Seguridad Social #

b. Fecha de detención

c. Para Estatuto Detenido y Condenado Estatuto

d. Original de acusación, citación, o Queja Número

e. Peticionario de la fecha de la condena o la Fecha de Liquidación

f. Del Tribunal de tramitar el asunto y la Sanción Aprobado, en su caso

Además, el Expungement Petición debe tener una declaración jurada que indica que no hay cargos pendientes y que el peticionario nunca antes recibió una expungement antes. Expungement La Petición presentada en el condado donde tuvo lugar el delito, cuando el demandado no vive. Una vez presentadas, el Tribunal Superior fijará una audiencia dentro de 35-60 días.

Según lo dispuesto en el estatuto, el abogado de la demandante debe entregar una copia de la Petición de pedido de audiencia y de los documentos justificativos de las siguientes personas:

1. Superintendente de la Policía del Estado 2. Procurador General 3. Fiscal del condado de la provincia donde se encuentre el tribunal 4. El Jefe de la Policía que el suceso tuvo lugar 5. El jefe de policía de cualquier agencia del orden público que participaron en la detención 6. El director de cualquier institución donde el autor se limita, y 7. Si la disposición fue hecha por un tribunal municipal, en el tribunal municipal, que escuchó el caso.

Si se cumplen todos los requisitos legales y otros no hay objeciones por parte de las entidades notificadas, el tribunal suele conceder que se ordene a la secretaria del tribunal y la justicia penal todos los organismos encargados de hacer cumplir la ley y eliminar (quitar) los registros de dicha disposición incluida la prueba de arresto, detención, condena, y los procedimientos.

Hay otros escritos que el abogado del demandante debe preparar y presentar. Si usted tiene una vieja ofensa, es importante que usted ha eliminado la detención de mantener su nombre y su registro limpio.

Expungement estatuto fue revisado en los últimos casos

2C :52-1. Definición de expungement a. Salvo disposición en este capítulo, se entenderá expungement la extracción y aislamiento de todos los registros en el archivo dentro de un tribunal, la detención o penitenciario, la aplicación de la ley o agencias de justicia penal en relación con una persona de la detección, detención, arresto, detención, juicio o la disposición de un delito en el sistema de justicia penal.

b. Los registros borrados se incluyen las denuncias, las garantías, las detenciones, los compromisos, los registros de procesamiento, las huellas dactilares, fotografías, tarjetas de índice, "el rap hojas" y los registros de sumarios de causas judiciales.

L.1979, c. 178, s. 108, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-2. 2C graves ofensas :52-2. Faltas graves.

a. En todos los casos, con excepción de lo aquí previsto, en el que una persona ha sido declarada culpable de un delito con arreglo a la legislación de este Estado y que no haya sido condenado por cualquier delito anterior o posterior, ya sea dentro de este Estado o de cualquier otra jurisdicción, y no ha sido sentenciado como un desordenado o persona mezquina persona desordenada en más de dos ocasiones, después de la expiración de un plazo de 10 años a partir de la fecha de su condena, el pago de la multa, la finalización satisfactoria de la libertad o la libertad condicional, o la puesta en libertad de prisión, si ésta es posterior , presente una petición debidamente comprobados a lo dispuesto en la sección 2C :52-7 a la Corte Superior en el condado en el que la condena ha sido la oración que esa convicción y de todos los registros correspondientes y la información sean borrados.

Aunque posteriores condenas por no más de dos o desordenada desordenada delitos leves no será un impedimento para el alivio absoluto, la naturaleza de la condena o las convicciones y las circunstancias que les rodean, se considerará por el tribunal y puede ser una base para el socorro en caso de denegación de ellos o cualquiera de ellos constituyen una continuación del tipo de actividad ilícita consagrados en la condena penal por expungement que se solicita.

b. Registros de la condena de conformidad con el estatuto derogado por este Código para los delitos de asesinato, homicidio, la traición, la anarquía, el secuestro, violación, sodomía forzada, incendio premeditado, perjurio, falso juramento, el robo, embracery, o de una conspiración o de cualquier tentativa de cometer cualquiera de lo anterior, o ayudar, ayudar o disimulación de las personas acusadas de crímenes de lo anterior, no serán borrados.

Registros de la condena por los siguientes delitos tipificados en el Código de Nueva Jersey de justicia penal no estará sujeta a expungement: Sección 2C :11-1 y ss. (Homicidio Penal), salvo la muerte por auto, tal como se especifica en la sección 2C :11-5, la sección 2C :13-1 (secuestro); la sección 2C :13-6 (seducción o atractivo), la sección 2C :14-2 (sexual agravado Asalto), la sección 2C :14-3 bis (el contacto sexual agravado Penal), si la víctima es un menor de edad, la sección 2C :14-3 ter (Penal contacto sexual), si la víctima es un menor de edad y el delincuente no es el padre de la víctima, la sección 2C :13-2 (Penal de restricción) o la sección 2C :13-3 (ilegal), la sección 2C :15-1 (Robo), la sección 2C :17-1 (Incendio y Delitos Conexos); la sección 2C: 24-4a. (Poner en peligro el bienestar de un niño participando en la conducta sexual que puedan menoscabar o debauch la moral del niño); la sección 2C :24-4b (4) (que ponen en peligro el bienestar de un niño); la sección 2C :28-1 (Perjurio ); la sección 2C :28-2 (juramento falso) o las conspiraciones y los intentos de cometer tales crímenes.

Registros de la condena por cualquier delito cometido por una persona que ostente un cargo público, la posición o el empleo, la designación o elección, bajo el gobierno de ese Estado o cualquier agencia o subdivisión política del mismo y cualquier intento o conspiración para cometer tal crimen no podrán ser objeto expungement a si el delito se trate o tocado tal cargo, posición o empleo.

c. En el caso de condena por la venta o distribución de una sustancia peligrosa controlada o posesión con intención de vender, expungement se le puede negar, salvo cuando los delitos se refieren a:

(1) marihuana, cuando la cantidad total vendido, distribuido o posea con la intención de venta fue de 25 gramos o menos, o

(2) El hachís, cuando la cantidad total vendido, distribuido o posea con la intención de vender cinco gramos o menos.

d. En el caso de un médico con licencia del Estado o pedicuro culpable de un delito de drogas o alcohol, o de conformidad con el artículo 14 o 15 del PL1989, c.300 (C.2C :21-20 o 2C :21-4 .1), el tribunal notificar a la Junta Estatal de Examinadores Médicos a partir de la recepción de una petición de expungement de la condena y de la información y los registros correspondientes.

Modificación de 1989, c.300, s.23; 1993, c.301; 1994, c.133, S.6.

2C :52-3. Desordenada de personas y delitos leves ofensas desordenada personas Toda persona declarada culpable de un delito de alteración del orden público o las personas chica desordenada personas ofensa bajo las leyes de este Estado que no ha sido condenado por cualquier delito anterior o posterior, ya sea dentro de este Estado o de cualquier otra jurisdicción, o de otras tres personas desordenada desordenada de personas o pequeños delitos, podrá, después de la expiración de un plazo de 5 años a partir de la fecha de su condena, el pago de la multa, la finalización satisfactoria de la libertad o la liberación de prisión, si ésta es posterior, presentar una petición debidamente verificados según lo dispuesto en la sección 2C :52-7 del presente a la Corte Superior en el condado en el que la condena ha sido la oración que esa convicción y de todos los registros correspondientes y la información sean borrados.

L.1979, c. 178, s. 110, eff. Septiembre 1, 1979. Modificado por L.1981, c. 290, s. 43, eff. 24 de septiembre de 1981.

2C :52-4. En todos los casos, las ordenanzas que una persona ha sido declarada culpable de violar una ordenanza municipal de cualquier entidad gubernamental de este Estado y que no haya sido condenado por cualquier delito anterior o posterior, ya sea dentro de este Estado o de cualquier otra jurisdicción, y que no ha sido sentenciado como un desordenado o persona mezquina persona desordenada en más de dos ocasiones, podrá, después de la expiración de un plazo de 2 años a partir de la fecha de su condena, el pago de la multa, la finalización satisfactoria de la libertad o la liberación de prisión, si ésta es posterior, el presente una petición debidamente comprobados a lo dispuesto en la sección 2C :52-7 en este documento a la Corte Superior en el condado donde ocurrió la violación rezando que esa condena y todos los registros correspondientes y la información sean borrados.

L.1979, c. 178, s. 111, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-4 .1. Delincuente juvenil; expungement de adjudicaciones y gastos a. Toda persona juzgada un delincuente juvenil puede tener tales cancelado la adjudicación de la siguiente manera:

(1) Con arreglo a NJS 2C :52-2, si el acto cometido por el menor habría constituido un delito si es cometido por un adulto;

(2) De conformidad con el NJS 2C :52-3, si el acto cometido por el menor habría constituido una pequeña alteración del orden o desorden delito si las personas cometido por un adulto, o

(3) De conformidad con el NJS 2C :52-4, si el acto cometido por el menor habría constituido violación de una ordenanza si fuese cometido por un adulto.

A los efectos de expungement, cualquier acto que dio lugar a un menor que se adjudicó un delincuente se clasificarán como si ese acto hubiera sido cometido por un adulto.

b. Además, cualquier persona que haya sido sentenciado como un delincuente juvenil puede tener todo su historial de delincuencia adjudicaciones anonimizados si:

(1) Han transcurrido cinco años desde la aprobación de la gestión de la persona de la custodia legal o la supervisión o 5 años han transcurrido después de la entrada de cualquier otra orden judicial que no impliquen la custodia o control;

(2) No ha sido condenado de un crimen, o una pequeña alteración del orden o desorden personas ofensa, o sentenciado como un delincuente, o en necesidad de supervisión, durante los 5 años anteriores a la presentación de la petición, y no se queja o procedimiento está pendiente la búsqueda de una condena o sentencia;

(3) Nunca fue sentenciado como un delincuente juvenil, sobre la base de un acto que si fuese cometido por un adulto que constituiría un delito no sujeto a expungement bajo NJS 2C :52-2;

(4) Nunca ha tenido la convicción de adultos anonimizados; y

(5) Él nunca ha tenido cargos criminales adultos despedido tras la finalización de un tratamiento de supervisión u otras formas de desviación programa.

c. Toda persona que haya sido acusado de un acto de delincuencia y contra la que fueron despedidos el procedimiento puede tener la presentación de los cargos eliminados conforme a las disposiciones del NJS 2C :52-6.

L.1980, c. 163, s. 1. Modificado por L.1981, c. 290, s. 44, eff. 24 de septiembre de 1981.

2C :52-5. Expungement de los registros de los jóvenes delincuentes de drogas Expungement de los registros de los menores delincuentes de drogas. No obstante lo dispuesto en las disposiciones de los artículos 2C :52-2 y 2C :52-3, después de un período de no menos de un año a raíz de la condena, la terminación de la libertad o la libertad condicional o la aprobación de la gestión de la prisión, si ésta es posterior, toda persona declarada culpable de un delito en virtud del 35 o 36 capítulos de este título para la posesión o el uso de una sustancia peligrosa controlada, declarado culpable de violar PL 1955, c. 277, s. 3 (C. 2A :170-77 .5), o declarado culpable de violar PL 1962, c. 113, s. 1 (C. 2A :170-77 .8), y que en el momento de la infracción fue de 21 años de edad o menos, podrán solicitar a la Corte Superior del condado en que el asunto se dispondrá de ellos en expungement de esa persona y la convicción todos los registros correspondientes. El alivio de los expungement en esta sección sólo se concederá si la persona no ha dicho, antes del momento de la audiencia, viola alguna de las condiciones de su libertad condicional o la libertad condicional, aunque con posterioridad a la aprobación de la gestión de la libertad condicional o la libertad condicional, no ha sido condenado por cualquier anterior o posterior acto delictivo o de cualquier violación anterior o posterior de los capítulos 35 o 36 del presente título o de PL 1955, c. 277, s. 3 (C. 2A :170-77 .5) o de PL 1962, c. 113, s. 1 (C. 2A :170-77 .8), o que no ha tenido antes o después de un asunto penal desestimó porque la aceptación de una supervisión en el tratamiento u otras formas de desviación programa.

Esta sección no se aplicará a toda persona que haya sido condenado por la venta o distribución de una sustancia peligrosa controlada o posesión con la intención de vender cualquier sustancia peligrosa controlada, excepto:

(1) Marihuana, donde el total vendido, distribuido o posea con la intención de venta fue de 25 gramos o menos, o

(2) El hachís, cuando el importe total vendido, distribuido o posea con la intención de venta fue de 5 gramos o menos.

L. 1979, c. 178, s. 111; modificado por la L. 1987, c. 106, s. 16. 2C :52-6. Las detenciones no se producen en la condena a. En todos los casos, con excepción de lo aquí previsto, en el que una persona ha sido detenida o a responder de un delito, delito desordenada personas, pequeña ofensa o desordenada personas ordenanza municipal violación en virtud de la legislación de este Estado o de cualquier entidad gubernamental, así como el procedimiento contra la que fueron despedidos, o que fue absuelto, o que fue dado de alta sin declaración de culpabilidad o declaración de culpabilidad, podrá en cualquier momento posterior a la resolución de los procedimientos, presentar una petición debidamente comprobados a lo dispuesto en la sección 2C: 52 -7 a la Corte Superior en el condado donde ocurrió la disposición orante que los registros de la detención y todos los registros correspondientes y la información sean borrados.

b. Cualquier persona que ha tenido cargos en su contra despedidos en virtud de la PL1970, c. 226, s. 27 (C. 24:21-27) o en virtud de un programa de tratamiento de control, será excluido de la ayuda proporcionada en esta sección, hasta 6 meses después de la entrada de la orden de despido.

c. Cualquier persona que haya sido detenido ni a responder de un delito será excluido de la ayuda proporcionada en esta sección, donde el despido, la gestión, o la absolución se debió a una determinación de que la persona estaba loco o carecen de la capacidad mental para cometer los delitos imputados .

L.1979, c. 178, s. 113, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-7. Petición de expungement Cada petición de expungement presentada de conformidad con el presente capítulo se verificará e incluyen:

a. Peticionario de la fecha de nacimiento.

b. Peticionario de la fecha de la detención.

c. El estatuto o estatutos y delito o los delitos para los cuales fue detenido peticionario y de la que fue condenado peticionario.

d. El original de acusación, demanda o denuncia número.

e. Peticionario de la fecha de la condena, o la fecha de la enajenación de la cuestión si no condena como resultado.

f. La disposición del tribunal de la materia y la pena impuesta, si las hubiere.

L.1979, c. 178, s. 114, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-8. Las declaraciones que acompañan la petición Se crea, adjunto a una petición de expungement:

a. Una declaración con la declaración jurada o la comprobación de que no hay personas desordenada, pequeños desordenada de personas o cargos penales pendientes contra el peticionario en el momento de la presentación de la petición de expungement.

b. En los casos en que el peticionario solicita la expungement de una condena penal, una declaración jurada o con la comprobación de que nunca ha sido concedida expungement, sellado o similares de socorro con respecto a una condena penal por un tribunal de este Estado o de otro estado o por cualquier Federal tribunal. "Sellado" se refiere a las actividades de socorro ya concedida con arreglo a PL1973, c. 191 (C. 2A :85-15 y ss.).

c. En los casos en que una persona ha recibido un despido de un cargo penal por la aceptación en un tratamiento de control o cualquier otro programa de desvío, con una declaración jurada o de verificación que establece la naturaleza de la carga original, el tribunal de la enajenación y la fecha de la enajenación .

L.1979, c. 178, s. 115, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-9. Orden de fijación de audiencia Al momento de la presentación de una petición de socorro en virtud del presente capítulo, el tribunal, por fin, fijar un plazo no inferior a 35 ni más de 60 días de audiencia de la cuestión.

L.1979, c. 178, s. 116, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-10. Servicio de la petición y la documentación una copia de cada petición, junto con una copia de todos los documentos, se notificará con arreglo a las normas del órgano jurisdiccional ante el que el Superintendente de la Policía Estatal, el Procurador General, el fiscal del condado de la provincia en donde el tribunal está encuentra el jefe de la policía o de otros jefes ejecutivos del departamento de policía del municipio donde se cometió el delito, el jefe oficial de la ley de cualquier otra agencia de aplicación de la ley de este Estado que participaron en la detención de la persona; el superintendente o el director de cualquier institución en la que el peticionario se limita, y, si una disposición fue hecha por un tribunal municipal, a la magistrado de ese tribunal. La notificación se realizará dentro de los 5 días a partir de la fecha de la orden se fija la fecha para la audiencia sobre la cuestión.

L.1979, c. 178, s. 117, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-11. Expungement orden donde antes no se opone a la audiencia Si, antes de la audiencia, no hay objeciones de los organismos encargados de hacer cumplir la ley de notificación o de las oficinas o agencias que están obligados a servir bajo 2C :52-10, y sin razón, como siempre en la sección 2C :52-14, aparece por el contrario, el tribunal podrá, sin una audiencia, subvención que se ordene a la secretaria del tribunal y la justicia penal todos los organismos encargados de hacer cumplir la ley y eliminar los registros de dicha disposición incluida la prueba de la detención, la detención, condena y procedimientos relacionados con ellas.

L.1979, c. 178, s. 118, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-12. Denegación de socorro, aunque no se opone en el caso de que ninguna de las personas u organismos que deben observar en virtud de la 2C :52-10 ha entrado en alguna objeción a la reparación que se busca, el tribunal podrá, sin embargo, negar las pretensiones de que si llega a la conclusión de peticionario no tiene derecho a alivio por las razones previstas en la sección 2C :52-14.

L.1979, c. 178, s. 119, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-13. En la vista sobre la petición de expungement no se hace no una solicitud de asistencia formulada con arreglo al presente artículo será oído por un tribunal, si el peticionario, en el momento de la presentación o la fecha de audiencia, tiene un cargo o cargos pendientes en su contra que alegan los comisión de un crimen, delito o desordenada personas chica desordenada personas ofensa. Tal petición no se escuchó hasta que todos los penales pendientes y desordenada de personas o cargos son adjudicados a la finalidad.

L.1979, c. 178, s. 120, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-14. Motivos de denegación de una petición de socorro para expungement presentado de conformidad con el presente capítulo se denegará cuando:

a. Cualquier requisito legal, incluyendo cualquier disposición de este capítulo, no se cumple o no hay ninguna otra base legal para denegar una medida cautelar.

b. La necesidad de que la disponibilidad de los registros supera la conveniencia de contar con una persona liberada de cualquier discapacidad que se disponga otra cosa en este capítulo. La solicitud podrá ser denegada en virtud de la presente subsección sólo después de objeción de una de las partes de conformidad con el comunicado 2C :52-10 y la carga de hacer valer tales motivos se hará en el objetor de conciencia.

c. En relación con una petición en virtud del artículo 2C :52-6, la absolución, la aprobación de la gestión o el despido de los cargos resultantes de la negociación de un acuerdo relativo a la condena de otros cargos. Este bar, sin embargo, no se aplicará una vez que la condena es de por sí anonimizados.

d. El arresto o la condena que se pretende es cancelado, en el momento de la audiencia, el tema de los litigios civiles entre el peticionario o su representante legal y el Estado, cualquier entidad pública o cualquier organismo estatal y los representantes o empleados de cualquier organismo .

e. Una persona ha tenido una condena penal anterior anonimizados independientemente del tiempo transcurrido entre la expungement antes, o el sellado con arreglo al régimen anterior, y la presente petición. Esta disposición no se aplicará:

(1) Cuando la persona busca la expungement de una ordenanza municipal o violación,

(2) Cuando la persona busca la expungement de los registros de conformidad con el artículo 2C :52-6.

f. La persona que busca el alivio de los expungement de una condena por un desordenado personas, pequeños desordenado de personas, delito tiene anteriores o posteriores a dicha condena se le concedió la destitución de cargos criminales después de la finalización de un tratamiento de supervisión u otras formas de desviación programa.

L.1979, c. 178, s. 121, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-15. Registros que se han retirado; Si el control de una orden de expungement de los registros de detención o condena en virtud de este capítulo es concedida por el tribunal, todos los registros que se especifican en dicho orden será retirado de los archivos de los organismos que tengan conocimiento de la tramitación de moción del peticionario y que, por las disposiciones del presente capítulo, derecho a la notificación, y se colocará en el control de una persona que ha sido designado por el jefe de cada agencia de este tipo que, en el momento de la audiencia, dijo posee registros . Esa persona designada, salvo que se disponga otra cosa en este capítulo, asegúrese de que tales registros o la información contenida en ella no son liberados por cualquier razón y no son utilizados o mencionados para cualquier propósito. En respuesta a las solicitudes de información o registros de la persona que había sido detenido o condenado, todos los oficiales de cuenta, los departamentos y organismos de respuesta, con respecto a la detención, condena o relacionados con los procedimientos que son objeto de la orden, que no hay registro información.

L.1979, c. 178, s. 122, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-16. Anonimizados registro, incluyendo nombres de personas que no sean peticionario cualquier registro o archivo que se mantiene por una autoridad judicial o policial, o el organismo en el sistema de justicia penal, que es objeto de una orden de expungement que incluye el nombre o nombres de otras personas que no sea la de que el peticionario no tiene que ser aislado de los archivos de la agencia de mantenimiento de la misma si otras personas mencionadas en dicho registro o el archivo no se haya concedido una orden de expungement de dicho registro, a condición de que un ejemplar del acta se hará a la persona designada en la 2C :52-15 y el original permanecerá en el organismo general de archivos con el nombre del peticionario y otros identificadores personales arrasados y borrados.

L.1979, c. 178, s. 123, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-17. El uso de registros borrados por los organismos en espera de solicitud de expungement anonimizados registros puedan ser utilizados por los organismos que poseen mismo para determinar si una persona ha tenido antes de la condena anonimizados, o sellados con arreglo al régimen anterior, cuando el organismo que posea el registro se observa una pendiente de petición de la expungement de una condena. Cualquier agencia de este tipo puede aportar información a los tribunales que está pendiente la moción y las otras partes que tienen derecho a la notificación de conformidad con el 2C :52-10.

L.1979, c. 178, s. 124, eff. Septiembre 1, 1979 2C :52-18. Suministro de información a bordo de los delitos violentos compensación información contenida en los registros borrados se puede suministrar a la Junta de Compensación crímenes violentos, en relación con cualquier declaración que haya sido presentada en dicha junta.

L.1979, c. 178, s. 125, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-19. Orden de tribunal superior que permita la inspección de los registros o la libertad de información, limitaciones de la inspección de los archivos y registros, o la liberación de la información contenida en él, que son objeto de una orden de expungement, sellado o en virtud de la ley anterior, podrán ser autorizadas por el Tribunal Superior a propuesta de una buena causa y se muestra necesidad basada en hechos concretos. La moción o cualquier orden concedida en virtud de los mismos se hará constar la persona o personas a los registros y la información se muestran y los fines para los que vayan a ser utilizados. Salir a inspeccionar será concedida por el tribunal sólo en los casos en que el tema de los registros de detención o de condena es el objeto de litigio o proceso judicial. Estos registros no pueden ser inspeccionados o utilizado en cualquier proceso civil o penal a los efectos del juicio político o de otra, pero puede ser utilizada a efectos de dictar sentencia en un delito después de culpabilidad posterior se ha establecido.

L.1979, c. 178, s. 126, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-20. El uso de registros borrados de supervisión en relación con el tratamiento o la desviación de programas anonimizados registros puedan ser utilizados por cualquier juez en la determinación de si se debe conceder o denegar la solicitud de la persona para la aceptación de supervisión en un programa de tratamiento o la desviación de los gastos posteriores. Cualquier anonimizados registros que están en posesión de cualquier agencia del orden público pueden ser suministrados a la Fiscalía General, cualquier juez o fiscal del condado de este mismo Estado cuando se solicitan y se utilizarán para los fines de determinar si acepta o no una persona en un tratamiento o la desviación de supervisión del programa para su posterior cargos.

L.1979, c. 178, s. 127, eff. Septiembre 1, 1979. 2C :52-21. Anonimizados uso de registros en relación con el establecimiento de la libertad bajo fianza, o la condena informe presentencia anonimizados registros, o registros cerrados con arreglo al régimen anterior, antes de las detenciones o condenas se facilitará a cualquier juez, fiscal del condado, departamento de libertad condicional o el Fiscal General al mismo se solicitan para su uso en conjunción con una audiencia de libertad bajo fianza o para la preparación de un informe o persistencia de efectos de la sentencia.

L.1979, c. 178, s. 128, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-22. El uso de registros borrados por junta de libertad condicional anonimizados registros, o registros cerrados con arreglo al régimen anterior, antes de desordenada personas, pequeña y desordenada personas condenas penales se presentará a la Junta de Libertad Condicional mismo cuando se pide con el fin de evaluar la concesión de libertad condicional a la persona que es objeto de dichos registros. Sellados o anonimizados tales registros podrán ser utilizados por la Junta de Libertad Condicional de la misma manera y con el mismo peso en sus consideraciones como si los registros no se han cancelado o cerrado.

L.1979, c. 178, s. 129, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-23. El uso de registros borrados por el departamento de correcciones anonimizados registros, y los registros cerrados en virtud de la ley anterior, se proporcionará al Departamento de Correcciones para su uso exclusivamente en la clasificación, la evaluación y la asignación a las instituciones penales y correccionales de las personas en su custodia.

L.1979, c. 178, s. 130, eff. Septiembre 1, 1979. 2C :52-24. Condado fiscal tiene la obligación de verificar la corrección de la petición No obstante lo dispuesto en el anuncio los requisitos previstos en este documento, deberá ser la obligación del fiscal del condado de la provincia que cualquier petición de expungement se presente para comprobar la exactitud de las denuncias contenidas en el petición de expungement y señalar a la atención del tribunal los hechos que puedan ser un bar, o lo que puede hacer inadecuada la concesión de dicha franquicia. Si no discapacitante, adversos o la información pertinente se comprueba que no sea la que se incluye en la declaración jurada del peticionario, los hechos deberán ser comunicados por el fiscal de la audiencia judicial.

L.1979, c. 178, s. 131, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-25. Aplicación retroactiva este capítulo se aplicará a las detenciones y condenas que se produjeron antes, y que se producen con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley.

L.1979, c. 178, s. 132, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-26. Abandono de las órdenes de fabricación; tiempo; base Si, dentro de los 5 años siguientes a la entrada de un expungement fin, cualquiera de las partes a quienes se notifique que esté obligado a facilitar con arreglo a la sección 2C :52-10 notifica al tribunal que dictó la orden de que en la momento de la petición o de la audiencia hubo penal, desordenada de personas o pequeños desordenada personas los cargos pendientes contra la persona a quien el tribunal concedió dicha orden, que los cargos no fueron revelados a la corte en el momento de la audiencia de la propuesta original o que se algunas otras recusación, dicho tribunal le cederá la expungement fin de que se trate y reconsiderar la propuesta original, en relación con la información no divulgada anteriormente.

L.1979, c. 178, s. 133, eff. Septiembre 1, 1979. 2C :52-27. Efecto de expungement A menos que se disponga otra cosa por la ley, si un orden de expungement se concede, la detención, condena y cualquier procedimiento relacionado con ella se considerará que no ha ocurrido, y el peticionario podrá responder cualquier pregunta relativa a su aparición en consecuencia, a excepción de la siguiente manera:

a. El hecho de que un expungement, sellado o similares de socorro se revelará a lo dispuesto en la sección 2C :52-8b.

b. El hecho de que un expungement antes de impuestos que fueron despedidos a causa de la persona en la aceptación y éxito de un tratamiento de supervisión u otras formas de desviación del programa deberán ser divulgados por dicha persona a cualquier juez que es la determinación de la conveniencia de aceptar esa persona en un tratamiento de control u otras formas de desviación del programa para los cargos criminales, y

c. La divulgación de información sobre los registros borrados se puso de manifiesto por un autor en busca de empleo dentro de la rama judicial o con la aplicación de la ley o una agencia de correcciones y esa información se deberá seguir prestando una discapacidad de lo dispuesto por la ley.

L.1979, c. 178, s. 134, eff. Septiembre 1, 1979. Modificado por L.1981, c. 290, s. 45, eff. 24 de septiembre de 1981.

2C :52-27 .1 Petición para anular orden de inhabilitación para la atención de la salud reclamaciones fraude.

5. a. Si una orden de expungement de los registros de la condena en virtud de las disposiciones del capítulo 52 del Título 2C de los Estatutos de Nueva Jersey es concedida por el tribunal a una persona condenada por la atención de la salud contra el fraude en las reclamaciones que el tribunal había ordenado al infractor la licencia profesional y se perderá el derecho a la persona quedará excluida de la práctica de la profesión de conformidad con el párrafo (1) del inciso a. de la sección 4 del PL1997, c.353 (C.2C :51-5), la persona puede solicitar al tribunal una orden para revocar la orden judicial de inhabilitación si la persona puede demostrar que la persona es lo suficientemente rehabilitados.

b.If una orden para revocar la orden judicial de exclusión de concederse, la persona que concedió la orden puede aplicarse a una licencia para ejercer la profesión a partir de la cual el delincuente fue prohibido.

L.1997, c.353, s. 5.

2C :52-28. Vehículo de motor delitos Nada de lo contenido en este capítulo se aplicará a las detenciones o condenas por delitos de vehículos de motor que figura en el título 39.

L.1979, c. 178, s. 135, eff. Septiembre 1, 1979.

2C :52-29. Fee Any person who files an application pursuant to this chapter shall pay to the State Treasurer a fee of $30.00 to defer administrative costs in processing an application hereunder.

L.1979, c. 178, s. 136, eff. Sept. 1, 1979.

2C:52-30. Disclosure of expungement order Except as otherwise provided in this chapter, any person who reveals to another the existence of an arrest, conviction or related legal proceeding with knowledge that the records and information pertaining thereto have been expunged or sealed is a disorderly person. Notwithstanding the provisions of section 2C:43-3, the maximum fine which can be imposed for violation of this section is $200.00.

L.1979, c. 178, s. 137, eff. Sept. 1, 1979.

2C:52-31. Limitation Nothing provided in this chapter shall be interpreted to permit the expungement of records contained in the Controlled Dangerous Substances Registry created pursuant to PL1970, c. 227 (C. 26:2G-17 et seq.), or the registry created by the Administrative Office of the Courts pursuant to section 2C:43-21.

L.1979, c. 178, s. 138, eff. Sept. 1, 1979.

2C:52-32. Construction This chapter shall be construed with the primary objective of providing relief to the one-time offender who has led a life of rectitude and disassociated himself with unlawful activity, but not to create a system whereby periodic violators of the law or those who associate themselves with criminal activity have a regular means of expunging their police and criminal records.

L.1979, c. 178, s. 139, eff. Sept. 1, 1979.

Chase Smith editor del espanol blog

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