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Wednesday, July 1, 2009

2C :21-6 Tarjetas de Crédito

[a. Definiciones. Tal como se utilizan en esta sección:
(1) "Titular" se entenderá la persona u organización nombrada en la cara de una tarjeta de crédito a quien o en cuyo beneficio es la tarjeta de crédito emitida por un emisor.

(2) "tarjeta de crédito", cualquier instrumento tangible o intangible o dispositivo emitido con o sin honorarios por un emisor que se puede utilizar, por sí sola o en conexión con otro medio de acceso a la cuenta, en la obtención de dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor de crédito, incluyendo tarjetas de crédito, las placas de crédito, números de cuenta, o cualquier otro medio de acceso a la cuenta.

(3) "de vencimiento de tarjetas de crédito": una tarjeta de crédito que ya no es válida porque la muestra, ya sea a plazo o en la documentación proporcionada a la titular de la tarjeta por el emisor ha transcurrido.

4) "Emisor", la organización empresarial o institución financiera que emite una tarjeta de crédito o su representante debidamente acreditado.

(5) "recibe" o "recibir" se entiende la adquisición de la posesión o el control o aceptar una tarjeta de crédito como garantía para un préstamo.

(6) "Revocación de tarjeta de crédito": una tarjeta de crédito, que ya no es válida porque el permiso de uso que haya sido suspendido o cancelado por el emisor.

b. Falsas declaraciones en la adquisición de expedición de tarjeta de crédito. Una persona que hace o haga realizados, ya sea directa o indirectamente, cualquier declaración falsa por escrito, sabiendo que es falsa y con la intención de que sea invocado, respetando su identidad o que de cualquier otra persona, empresa o corporación, o su situación financiera o la de cualquier otra persona, empresa o corporación, con el fin de obtener la emisión de una tarjeta de crédito es culpable de un delito de cuarto grado.

c. Robo de tarjetas de crédito.

(1) Una persona que tiene u obtiene una tarjeta de crédito de la persona, la posesión, custodia o control de otra sin el consentimiento del titular de la tarjeta o que, con conocimiento de que se ha tomado de forma, recibe la tarjeta de crédito con la intención de utilizarlo o de venderlo o transferirlo a una persona distinta del emisor o el titular de la tarjeta es culpable de un delito de cuarto grado. Teniendo una tarjeta de crédito sin el consentimiento incluye la obtención por cualquier conducta definida y prescritas en el capítulo 20 del presente título, el robo de y las Formas Conexas de Faltas.

Una persona que tiene en su poder o bajo su control (a) tarjetas de crédito emitidas a nombre de dos o más personas, o (b) dos o más tarjetas de crédito robadas se presume que han violado este párrafo.

(2) La persona que reciba una tarjeta de crédito que él sabe que se han perdido, extraviado, o entregados en virtud de un error en cuanto a la identidad o la dirección del titular de la tarjeta, y que retenga la posesión con intención de utilizarlo o venderlo o transferirlo a una persona distinta del emisor o el titular de la tarjeta es culpable de un delito de cuarto grado.

(3) Una persona distinta del emisor que vende una tarjeta de crédito o de una persona que compra una tarjeta de crédito de una persona distinta del emisor es culpable de un delito de cuarto grado.

(4) Una persona que, con la intención de defraudar al emisor, una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, obtenga el control de una tarjeta de crédito como garantía de la deuda es culpable de un crimen del cuarto grado.

(5) La persona que, con la intención de defraudar a un supuesto emisor, una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, o hace falsamente falsamente embosses una supuesta tarjeta de crédito o profiere tal crédito tarjeta es culpable de un delito de tercer grado. Una persona que no sea el presunto emisor que posee dos o más tarjetas de crédito que son falsas realizadas en relieve o falsamente se presume que han violado este párrafo. Una persona "falsamente hace" una tarjeta de crédito cuando se hace o se basa, en todo o en parte, un dispositivo o instrumento que pretende ser la tarjeta de crédito el nombre de un emisor, pero que no es una tarjeta de crédito debido a que el emisor no ha autorizado la fabricación o dibujo, o altere una tarjeta de crédito que fue válidamente emitidos. Una persona "falsamente embosses" una tarjeta de crédito cuando, sin la autorización del emisor de la llamada, se completa una tarjeta de crédito mediante la adición de cualquiera de la cuestión, distinta de la firma del titular de la tarjeta, lo que requiere de un emisor para que aparezca en la tarjeta de crédito antes de puede ser utilizado por un titular de tarjeta.

(6) Una persona que no sea el titular de la tarjeta o una persona autorizada por él que, con la intención de defraudar al emisor o una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, firma una tarjeta de crédito , es culpable de un delito de cuarto grado. Una persona que posea dos o más tarjetas de crédito que son tan firmado se presume que han violado este párrafo.

d. Intención de defraudar a los titulares de tarjetas, sanciones, el conocimiento de la revocación. A una persona que, con la intención de defraudar al emisor, una persona u organización que proporcione dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, o de cualquier otra persona, (1) para usos el fin de obtener dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor de una tarjeta de crédito que haya obtenido o retenido en violación del inciso c. de esta sección o de una tarjeta de crédito que él sabe es falsificado, vencido o revocado, o (2) obtiene dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor que representan, sin el consentimiento del titular de la tarjeta que él es el titular de una determinada tarjeta o por que representa que él es el titular de una tarjeta de este tipo de tarjeta y de hecho no ha sido expedido, es culpable de un delito de tercer grado. El conocimiento de la revocación, se presumirá que ha recibido una tarjeta cuatro días después de que haya sido enviado a él en la dirección que figura en la tarjeta de crédito o en su última dirección conocida por correo registrado o certificado, con acuse de recibo, y, si la dirección es más de 500 millas desde el lugar de envío, por correo aéreo. Si la dirección se encuentra fuera de los Estados Unidos, Puerto Rico, las Islas Vírgenes, la Zona del Canal y España, la notificación se presumirá que se han recibido 10 días después por correo o correo certificado.

e. Intención de defraudar a la persona autorizada para proporcionar dinero, bienes o servicios; sanciones.

(1) Una persona que esté autorizada por un emisor a proporcionar dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor a la presentación de una tarjeta de crédito por el titular de la tarjeta, o cualquier agente o empleado de esa persona, que, con la intención de defraudar al emisor o el titular de la tarjeta, proporciona dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor a la presentación de una tarjeta de crédito que haya obtenido o retenido en violación del inciso c. de esta sección o de una tarjeta de crédito que él sabe es falsos, caducados o revocados viola el presente apartado y es culpable de un delito de tercer grado.

(2) Una persona que esté autorizada por un emisor a proporcionar dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor a la presentación de una tarjeta de crédito por el titular de la tarjeta, no a aportar dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor que representa en escrito al emisor que ha proporcionado es culpable de un delito de cuarto grado.

f. Incompleta tarjetas de crédito; la intención de completar sin consentimiento. Una persona que no sea el titular de la tarjeta que posea dos o más tarjetas de crédito incompleta, con la intención de completar sin el consentimiento del emisor o una persona que posea, con conocimiento de su carácter, maquinaria, placas o cualquier otra invención diseñada para reproducir los instrumentos que tienen por objeto ser las tarjetas de crédito de un emisor que no ha consentido en la preparación de esas tarjetas de crédito, es culpable de un delito de tercer grado. Una tarjeta de crédito es "incompleta" si una parte de la cuestión distinta de la firma del titular de la tarjeta, lo que requiere de un emisor para que aparezca en la tarjeta de crédito, antes de que pueda ser utilizado por un titular, aún no ha sido sellada, en relieve, impresas o escrito sobre él.

g. Recibir algo de valor sabiendo o creyendo que fue obtenida en violación del inciso d. de NJS2C :21-6. Una persona que recibe dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor obtenido en violación del inciso d. de esta sección, a sabiendas o creyendo que era así obtenido es culpable de un delito de cuarto grado. Una persona que obtenga, con un descuento de precio de un billete emitido por una compañía aérea, ferrocarril, barco de vapor u otras empresas de transporte, que fue adquirido en violación del inciso d. de esta sección sin investigación razonable para cerciorarse de que la persona de la que se había obtenido el derecho legal de poseer se presumirá saber que tal billete fue adquirido en virtud de circunstancias que constituyen una violación del inciso d. de esta sección.

h. Uso fraudulento de tarjetas de crédito.

Una persona que usa a sabiendas ninguna falsificación, ficticio, alterado, falsificado, perdidos, robados o obtenido fraudulentamente tarjetas de crédito para obtener dinero, bienes o servicios, o cualquier otra cosa de valor, o que, con intención fraudulenta o ilegal, amuebla, adquiera, o usos reales o ficticios cualquier tarjeta de crédito, ya sea solos o junto con los nombres de los titulares de tarjetas de crédito, u otra información relativa a una cuenta de tarjeta de crédito en cualquier forma, es culpable de un delito de tercer grado.

L.1978, c.95; modificación de 1979, c.178, Art. 36; 1984, c.119; 1991, c.122, s.1. ]

Chase Smith editor del espanol blog

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