Kenneth Vercammen & Associates, P.C.
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Friday, January 2, 2009

Materia penal

Compilado por Kenneth A. Vercammen, NJ Pasado Presidente Colegio de Abogados del Estado y la Corte Municipal DWI Sección
Nuestra oficina representa a personas acusadas de alteración del orden penal y delitos de las personas. Ofrecemos representación a través de Nueva Jersey. Cargos criminales puede costar. Si es declarado culpable de una ofensa criminal, que se enfrentan a la cárcel, multas elevadas, de más de 18 meses de libertad vigilada y otras sanciones. No se dé por vencido! Nuestra Oficina de Derecho puede proporcionar experimentado abogado de la representación en materia penal. Www.njlaws.com nuestro sitio web proporciona información sobre los delitos que pueden ser retenidos para representar a la gente.

Según la Web del Poder Judicial NJ http://www.judiciary.state.nj.us/criminal/crproc.htm # acusación, la Sala Penal de la Corte Superior gestiona denuncias penales desde el momento en que se presenten a su resolución o la "disposición" . El acusado, o "demandado" es acusado de un delito como resultado de una queja formal emitida por un agente de aplicación de la ley o de un ciudadano que cree que un delito se ha cometido contra su persona o propiedad. También puede resultar de una "acusación" por un grupo de ciudadanos se reunieron para considerar la evidencia, llamada "gran jurado". Las detenciones pueden producirse en la escena de un crimen o sobre la base de declaraciones juradas o las órdenes de pedido ante un tribunal. Todas las detenciones deben ser basadas en la "causa probable", o motivos razonables para creer que un delito se ha cometido, y el acusado puede haber cometido el delito. Las quejas las razones de la acusación, y se refieren a los delitos enumerados en la sección "New Jersey Código de Justicia Penal" (título 2C) que incluye todas las leyes contra la conducta criminal.

Los delitos son escuchadas, ni se considera el Tribunal Superior, y son más graves que no escucha las acusaciones penales en los tribunales municipales, donde se produjo el delito. Los acusados declarados culpables, o "culpable" de los delitos se enfrentan a consecuencias más graves, con penas que abarcan la supervisión de libertad condicional y multas a la pérdida de la libertad a través de confinamiento durante un año o más. Delitos se clasifican según el grado. Gama de grados primero a cuarto grado delitos. Un delito de primer grado tiene el potencial de pena de 10-20 años en la cárcel. Un segundo grado delito conlleva una pena potencial de 5-10 años. Los acusados que son condenados de primer y segundo grado delitos se enfrentan a un presunto período de encarcelamiento. Se supone que van a ser condenados a servir tiempo en prisión. Un tercer grado crimen puede resultar en 3-5 años si son declarados culpables, mientras que los crímenes de Cuarto grado potencial de llevar una pena de hasta 18 meses en la cárcel. Hay una presunción de penas no privativas de libertad de 3 º y 4 º grado ofensas.

Quejas escuchadas en los tribunales municipales son "personas desordenada" o delitos "leves desordenada personas" violaciónes, que llevan menos restrictivas sanciones en caso de condena. Desordenada personas ofensas pueden ser condenados a penas de hasta 6 meses en una cárcel del condado. Pequeña desordenada condenas pueden hacer hasta 30 días en la cárcel.

Primera aparición

Una vez que se emite una denuncia, los acusados pueden ser detenidos o una citación o notificación a comparecer en la Corte Superior o municipales en un primer aspecto. Si no aparece, puede ser una orden emitida por la detención del acusado por un juez si hay prueba de la notificación, o pruebas de que los acusados recibieron la citación o notificación y no compareció. En la primera comparecencia judicial, los acusados son informados de sus derechos. Su fianza es revisado.

Derecho a un abogado

En su primera aparición se aconseja acusados de su derecho a un abogado. Esto significa que tienen derecho a tener un abogado los represente y que responda a los cargos.

La indigencia en la toma de decisiones, el personal de la División Penal considerar los acusados la posibilidad de fianza, el importe de la fianza fijado, la voluntad de los amigos y los miembros de la familia para pagar un abogado, y cualquier factor relacionado con la reclamación de un acusado de empobrecimiento. El examen de las declaraciones de impuestos, el crédito y los registros de salarios y cualquier otra información pertinente relativa a la capacidad de los acusados de contratar a sus propios abogados.

Antes de la acusación Eventos Después de la presentación de una denuncia y el primer corte, la oficina del fiscal en cada condado determina si se debe seguir una denuncia penal. Fiscales de determinar si los casos tienen mérito y pruebas suficientes para aplicar una condena. En la mayoría de los condados, el fiscal de la Unidad de Detección de casos de evaluación y entrevistas informes de la policía las víctimas y los testigos para determinar si el original de los cargos será procesado. Si no hay pruebas suficientes, se rebajó los cargos a personas ofensas desordenado y "prisión" o enviados a los tribunales para una audiencia o despedidos. En algunos condados, los fiscales antes de la pantalla de posibles presentaciones ante el Tribunal Superior una queja está firmada.

El Gran Jurado

Si un caso penal no ha sido degradado, desviados o destituidos, el fiscal presentará el caso ante un gran jurado de una acusación. El gran jurado está compuesto por un grupo de ciudadanos que han sido seleccionados a partir de la inscripción de votantes, licencia de conducir y las listas de impuestos. El gran jurado considera que las pruebas presentadas por el fiscal del condado y determina si hay suficientes pruebas de cargo formalmente acusados y les obligan a responder a la acusación (s). Una acusación no es una declaración de culpabilidad. En general, ni el acusado ni sus abogados estén presentes. Normalmente declarar los testigos en relación con el crimen. Tras examinar las pruebas, si la mayoría de los 23 miembros del jurado voto a acusar acusados, que deben hacer frente además un procedimiento penal. El regreso de una acusación que se llama un verdadero proyecto de ley. Si la mayoría considera que las pruebas sean suficientes para acusar, el gran jurado no se entra en un proyecto de ley y el cargo (s) son despedidos. El jurado podrá decidir, sin embargo, los acusados con cargo a un delito menos serio, que se rebajó a la prisión o el tribunal municipal. El acusado debe aparecer en el tribunal municipal para hacer frente a una desordenada de personas o carga pequeña desordenada personas.

El Proceso de la acusación del gran jurado tendrá en cuenta las pruebas presentadas por el fiscal del condado y determinar si hay suficientes pruebas de cargo formalmente a la parte demandada y obligarlo a responder a la acusación (s). La acusación no es una declaración de culpabilidad o la condena. El hallazgo es un verdadero proyecto de ley que dispara aún más el procedimiento en el Tribunal Superior Penal. Si la mayoría considera que las pruebas sean suficientes para acusar, el gran jurado no se entra en un proyecto de ley y el cargo (s) son despedidos. El jurado podrá, sin embargo, decidir imputar al acusado con un delito menos serio, a ser oído en los tribunales municipales. En este caso, el delito se ha reducido o mantenido. El acusado debe aparecer en el tribunal municipal para hacer frente a una desordenada de personas o carga pequeña desordenada personas.

La Pre-Conferencia de Acusación y la acusación

Dentro de veintiún días del regreso de una acusación, una acusación antes de la conferencia se celebre. Esta acusación antes de la conferencia está programada por el personal de la División Penal. Los acusados podrían aplicar para defensor público de representación en este momento, si aún no están representados. Antes de esta conferencia, el descubrimiento o que se disponga de pruebas a la defensa el abogado. Este intercambio de datos que proporciona la defensa con la oportunidad de examinar las pruebas de la fiscalía tiene intención de utilizar contra el acusado antes de la conferencia. Después de revisar el descubrimiento antes de la conferencia previa acusación, los acusados podrán decidir la aplicación de la intervención preventiva, o motivo para entrar en negociación negociaciones. Los acusados también pueden indicar su intención de declararse culpable de los cargos para los cuales fueron acusados.

Acusación / Estado Conferencia Normas

Una acusación formal se produce a más tardar 50 días después de una acusación. Previa notificación de la Sala Penal, los acusados deben comparecer y enfrentar una notificación formal de sus cargos. Que pueden declararse culpable en este punto, ya sea para los cargos enumerados en la acusación, o a la revisión de los cargos resultantes de las negociaciones motivo. Si motivo las negociaciones están en curso, las partes podrán revisar el estado de la oferta motivo. Los acusados también pueden optar por solicitar el programa de intervención preventiva en este momento, o ser admitidos en el programa si no lo han aplicado antes de la acusación. Si una declaración de culpabilidad se consignan en la acusación formal, los magistrados Sala de lo Penal una orden presentencia investigación que se llevará a cabo por la Sala de lo Penal caso supervisores. Condena seguirá el presentencia investigación, generalmente de 4 a 6 semanas después de las condenas. Conferencias y el estado del juicio Conferencia

Los acusados que han se declaró inocente en este momento motivo podrá continuar las negociaciones o la preparación para el juicio. Caso de resolución del juicio puede ocurrir en una reunión, donde el demandado podrá decidir entrar en una declaración de culpabilidad, con o sin motivo, negociar un acuerdo negociado.

Conferencias en juicio, los acusados pueden entrar en una declaración de culpabilidad a los cargos. En la Conferencia del juicio, existe un motivo fecha de corte, después de lo cual ningún otro motivo, pueden producirse negociaciones. Si no hay acuerdo para declararse culpable se alcanza, el asunto procederá a juicio. El personal de la División Penal conferencias vía para garantizar que los casos se desplaza sin demoras indebidas. La Oficina Administrativa de los Tribunales evalúa las estadísticas presentadas por el personal de la División Penal en cada tribunal penal para mantenerse al tanto de los movimientos caso general del estado. La División Penal práctica ayuda a personal de los tribunales locales para hacer frente a los retrasos, si tuviera lugar.

Conclusión Es bien sabido que el enjuiciamiento de un acusado es un procedimiento penal. En este procedimiento, la carga de la prueba recaerá sobre el Estado de establecer todos los elementos del delito más allá de una duda razonable. Abogado defensor debe su citación necesario y preparar a los testigos para el juicio. Nunca intente representarse a usted mismo si se enfrentan a graves acusaciones. Delitos llevar sustancial efecto las sanciones que por el resto de su vida. El espacio de los límites de este artículo no permiten la explicación detallada de la extensa jurisprudencia sobre los delitos. Otras defensas se explican en mayor detalle en otros artículos sobre www.njlaws.com.

TRIBUNAL REGLA 3:7. INDICTMENT y acusación

TRIBUNAL REGLA 3:7. INDICTMENT y acusación
3:7-1. Estudios de derecho


La acusación y todos los documentos en relación con ellos tendrá derecho, en la Corte Superior.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-1 (b).
3:7-2. El uso de acusación o denuncia


Un delito castigado con pena de muerte será enjuiciado por la acusación. Todo otro delito será perseguido por acusación a menos que la parte demandada, después de haber sido informada del derecho a la acusación, deberá renunciar al derecho en un escrito firmado, en cuyo caso el acusado podrá ser juzgado sobre la acusación. Esa acusación será preparado por el fiscal y procedió a derecho y en la Corte Superior. Nada de lo aquí contenido, sin embargo, se interpretará como una limitación de la jurisdicción penal de un tribunal municipal en delitos graves previstos por la ley y las presentes normas.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-2 (a) (b). Modificado 28 de agosto de 1979 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1979, modificada 13 de julio de 1994 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1994.
3:7-3. Naturaleza y contenido de la acusación o denuncia


(a) Naturaleza y contenido general. La acusación o denuncia será una declaración por escrito de los hechos constitutivos del delito imputado, no tiene que contener una formal y será firmada por el fiscal. La acusación será refrendado como un verdadero proyecto de ley por el foreperson y concluir: "contra la paz de este Estado, el gobierno y la dignidad de la misma." Denuncias formuladas en un cargo de la acusación o denuncia puede ser incorporada por referencia en otro conteo. Puede ser alegada en una única cuenta, ya sea que los medios por los que el acusado cometió el delito o se desconoce que el acusado cometido por uno o varios medios. Una acusación o denuncia o de cualquier cuenta de ello la carga de la violación de un estatuto o estatutos estatales o la costumbre oficial de la misma cita, pero error en la citación o su omisión no será motivo de despido de la acusación o denuncia o por inversión de una condena si el error u omisión no perjudicial inducir a error a la parte demandada. Surplusage en la acusación o denuncia pueden ser afectadas por el tribunal sobre la moción del demandado.
(b) del Acta de acusación de asesinato u homicidio. Cada acusación por asesinato deberá especificar si el acto es un asesinato, tal como se define por NJSA 2C :11-3 (a) (1), (2) o (3) y si el acusado es presunto: (1) que ha cometido el acto por su propia conducta o (2) han adquirido a la comisión de la falta de pago o promesa de pago, de cualquier cosa de valor pecuniario o (3) de ser el líder de una red de tráfico de drogas, tal como se define en NJSA2C :35-3, y que, en cumplimiento de una conspiración enumerados en NJSA 2C :35-3, al mando o mediante la amenaza o promesa solicitó la comisión del delito. En cada acta de acusación de homicidio u homicidio agravado, es suficiente para cargar de que el acusado cometió el homicidio u homicidio agravado en contra de NJSA 2C :11-4.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-3 (a) (b) (c), 3:4-4. Apartados (a) y (b), modificó el 28 de agosto de 1979 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1979, párrafo (b) modificación 28 de septiembre de 1982 a ser efectivo inmediatamente, apartado (b), modificó el 13 de julio de 1993 para ser efectiva inmediatamente; párrafos (a) y (b), modificó el 13 de julio de 1994 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1994.
3:7-4. Modificación de la acusación o denuncia


El tribunal puede modificar la acusación o acusaciones de corregir un error en la forma o en la descripción del delito destinados a ser acusado o para cargar un delito menor incluido, siempre que la enmienda no otro cargo o diferentes a partir de esa supuesta ofensa y el demandado no ser perjudicados, por consiguiente, en su defensa sobre el fondo. Esta modificación puede hacerse en los términos en cuanto a posponer el juicio, que se tuvo a la vista del mismo o de otro jurado, como el interés de la justicia requiere.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-5. Modificado 28 de agosto de 1979 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1979, modificada 13 de julio de 1994 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1994.
3:7-5. Proyecto de ley de Datos


Un proyecto de ley de los elementos serán dictadas por el tribunal si la acusación o denuncia no es lo suficientemente específico para que el demandado para preparar una defensa. El demandado deberá pasar, por tanto, de conformidad con el artículo 3:10-2. La solicitud deberá indicar claramente la información solicitada por la defensa. El fiscal deberá presentar la factura de los datos dentro de los 10 días después de la orden de la corte. Además podrá ser ordenada cuando la demanda es la misma rápidamente. Un proyecto de ley de los datos podrán ser modificados en cualquier momento, sujeto a las condiciones que el interés de la justicia requiere. Alguno de los datos que se han proporcionado a la parte demandada de conformidad con el R. 3:13-3 y 4 no podrán ser objeto de una solicitud con arreglo al presente artículo.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-6; modificada 29 de junio de 1990, para ser efectiva el 4 de septiembre de 1990, modificada 13 de julio de 1994 y 9 de diciembre de 1994, para ser efectiva el 1 de enero de 1995.
3:7-6. Acumulación de infracciones


Dos o más delitos se puede cobrar en la misma acusación o acusación en una cuenta separada para cada delito si los delitos acusados son de la misma o similar carácter o se basan en el mismo acto o transacción en virtud o en 2 o más actos u operaciones conectadas entre sí o que constituyen partes de un sistema común o plan. Alivio de la acumulación perjudicial se ofrece como suministrados R. 3:15-2.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-7; modificada 28 de agosto de 1979 para ser efectivas el 1 de septiembre de 1979.
3:7-7. Acumulación de los Demandados


Dos o más acusados se puede cobrar en la misma acusación o acusación si se alega han participado en el mismo acto o transacción, o en la misma serie de actos u operaciones que constituyan un delito o delitos. Tales demandados podrán imputarse en cuenta uno o más juntos o por separado y todos los acusados no es necesario que se cargará en cada cuenta. La disposición de la acusación o denuncia en cuanto a uno o más de varios acusados en el mismo se sumaron a la acusación o denuncia no afectará a la facultad del Estado para proceder contra los demás acusados. Alivio de la acumulación perjudicial deberán gozar de lo dispuesto por el Sr. R. 3:15-2.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-8.
3,7-8. Emisión de orden de convocatoria o el momento de acusación o denuncia


Tras el regreso de una acusación o la presentación de una acusación o una orden de citación se expedirán de acuerdo con R. 3:3-1 por la sala penal designado como gerente adjunto de la secretaria de la Corte Superior en la forma prevista por la ley para cada uno de los demandados nombrados en la acusación o acusaciones que no está bajo fianza. Gestor de la sala penal de la persona designada como secretario adjunto de la Corte Superior, previa solicitud, deberá emitir más de una orden judicial o citación para el mismo demandado. Si el demandado no comparece en respuesta a una citación, una orden emitirá.
Si se emite una citación a la acusación a un demandado que no haya sido previamente a responder de una denuncia, el acusado será sometido a todos después de la detención de los procedimientos de identificación que están obligados por ley a la detención, en la fecha de la citación, o por escrito petición de la agencia de aplicación de la ley.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-9. Modificado 22 de julio de 1983 para ser eficaz 12 de septiembre de 1983, modificada 13 de julio de 1994 para ser efectivas el 1 de enero de 1995.
3:7-9. Forma de la Orden de convocatoria y


La orden deberá contener el nombre del demandado o, si el demandado se desconoce el nombre, cualquier nombre o la descripción por la que el acusado puede ser identificado con certeza razonable, deberá describir el delito imputado en el acta de acusación o denuncia y de mando que el demandado se detenidos y llevados ante el tribunal. Condiciones de libertad provisional será fijada por el tribunal al respecto e hizo suya, y, en tal caso, el alguacil o director podrá adoptar todas la libertad bajo fianza. La citación se hará de la misma forma que la orden, salvo que se dirigirán a thedefendant, y exigir a la demandada a comparecer a alegar ante el tribunal dijo en un momento y lugar. La citación se indicará, asimismo, que si el demandado no aparece de manera, una orden de detención del acusado emitirá.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-10 (a) (b); modificada 13 de julio de 1994 para ser efectivas el 1 de enero de 1995.
3:7-10. Ejecución del servicio; Volver


(a) Ejecución de orden. La orden se tramitarán de conformidad con R. 3:3-3.
(b) Citación a un particular. La citación se notificará a cada uno de acuerdo con R. 4:4-4.
(c) Citación a una corporación. Servicio de una citación a una empresa demandada, municipales o de otro modo, se efectuarán de acuerdo con R. 4:4-4. Si la empresa demandada no comparece, el tribunal ordenará el empleado para entrar en un aspecto de dicha corporación y apoyar la alegación de no culpable en la acusación o acusaciones, y seguir los procedimientos puede ser tenido respecto de la misma manera que si la corporación había aparecido y por lo alegado. Un motivo de una denuncia o acusación por una empresa demandada se hará por un abogado de este Estado.
(d) Al Servicio de la Corporación por una publicación. Si la citación dirigida a una sociedad es devuelto "no sirve" y, al parecer, a satisfacción del tribunal que la citación no puede ser servido, el tribunal por orden directa de la corporación a causa de su aspecto y el motivo de ser introducidos por un día seguro. Una copia de dicha orden, dentro de 5 días después de la fecha de los mismos se publicarán en un periódico en ese Estado una vez, al menos 2 semanas anteriores al día de manera especifica determinadas. Si la empresa demandada no aparece en el plazo especificado por el orden, el tribunal, si considera que la publicación ha sido debidamente realizados, dirigirá al secretario para entrar en un aspecto y un motivo de "no culpable" de la empresa demandada, y entonces procedimiento puede ser más tenido en la acusación o acusaciones de lo dispuesto por estas normas.
(e) Retorno. El oficial de la ejecución de una orden hará pronto retorno del mismo a los tribunales, y a petición del fiscal unexecuted cualquier orden será devuelto y cancelado. El oficial de servicio a una citación deberá hacer el regreso de éstos en o antes del día de retorno. A petición del fiscal formulada en cualquier momento mientras que la acusación o acusación está pendiente, una orden y no regresó unexecuted cancelado o una citación devuelta sin servicio o una reproducción de éstas podrán ser entregados por el secretario para el alguacil u otro funcionario autorizado para la ejecución o servicio.

Nota: Fuente-R.R. 3:4-11, 3:4-12 (a) (b), 3:4-13. Párrafo (d), modificó el 7 de julio de 1971 para ser eficaz 13 de septiembre de 1971.

Llame Kenneth Vercammen cuestión y para una consulta confidencial.

Sobre el autor Kenneth A. Vercammen es un abogado en Edison, Middlesex County, Nueva Jersey. A menudo conferencias para el Estado de New Jersey Bar Association, Nueva Jersey Instituto de Educación Jurídica Continua y Middlesex County College en lesiones personales, penales / tribunal municipal de la ley, y la conducción en estado de embriaguez. Ha publicado 125 artículos en Nueva Jersey nacionales y publicaciones sobre los tribunales municipales y litigios temas. Él ha servido como un Fiscal Especial de Actuación en siete diferentes ciudades y pueblos de Nueva Jersey y también defendió con éxito a cientos de personas que se enfrentan a la Corte Municipal y la Corte Penal cargos. En su práctica privada, ha dedicado una parte sustancial de su tiempo profesional a la preparación y el enjuiciamiento de los asuntos de litigio. Él ha aparecido en los tribunales de Nueva Jersey varias veces por semana en muchos asuntos de lesiones personales, Tribunal Municipal de juicios, audiencias de matrimonio, y derecho administrativo impugnado audiencias. Desde 1985, su principal concentración ha estado en litigios. Sr. Vercammen adquirida otras experiencias como la jurídica Confidental Ley Secretario del Tribunal de Apelaciones de Maryland (Tribunal Supremo), con el Delaware County, PA Fiscal de Distrito Oficina de manipulación Probable Causa Audiencias, Departamento de Libertad Condicional del Condado de Middlesex como un agente de libertad, y un Ejecutivo Auxiliar de Scranton Magistrado de Distrito, Thomas Hart, en Scranton, PA. KENNETH Vercammen & Associates, PC Abogado 2053 Woodbridge Ave.. Edison, NJ 08817 (Teléfono) 732-572-0500 (fax) 732-572-0030

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