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Tuesday, May 20, 2008

No deber de padre a pagar la universidad cuando hija quería nada que ver con el padre Gac Gac 186 v. New Jersey 535 Decidió 18 de mayo de 2006

No deber de padre a pagar la universidad cuando hija quería nada que ver con el padre Gac Gac 186 v. New Jersey 535 Decidió 18 de mayo de 2006
Hechos y procedimiento preliminar: Este caso se refiere a la cuestión de si un padre tiene que pagar la universidad deuda de su hija separados. Gaynell Pablo Gac y se divorció en Ocean County en 1987. En el momento de su divorcio, la del GAC dos hijos, Justin y Alyssa, fueron doce y nueve, respectivamente. El tribunal de primera instancia no para las visitas entre el padre y los hijos. A pesar de que el padre trató de establecer una "forma" relación ocasional mediante el envío de regalos, tarjetas, cartas y - según lo recomendado por el doctor Mathias Hagovsky, que realizó una evaluación psicológica de la familia - en 1994, el padre recibió un paquete que contiene muchas de las tarjetas, cartas, y los controles que había enviado los niños. El paquete incluye también un mensaje a partir de entonces dieciséis años de edad, Alyssa diciéndole que no "quiere nada que ver con usted."
En 1989, el padre había contraído y se convirtió en el padrastro de dos hijos. Un niño ha nacido para que la familia en 1994. Finalmente, Alyssa tratado de asistir a la universidad. Durante el proceso de selección universitaria, que no implicaba a su padre en modo alguno. En las solicitudes de ayuda financiera, señaló que su padre no era parte de su vida, no era la prestación de asistencia en la financiación de su paso por la universidad, y que su paradero se desconoce actualmente. A lo largo de este período, el padre siguió haciendo pagos de sustento de menores. Alyssa se graduó de Quinnipiac College, una escuela privada, en 2000. El 11 de Julio de ese año, el padre se trasladó a rescindir el apoyo a los niños tanto Justin y Alyssa. La madre se opuso a la moción e intersectoriales movido por la continuación de manutención infantil para Alyssa y para el reembolso del coste de su matrícula universitaria. La moción tribunal puso fin al padre del niño, sino de apoyo le ordenó a pagar hasta la mitad de Alyssa del colegio préstamos pendientes.
En la apelación, la División de Apelación devolvió el asunto al tribunal de primera instancia de una audiencia para considerar los doce factores enunciados en Newburgh v. Arrigo, 88 NJ 529, 545 (1982), en relación con un padre divorciado de obligaciones financieras con respecto a un niño la educación universitaria. El tribunal de primera instancia llegó a la conclusión de que, si bien el padre tal vez no han pagado mucho Alyssa hacia la educación universitaria ha durado el matrimonio, había "una cierta responsabilidad de su educación superior de pregrado." El tribunal ordenó al padre a pagar el 40% de Alyssa de préstamos, incluidos los intereses acumulados.
El padre de nuevo un llamamiento a la División de Apelación. Ese tribunal señaló que era difícil equilibrar los factores de Newburgh, en este caso, porque hay factores equitativos de apoyo a ambas partes. A pesar de que la División de Apelación llegó a la conclusión de que el padre ha de contribuir a la universidad Alyssa préstamos, lo que ha limitado su reembolso
a $ 20.000, con inclusión de interés.
El Tribunal Supremo concedió Pablo Gac la petición para la certificación.
CELEBRADO: En virtud de las circunstancias excepcionales y presentado a la luz de lo avanzado de la solicitud de contribución financiera, un justo equilibrio de los factores enumerados en Newburgh v. Arrigo, 88 NJ 529, 545 (1982), y las disposiciones pertinentes del Estatuto relativas apoyo a los niños, NJSA 2A :34-23 (a) (5), demuestra que las medidas no privativas de los padres no deberían tener que contribuir a la universidad del niño préstamos

1. El padre sostiene que el primer factor de Newburgh - si no la custodia habría contribuido a la del niño de educación superior si la familia había permanecido juntos - debe considerarse como un umbral que la madre no se ha reunido. Además, sostiene que se trata de una violación de la Nueva Jersey y las constituciones federal para obligar a los padres divorciados, pero los padres no casados, para pagar su educación universitaria.
2. La necesidad y la capacidad de un niño de educación superior son dos de muchos factores, un tribunal debe considerar en la determinación de la cantidad de manutención infantil. El poder legislativo y los tribunales han reconocido desde hace mucho tiempo un niño la necesidad de la educación superior y la necesidad de que este es un buen examen para determinar uno de los padres del niño obligaciones de manutención. Seis
años después de la decisión en Newburgh, la Asamblea Legislativa, por el que se modifica en el estatuto de manutención infantil, esencialmente aprobado los criterios enunciados en la opinión de la Corte. De este modo, un tribunal de primera instancia debe equilibrar los criterios legales y los factores de Newburgh, así como cualquier otra circunstancia pertinente, para llegar a una equitativa y justa decisión.
3. El primer factor Newburgh no es un factor umbral. Más bien, es uno de los numerosos factores que deben ponderarse y evaluarse para determinar si una no privativas de la libertad padre debe contribuir a los gastos de la educación superior. Sobre la base de los hechos de este caso, el Tribunal concluye que un justo equilibrio entre los factores y de otros hechos pertinentes favorece la posición del padre.
4. Una relación entre el padre que no tiene custodia de un niño y no es necesaria para la custodia o el niño a pedir la no privativas de la libertad de los padres ayuda financiera para sufragar los gastos universitarios. En el asunto dentro de, durante el período en cuestión la madre del niño recibió el apoyo del padre y podría haber buscado un apoyo adicional para la educación de Alyssa. Por otra parte, Alyssa podría haber buscado la ayuda financiera de su padre antes de que ella haya incurrido sus gastos universitarios. Ni la solicitud se hizo hasta que el padre trató de terminar de hijos después de Alyssa se habían graduado de la universidad. Los factores de Newburgh, se reafirma en esta opinión, contemplar que un padre o hijo que buscan contribuir a sufragar los gastos de la educación superior hará la solicitud ante el gastos de educación se efectúan. El hecho de no hacerlo se pesan en contra de la concesión de una aplicación en el futuro.






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Kenneth Vercammen es el Gerente Fiscal a Kenneth Vercammen & Associates en Edison, NJ. Él es un juicio de Nueva Jersey abogado ha dedicado una parte sustancial de su tiempo profesional a la preparación y el juicio de los pleitos por cuestiones. Ha aparece en los tribunales de Nueva Jersey a lo largo de cada semana para los litigios y controvertida Probate audiencias.

Sr Vercammen ha publicado más de 125 artículos de carácter jurídico nacional y en Nueva Jersey publicaciones sobre derecho anciano, testamentaria y litigios temas. Él es un profesor muy respetado en los litigios sobre cuestiones de interés para la Asociación de Abogados Americanos, NJ ICLE, New Jersey State Bar Association y Middlesex County Bar Association. Sus artículos han sido publicados en publicaciones incluyen señaló New Jersey Law Journal, ABA Práctica de la Ley de Gestión de la revista, y Nueva Jersey Lawyer.

Él es presidente de la Comisión de Derecho del Anciano de la American Bar Association General Practice División. También es Editor de la ABA Planificación Probate Comité Newsletter y también el Comité de Derecho Penal boletín. Sr Vercammen es un destinatario de la NJSBA AVD-Servicio para el Premio Colegio de Abogados. Y pasado Ganador "Práctica Fiscal General del Año" de la New Jersey State Bar Association. Él es de 22 años miembro activo de la American Bar Association. También es miembro de la ABA Bienes Inmuebles, Probate & Trust Sección.

Él creó el sitio web NJlaws www.njlaws.com que incluye numerosos artículos sobre Derecho de los ancianos. Sr Vercammen recibió su BS, cum laude, de la Universidad de Scranton y su JD de Widener / Delaware Law School, donde fue el asunto Nota del Editor Delaware Law Forum, un miembro de la Revista de Derecho y el ganador del Delaware Prueba de Competencia.

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