Kenneth Vercammen & Associates, P.C.
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Thursday, February 18, 2010

Los incendios provocados y los delitos relacionados con 2C :17-1

Los incendios provocados y los delitos relacionados con 2C :17-1

Kenneth Vercammen la oficina de abogados representa a personas acusadas de tráfico de violaciónes penal y graves en toda Nueva Jersey.

Los incendios provocados y los delitos relacionados con 2C :17-1.

a. Incendio agravado. Una persona es culpable de incendio agravado, un delito de segundo grado, si él empieza un fuego o provoca una explosión, ya sea en su propiedad o de otro:

(1) De esta manera intencionalmente oa sabiendas, colocando a otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(2) Con el propósito de destruir un edificio o estructura de otro, o

(3) Con la finalidad de la recogida de seguro para la destrucción o deterioro de esos bienes en circunstancias que imprudentemente lugar de cualquier otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(4) Con el propósito de destruir o dañar una estructura a fin de eximir de la estructura, total o parcialmente, de las disposiciones de cualquier estado, condado o local de zonificación, la planificación o la construcción de la ley, reglamento, ordenanza o la promulgación en circunstancias que imprudentemente lugar cualquier otra persona en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(5) Con el propósito de destruir o dañar cualquier bosque.

b. Incendio premeditado. Una persona es culpable de incendio premeditado, un delito de tercer grado, si deliberadamente se inicia un incendio o una explosión de causas, ya sea en su propiedad o de otro:

(1) De esta manera imprudente a otra persona puesta en peligro de muerte o lesiones corporales, o

(2) De esta manera temeraria poniendo un edificio o estructura de otra en peligro de daño o destrucción, o

(3) Con la finalidad de la recogida de seguros para la destrucción o deterioro de esos bienes, o

(4) Con el propósito de destruir o dañar una estructura a fin de eximir de la estructura, total o parcialmente, de las disposiciones de cualquier estado, condado o local de zonificación, la planificación o la construcción de la ley, reglamento, ordenanza o la promulgación, o

(5) De esta manera temeraria poniendo un bosque en peligro de daño o destrucción.

c. La falta de control o un informe de fuego peligroso. Una persona que sabe que un incendio pone en peligro la vida o una parte sustancial de la propiedad de otro y, o bien no toma medidas razonables para apagar o controlar el fuego, cuando puede hacerlo sin riesgo considerable para sí mismo o para dar la alarma de incendio del sistema , comete un crimen de cuarto grado si:

(1) Él sabe que es el marco de un funcionario, contractuales o de otra obligación legal para prevenir o combatir el fuego, o

(2) El fuego se inició, aunque legalmente, por él o con su consentimiento, o en la propiedad bajo su custodia o control.

d. Toda persona que, directa o indirectamente, paga o acepta o se ofrece a pagar o aceptar cualquier tipo de examen, incluyendo pero no limitado a, dinero o cualquier otro beneficio pecuniario, independientemente de cualquier consideración se intercambia con el propósito de iniciar un incendio o causar una explosión en violación de esta sección comete un delito de primer grado.

e. No obstante las disposiciones de cualquier sección de este título por el contrario, si una persona es culpable de incendio agravado de conformidad con lo dispuesto en el inciso a. de esta sección y la estructura que fue el blanco de la ofensa fue un centro de atención de salud o consultorio de un médico, la pena impuesta deberá incluir una pena de prisión. El tribunal no podrá suspender o hacer cualquier otra sentencia de reclusión de una persona condenada de conformidad con las disposiciones de este inciso.

f. Definiciones. "Estructura" se define en la sección 2C :18-1. La propiedad es la de otro, con el propósito de esta sección, si cualquier otro que el actor tiene un interés en la propiedad de posesión, o legal o equitativo en el mismo. La propiedad es la de otro con el propósito de esta sección, si nadie más que el actor tiene un interés legal o equitativo de la propiedad, incluyendo pero no limitado a, una hipoteca, prenda, embargo o de interés para la seguridad en el mismo. Si un edificio o estructura se divide en unidades ocupadas por separado, cualquier unidad no ocupada por el actor es una estructura ocupada de otro. Tal como se utilizan en esta sección, "bosque" significa e incluye cualquier bosque, de matorral, praderas, marismas, arbolada y cualquier combinación de ellas, incluyendo pero no limitado a, un espacio abierto, las tierras públicas, los humedales, las tierras del parque, los hábitats naturales, un área de conservación del Estado, un área de refugio de vida silvestre o de cualquier otro designado espacio abierto sin desarrollar si es o no es objeto de protección específica en virtud de la ley.

Como se usa en esta sección, "centro de atención de salud" significa centro de atención médica tal como se define en la sección 2 del PL 1971, C.136 (C. 26:2 H-2).

g. No obstante las disposiciones de cualquier sección de este título por el contrario, si es condenado a una persona de conformidad con lo dispuesto en el inciso a., b. o d. de esta sección y la estructura que fue el blanco de la ofensiva era una iglesia, sinagoga, templo o en otro lugar de culto público, esa persona comete un delito de primer grado y la pena impuesta deberá incluir una pena de prisión. La pena de prisión deberá incluir un plazo mínimo de 15 años, durante el cual el acusado no será elegible para libertad condicional. El tribunal no podrá suspender o hacer cualquier otra sentencia de reclusión de una persona condenada de conformidad con las disposiciones de este inciso.

Modificado en 1979, c.178, Art. 29, 1981, c.290, s.16, de 1991, c.498; de 1997, C.108, de 1997, C.109.

2C :17-2. Causar o arriesgar generalizada lesiones o daños.

a. (1) Una persona que, intencionalmente oa sabiendas, de manera ilegal provoca una explosión, inundación, avalancha, derrumbe de un edificio, la liberación o el abandono de los gases tóxicos, sustancias radiactivas o cualquier sustancia dañina o destructiva de otros comete un delito de segundo grado. Una persona que, intencionalmente oa sabiendas, de manera ilegal causa daños generalizados o daño de cualquier manera comete un delito de segundo grado.

(2) Una persona que, intencionalmente oa sabiendas, de manera ilegal hace que la gestión peligrosos que han de notificarse de conformidad con el vertido del "Compensación y Control Act", PL 1976, C.141 (C.58 :10-23 .11 y ss.) O las normas y reglamentos aprobados en virtud del mismo, o que, intencionalmente oa sabiendas, de manera ilegal provoca una liberación o el abandono de residuos peligrosos, tal como se define en la sección 1 del PL 1976, c.99 (C. 13:1 E-38) o un contaminante tóxico según se define en la sección 3 del PL 1977, c.74 (C. 58:10 A-3) comete un delito de segundo grado. Cualquier persona que imprudentemente viole las disposiciones de este párrafo es culpable de un delito de tercer grado.

b. Una persona que imprudentemente causa daños generalizados o daños es culpable de un delito de tercer grado.

c. Una persona que imprudentemente crea un riesgo de lesión o daño generalizado comete un crimen de cuarto grado, aunque ninguna lesión o daño. Una violación de esta subsección es un delito de tercer grado si el riesgo de lesiones o daños en general los resultados de la manipulación imprudente o almacenamiento de materiales peligrosos. La violación de esta subsección es un delito de segundo grado si la manipulación o almacenamiento de materiales peligrosos violado ninguna ley, norma o reglamento destinado a proteger la salud y seguridad públicas.

d. Una persona que a sabiendas o por negligencia no toma medidas razonables para prevenir o mitigar los daños generalizados o daños comete un crimen de cuarto grado, si:

(1) Él sabe que es el marco de un funcionario, contractuales o de otra obligación legal de adoptar tales medidas, o

(2) que hizo o consentido el acto que cause o amenace la lesión o daño.

e. Para propósitos de esta sección, daños generalizados o daño se entiende lesiones corporales graves a cinco o más personas o daños a cinco o más viviendas o para un edificio que normalmente tendrían que figuran 25 o más personas en el momento del delito.

Modificado en 1979, c.178, s. 29A, 1985, c.348, s.1, 1997, c.325, sección 2, de 2002, C.26, S.12.

Consecuencias de una declaración de culpabilidad penal

1. Usted tendrá que comparecer en audiencia pública y decirle al juez lo que hizo que le hace culpable de la ofensa en particular (s)

2. ¿Entiende usted que si usted se declara culpable:

a. Usted tendrá un registro de antecedentes penales

b. Puede ir a la cárcel o prisión.

c. Usted tendrá que pagar multas y costas judiciales.

3. Si usted está en libertad condicional, usted tendrá que presentar al azar de drogas y las pruebas de orina. Si usted viola la libertad condicional, que a menudo van a la cárcel.

4. En materia procesable, se le requiere para obtener una muestra de ADN, que podría ser utilizado por la policía para la investigación de actividades delictivas, y pagar el costo de las pruebas.

5. Usted debe pagar una indemnización si el tribunal encuentra que hay una víctima que ha sufrido una pérdida y si la corte determina que usted puede o podrá en el futuro para pagar la restitución.

6. Si usted es titular de un cargo público o empleado, usted puede estar obligado a renunciar a su oficina o trabajo en virtud de su declaración de culpabilidad.

7. Si usted no es ciudadano de los Estados Unidos o nacional, puede ser deportado, en virtud de su declaración de culpabilidad.

8. Usted debe esperar de 5-10 años para borrar una primera ofensa. 2C :52-3

9. Usted podría ser puesto en libertad condicional.

10. En casos de drogas, una pena de DEDR obligatoria de $ 500 - $ 1.000, y perder su licencia de conducir por 6 meses - 2 años. Usted debe pagar una oficiales de la ley de formación y sanción de equipo Fondo de $ 30.

11. Usted puede ser obligada a realizar servicios comunitarios.

12. Usted debe pagar un mínimo de Delitos Violentos de evaluación de la Junta de Compensación de $ 50 ($ 100 mínimo si se le declara culpable de un delito de violencia) por cada cargo al que usted se declara culpable.

13. Usted debe pagar 75 dólares Vecindarios Seguros Servicios de evaluación de los Fondos para cada convicción.

14. Si usted está siendo condenado a libertad condicional, deberá pagar una cuota de hasta $ 25 por mes por el término de libertad condicional.

15. Se pierde la presunción en contra de encarcelamiento en casos futuros. 2C :44-1

16. Usted podría perder su derecho a voto.

La defensa de una persona acusada de un delito penal no es imposible. Hay una serie de defensas viables y argumentos que pueden llevarse a cabo para lograr un resultado exitoso. La promoción, el compromiso y la persistencia son fundamentales para la defensa de un cliente acusado de un delito penal.

Cárcel para los delitos y conducta desordenada:

Si alguien se declara culpable o es declarado culpable de un delito penal, la siguiente es la prisión estatutario / penas de cárcel.

NJSA 2C: 43-8 (1) En el caso de un delito de primer grado, por un período determinado de años que se fijará por el tribunal y estará comprendida entre 10 y 20 años;

(2) En el caso de un delito de segundo grado, por un período determinado de años que se fijará por el tribunal y deberán tener entre cinco y 10 años;

(3) En el caso de un delito de tercer grado, por un período determinado de años que se fijará por el tribunal y deberán ser de entre tres y cinco años;

(4) En el caso de un crimen de cuarto grado, por un término específico que será fijado por el tribunal y no excederá de 18 meses.

2C :43-3 Las multas se han incrementado recientemente! 2C :43-3. Las multas y restituciones. Una persona que ha sido condenado por un delito pueden ser condenados a pagar una multa, para que no la restitución, o ambas, tal multa a un máximo de:

a. (1) $ 200,000.00, cuando la condena es por un delito de primer grado;

(2) $ 150,000.00, cuando la condena es por un delito de segundo grado;

b. (1) $ 15,000.00, cuando la condena es por un delito de tercer grado;

(2) $ 10,000.00, cuando la condena es de un delito de cuarto grado;

c. $ 1,000.00, cuando la condena es por un delito de alteración personas;

d. $ 500,00, cuando la condena es de una pequeña ofensiva desordenada personas;

I

Arag jurídico Plan

Arag jurídico Plan

La Oficina Jurídica de Kenneth Vercammen fue seleccionado para servir como el de Nueva Jersey de acceso abogado de uno de los nacionales de los principales planes de servicio jurídico. Nosotros nos encargamos de los servicios jurídicos para los planes jurídica a raíz de los empleadores y sus principales:

Hyatt-AT & T, Delco jubilados (Incluye Libre Wills)

ARAG-AT & T de gestión, PSE & G, la gestión de Lucent, A & P, Kraft,

Microsoft, de Teléfonos, Newsweek, Oracle, Procter & Gamble,

Hermanos Salomón, Thompson, Un. Bank of Switzerland (Incluye Libre Wills)

Prudential empleados Pru (Incluye Libre Wills)

APWU-Trabajadores de Correos (Incluye Libre Wills)

Privilegio de la Unión-la AFL-CIO

LawPhone-privados de pago a través de tarjeta de crédito

UAW-Ford y GM

NYSUIT Nacional de Profesores de Nueva York

DC 37 - NY Empleados Municipales

Local 1500 - NY al por menor

Camioneros Plan Legal

Caldwell Plan Legal, OHS, de Costa a Costa, y muchos otros planes legales

Los miembros del plan Legal

Nuestras oficinas sirven ahora como cooperantes / abogados del panel de veintidós planes nacionales de servicios jurídicos. Favor de considerar a nuestra oficina si usted necesita remitir un caso a Nueva Jersey. Hemos tenido éxito en el manejo de las necesidades de muchos otros planes legales y los sindicatos. Ofrecemos un servicio legal completo incluyendo Wills, Estates, Penal y Corte de Tránsito, sucesiones, Elder Law, DWI y daños personales.

Privilegio de la Unión plan legal provedor de LOW COST CONSEJOS A LOS CONSUMIDORES EN NEW JERSEY

Por Kenneth Vercammen, Lcdo.

Los planes de servicios jurídicos son un método excelente para que los grupos de bajo costo y obtener asesoramiento jurídico gratuito. Millones de medianos y bajos ingresos que trabajan los estadounidenses necesitan un abogado cuando los problemas legales de huelga. Hoy en día, varios cientos de grupo planea ofrecer asesoramiento legal a millones de estadounidenses que son miembros de la Unión y / o miembros de clubes y organizaciones que establecer un plan legal. Estos planes legal en Nueva Jersey proporcionar una consulta telefónica gratuita con un abogado, algunas pagar el costo total de la representación de un abogado en particular el juicio. Es fácil y casi sin costo alguno para establecer una "consulta" plan legal para su sindicato, sus empleados, e incluso un grupo sin fines de lucro. Su miembro y / o los empleados pueden obtener algún asesoramiento jurídico gratuito y puede a veces de cabeza frente a graves problemas legales por la ley de prevención. Todos los registrados en la actualidad los planes de Nueva Jersey jurídicos prevén una consulta gratuita a los socios sin ningún coste pagado por el miembro, su sindicato o del empleador. Es fácil de configurar un plan legal gratuita para su grupo, sindicato o incluso para sus empleados. Experimentados abogados plan legal están familiarizados con el fácil, sin requisitos de registro de gastos con el Estado de Nueva Jersey. Concertadas acceso a un abogado permisos de los miembros del plan para recibir asesoría y representación legal antes de que sea demasiado tarde, antes de perder su licencia de conducir, antes de que alguien muere sin un testamento. Miembros de la Unión y sus dependientes, cuyos sindicatos han negociado los servicios jurídicos como un beneficio para los empleados, constituyen la mayoría de los cubiertos. Sin embargo, los planes, en los últimos 10 años comercialmente comercializados han expandido la disponibilidad de los servicios jurídicos de prepago a los titulares de tarjeta de crédito, depósitos bancarios, uniones de crédito e incluso personas no vinculadas a ningún grupo que quiera "seguro cuestión jurídica". "Guía de un abogado a Prepaid Legal Services" al 1 º de empleadores financian los planes de grupo de servicios jurídicos, previamente calificados en virtud de Código de Rentas Internas Sección 120 han proporcionado a millones de estadounidenses con un abogado si ocurre una emergencia o incluso cuando tienen un problema jurídico. Estos planes de hacer exactamente lo que la intención del Congreso cuando se estableció la Sección 120 - garantizar el acceso asequible a los servicios jurídicos para las familias de clase media atendiendo a sus necesidades reales y de otra manera no satisfecha de ayuda legal. Algunos planes legales son "planes prepagados legales". El concepto de prepago del Servicio Jurídico del Plan se ha desarrollado durante los últimos quince años para denotar cualquier tipo de acuerdo que establece un fondo de dinero en el presente que se utiliza para pagar los gastos legales de los servicios requeridos por los contribuyentes plan en el futuro. "Guía de un abogado a Prepaid Legal Services" de Alec Schwartz American Bar Association Pulse p 3 (1988). En un plan de prepago, a menudo el empleador pague los administradores de planes legales al frente honorarios legales que se utilizan para contratar a un abogado local para prestar los testamentos, el cierre de bienes raíces, la representación de divorcio, etc ¿Qué es un plan legal de prepago hacer realmente? En primer lugar, reduce el costo de los servicios jurídicos para el consumidor. En lugar de pagar un posible $ 115 - $ 155 por hora o una tarifa plana de hasta $ 900 para un divorcio simple, el consumidor o su empleador puede pagar entre $ 50 - $ 200 por año para el plan jurídico y entonces tienen derecho a usar un abogado para los servicios que de otra manera costaría cientos o miles de dólares. Un plan de prepago, ya que paga por adelantado y la proporciona un fácil acceso a los servicios de abogado, alienta a la atención jurídica preventiva. "Guía de un abogado a Prepaid Legal Services" en 4. Planes pendientes de pago, como el sindicato AFL-CIO Privilegio del Servicio Jurídico, ofrece consultas gratuitas y derivaciones a abogados calificados millones de estadounidenses de hoy tienen acceso a un abogado, generalmente un abogado privado en los planes de empleador y empleado o también en los planes de los consumidores. Consulte la sección "Planes de prepago jurídico ayudar a las pequeñas empresas y consumidores, la Ley" Solo-ABA/GP Invierno de 1994

El 4 de marzo 1994 me reuní con el congresista Frank Pallone, demócrata de Nueva Jersey para discutir los planes de servicios jurídicos. Yo le animó a apoyar los planes de prepago legales para ayudar a los consumidores. El representante Pallone, apoya desde hace tiempo de la legislación del consumidor, aparece en nuestro lado. Los servicios jurídicos de mejorar la productividad económica, porque un empleado distraído por las dificultades legales no es plenamente eficaz. Plan Legal Carta Número 290, Centro Nacional de Recursos para los Consumidores de Servicios Jurídicos en 3.

Según la American Legal Prepaid Services Institute (API), con sede en Chicago ABA relacionados con la organización nacional de membresía, planes de grupo del Servicio Jurídico por modalidades de avanzar para cumplir las necesidades de personal jurídico, especialmente para los servicios jurídicos que impiden o resolver disputas. Los planes de extender la calidad de servicio jurídico, los servicios legales de bajo costo para los estadounidenses de ingresos medios. Los costos del plan son de bajo costo - el empresario medio paga menos de $ 100 por familia por año. Todo el mundo debería tener un poder, poder, testamento vital y el acceso a un abogado local. Estos planes de aumentar la productividad de los empleados, promoviendo la salud emocional, financiera y física. Los servicios jurídicos de planes de trabajo tanto de prepago como los planes médicos o dentales. "Construir su bufete pequeño en una Fundación de prepago" Florida Bar Journal, vol. LXVIII, n º 1 P48 (enero 1994).

El difunto William Bolger, director de la Unión de Servicios Legales de privilegios de la AFL-CIO y otros líderes nacionales en el ámbito del servicio jurídico de los estados que los planes legales disfrutar de un apoyo firme y amplio de trabajo, de consumo, bar y grupos de seguros. IRS Tax Credit Sección 120 plazas pagadas por el empleador grupo de planes de servicios legales en igualdad de condiciones con otras prestaciones legales, proporcionando el mismo tratamiento fiscal favorable. Como en el caso de los servicios médicos, el tratamiento precoz puede evitar la catástrofe y su costo asistente en el tiempo y dinero. Por ejemplo, los estudios psicológicos han demostrado que existe una correlación directa entre los problemas jurídicos y el tiempo de trabajo perdido y la productividad. El rendimiento laboral de los empleados tiene a menudo una relación directa con personal de los problemas jurídicos, por lo tanto, cuanto antes una solución se puede encontrar para el problema de los trabajadores, cuanto antes, los empleados pueden concentrarse en su trabajo. Consulte "Abrir la puerta a precios asequibles de Servicios Legales" American Prepaid Legal Services Instituto P1 (1988).

No es difícil organizar un plan de servicios legales, si se trata de un sindicato, asociación comercial, la iglesia o sin fines de lucro. Al menos la mitad de la población no tiene acceso adecuado al sistema jurídico. Al aumentar la conciencia jurídica de los planes de los servicios, un ganar-ganar existe la oportunidad para las personas con problemas legales. Todos los consumidores y las empresas deben apoyar los planes legales.

Arrestado por DUI?

Arrestado por DUI?

Kenneth Vercammen la oficina de abogados representa a personas acusadas de tráfico de violaciónes penal y graves en toda Nueva Jersey. Nuestra oficina de ayuda a las personas con el tráfico / tribunal municipal de billetes a través de Nueva Jersey, incluyendo los conductores acusados de DUI / DWI y la negativa. Conducción bajo la influencia y otros vehículos de motor violaciónes puede traer consecuencias. Usted tendrá que pagar multas en la corte, o recibir puntos en su licencia de conducir. Una condena que tenga que pagar caro a los recargos NJ MVC [División de Vehículos Motorizados] y tiene su licencia suspendida. En Nueva Jersey, el juez no tiene por qué regla de que estaban borrachos. El fiscal sólo tiene que demostrar un conductor se encontraba bajo la influencia del alcohol. No se rinda! La Oficina Jurídica de Kenneth Vercammen ofrece información y puede proporcionar representación de un abogado con experiencia para conducción bajo la influencia y otros vehículos de motor violaciónes. Cuando su licencia de conducir está en peligro, o que se enfrentan miles de dólares en multas, recargos DMV y el aumento de los seguros de automóviles, necesita una excelente representación legal. El abogado menos caro no es siempre la respuesta. Por favor, haga una cita si usted necesita representación legal con experiencia en un tráfico / tribunal municipal. Nuestro KennethVercammen.com sitio web ofrece información sobre delitos de tráfico de las que pueden ser retenidos para representar a la gente. Nuestra página web también proporciona detalles sobre penas de cárcel por conducción bajo la influencia y el seguro del automóvil elegibilidad puntos. Las empresas de automóviles de seguros o aumentar las tasas de caída de los clientes sobre la base de violaciónes en movimiento.

En Nueva Jersey, conducción bajo la influencia (DUI) y conducir intoxicado (DWI) son la misma carga. La siguiente es la ley de DWI en Nueva Jersey, con todas sus modificaciones:

N.J.S.A. 39:4-50 conducir intoxicado

39:4-50. (a) Salvo lo dispuesto en el inciso (g) de esta sección, una persona que opera un vehículo motorizado bajo la influencia de bebidas alcohólicas, narcóticos, alucinógenos o hábito que producen las drogas, u operador de un vehículo de motor con una concentración de alcohol en sangre de 0,08% en peso o más de alcohol en la sangre del acusado o permite que otra persona que está bajo la influencia de bebidas alcohólicas, narcóticos, alucinógenos o hábito que producen las drogas para operar un vehículo de motor de su propiedad o bajo su custodia o control, o permite que otra para operar un vehículo de motor con una concentración de alcohol en sangre de 0,08% en peso o más de alcohol en la sangre del acusado estará sujeta a: (1) Para la primera ofensa: (i) si el alcohol en la sangre de la persona que la concentración es de 0,08% o superior, pero menos de 0,10%, o la persona que opera un vehículo motorizado bajo la influencia de bebidas alcohólicas, o el o más de los compuestos químicos siguientes: acetona, acetato, nitrato de amilo o nitrito de amilo o sus isómeros, benceno, alcohol butílico, nitrito de butilo , el nitrito de nitrato de butilo o sus isómeros, acetato de etilo, alcohol etílico, el nitrito de etilo o el nitrato de etilo, cloruro de etileno, alcohol isobutílico o alcohol isopropílico, metanol, metil etil cetona, óxido nitroso, n-propanol, pentaclorofenol, éter de petróleo, propilo o nitrato de propilo o sus isómeros, tolueno, xileno o tolueno o cualquier otra sustancia química capaz de causar una condición de intoxicación, la embriaguez, excitación, estupor o el embotamiento del cerebro o del sistema nervioso como consecuencia de la inhalación de los humos o vapores de sustancia químicas. Cada vez que un operador de un vehículo de motor ha estado involucrado en un accidente con resultado de muerte, lesiones corporales o daños a la propiedad, un agente de policía tendrá en cuenta este hecho, junto con todos los demás hechos y circunstancias para determinar si hay motivos razonables para creer que esa persona estaba operando un vehículo de motor en violación de esta sección. Una condena de la violación de una ley de carácter sustancialmente similar en otra jurisdicción, independientemente de que la competencia es un signatario de la Licencia de Conductor Interestatal Pacto de conformidad con el PL 1966, C.73 (C. 39: 5D-1 y ss.), Constituirán una condena previa en virtud de esta subsección a menos que el demandado puede demostrar con pruebas claras y convincentes de que la condena en la otra jurisdicción se basaba exclusivamente en una violación de una concentración de alcohol en la sangre prohibidas de menos de 0,08%.

Si el privilegio de conducir de cualquier persona es menor de revocación o suspensión de una violación de cualquier disposición de este título, o título 2C de los Estatutos de Nueva Jersey en el momento de la condena por una violación de esta sección, la revocación o período de suspensión impuesta deberá comenzar a partir de la fecha de terminación de la revocación existentes o período de suspensión. En el caso de cualquier persona que en el momento de la imposición de la pena es inferior a 17 años de edad, la pérdida, suspensión o revocación del privilegio de conducir impuesta por el tribunal en esta sección debe comenzar inmediatamente, pasan por decimoséptimo cumpleaños del delincuente y continuará desde esa fecha para el período fijado por el tribunal, de conformidad con los párrafos (1) a (3) de este inciso. Un tribunal que imponga una pena de prisión por un delito de primer o segundo bajo esta sección puede oración, de manera que la persona condenada a la cárcel del condado, al hospicio del condado donde se cometió el delito, a un programa de rehabilitación de pacientes o de un conductor intoxicado Centro de recursos u otro establecimiento aprobado por el jefe de la Unidad del Programa de conducir intoxicado en el Departamento de Salud y Servicios para Personas Mayores. Por un delito de tercer o sucesivos de una persona no se cumplen una pena de prisión a un conductor intoxicado Centro de Recursos de lo dispuesto en el inciso (f). Una persona que ha sido condenado por una violación anterior de esta sección no necesita ser cargado como un delincuente segundo o posterior en la denuncia formulada contra ella, con el fin de hacerle responsable de la pena impuesta por esta sección en un delincuente segundo o posterior, pero si la segunda infracción se produce con más de 10 años después de la primera infracción, el tribunal tratará de la segunda condena, como una primera infracción a efectos de sentencia, y si una tercera infracción se produce con más de 10 años después de la segunda infracción, el tribunal deberá tratar la tercera condena como una segunda ofensa para efectos de sentencia. (b) El condenado bajo esta sección debe cumplir la selección, evaluación, referencia, el programa y los requisitos de las tasas de la División de Alcoholismo y Abuso de Drogas Intoxicated Driving Program Unit, y del conductor intoxicado Centros de recursos y un programa de educación sobre alcohol y drogas y la seguridad en las carreteras, según lo estipulado por el administrador en jefe. El órgano jurisdiccional informará al condenado de que no se cumplen estos requisitos dará lugar a un plazo obligatorio de dos días de prisión en una cárcel del condado y la revocación de licencia de conducir o la suspensión y la continuación de la revocación o suspensión hasta que se cumplan dichos requisitos, a menos que se quedó por orden judicial, de conformidad con el Reglamento de Administración de los Tribunales del Estado de Nueva Jersey, o RS 39:5-22. Tras la sentencia, el tribunal remitirá a la División de Alcoholismo y Abuso de Drogas Intoxicated Driving Program Unit una copia de antecedentes penales de una persona. Una cuota de $ 100,00 se abonará a la educación sobre el alcohol, la rehabilitación y la ejecución del Fondo establecido en virtud de la sección 3 del PL 1983, c.531 (C. 26: 2B-32) para apoyar la Intoxicated Driving Program Unit. (c) Si es culpable de una violación de esta sección, el tribunal deberá recabar de inmediato el controlador de Nueva Jersey de licencia o licencias de la persona condenada y que transmita la licencia o licencias para el administrador en jefe. El tribunal informará al condenado de que si es declarado culpable de personal de operación de un vehículo de motor durante el período de suspensión de licencia impuesta en virtud del inciso (a) de esta sección, deberá, en caso de condena, estarán sujetos a las sanciones establecidas en la RS 39:3-40. El condenado deberá ser informado verbalmente y por escrito. Una persona estará obligada a acusar recibo de esa notificación por escrito por escrito. Si no se recibe un aviso por escrito o no reconocer por escrito la recepción de una notificación por escrito no será una defensa a una acusación posterior de una violación de la RS 39:3-40. En caso de que una persona condenada en virtud de esta sección es el titular de cualquier fuera de la licencia de conducir del Estado, el tribunal no recoger la licencia, pero deberá notificar de inmediato al administrador jefe, quien, a su vez, notificará a los funcionarios competentes en la concesión de licencias jurisdicción. El Tribunal, sin embargo, revocar el privilegio de conducir no residentes para operar un vehículo de motor en este Estado, de conformidad con esta sección. Si es culpable de una violación de esta sección, el tribunal notificará a la persona condenada, oralmente y por escrito, de las sanciones por una violación de segunda, tercera o posteriores de esta sección. Una persona estará obligada a acusar recibo de esa notificación por escrito por escrito. Si no se recibe un aviso por escrito o no reconocer por escrito la recepción de una notificación por escrito no será una defensa a una acusación posterior de una violación de esta sección. (d) El administrador jefe dictará las normas y reglamentos de conformidad con la "Ley de Procedimiento Administrativo", PL 1968, C.410 (C. 52: 14B-1 y ss.) A fin de establecer un programa de educación sobre el alcohol y la seguridad en las carreteras, según lo estipulado por esta ley. (e) Toda persona acusada de una violación de esta sección que está sujeta a sanción impuesta por esta sección como un delincuente segundo o posterior tendrá derecho a los mismos derechos tal como lo permite el descubrimiento de los acusados de conformidad con las normas que rigen los tribunales del Estado de Nueva Jersey. (f), los condados, en cooperación con la División de Alcoholismo y Abuso de Drogas y la Comisión, pero sujeto a la aprobación de la División de Alcoholismo y Abuso de Drogas, deberá designar y establecer en un condado o regional Intoxicated base Driver Centros de recursos. Estos centros tendrán la capacidad de servir como centros de referencia de la comunidad de tratamiento y como monitores de la corte de cumplimiento de una persona con el tratamiento ordenado, alternativas de servicios o de servicio comunitario. Todos los centros establecidos de conformidad con este inciso será administrado por un consejero certificado por el Consejero de Alcohol y Drogas Junta de Certificación de Nueva Jersey o de otro profesional con un mínimo de cinco años de experiencia en el tratamiento del alcoholismo. Todos los centros estarán obligados a elaborar planes de tratamiento individualizado para todas las personas que asisten a los centros, siempre que la duración de los tratamientos prescritos o remisión no podrá exceder de un año. Será responsabilidad del centro para establecer redes con el alcohol de la comunidad y educación sobre las drogas, el tratamiento y los recursos de rehabilitación y de recibir informes mensuales de los organismos de referencia sobre la participación de una persona y el cumplimiento del programa. Nada en esta subsección impedirá que estos centros de desarrollo de su propia educación y los programas de tratamiento, siempre que sean aprobados por la División de Alcoholismo y Abuso de Drogas. Tras el fracaso de una persona que informe a la detección inicial o cualquier ordenó la remisión posterior, la Intoxicated Driver Resource Center notificará sin demora al tribunal de sentencia de la insuficiencia de la persona a cumplir. Los períodos de detención requeridos en el intoxicado conductor Centros de Recursos se determinará de acuerdo a la clasificación de tratamiento individual asignado por la Unidad del Programa de conducir intoxicado. Al asistir a una Intoxicated Driver Resource Center, una persona podrá ser obligada a pagar una tasa por dietas de 75,00 dólares para el programa de su primer delito o una tasa por las dietas de los 100,00 dólares para el programa de reincidente, según corresponda. Cualquier aumento en los gastos por dietas después del primer año se determinarán con arreglo a las normas y reglamentos adoptados por la persona permite que otra persona que está bajo la influencia de bebidas alcohólicas a operar un vehículo de su propiedad o bajo su custodia o control, o permite que otra persona con una concentración de alcohol en sangre de 0,08% o más pero menos de 0,10% para operar un vehículo de motor, a una multa de no menos de $ 250 ni más de $ 400 y un período de detención de no menos de 12 horas ni más de pasó 48 horas durante dos días consecutivos de no menos de seis horas cada día y fue establecido por los requisitos del programa del conductor intoxicado Centros de recursos establecidos en el inciso (f) de esta sección y, en la discreción del tribunal, un plazo de encarcelamiento de no más de 30 días e, inmediatamente, perderá su derecho a operar un vehículo motorizado en las carreteras de este Estado por un período de tres meses, (ii) si el alcohol en la sangre de la persona que la concentración es de 0,10% o superior, o la persona que opera un vehículo de motor bajo la influencia de la producción de drogas narcóticas, alucinógenas o hábito, o la persona autoriza a otra persona que está bajo la influencia de narcóticos, alucinógenos o hábito que producen las drogas para operar un vehículo de motor de su propiedad o bajo su custodia o control, o permite que otra persona con una concentración de alcohol en sangre de 0,10% o más para operar un vehículo de motor, a una multa de no menos de $ 300 ni más de $ 500 y un período de detención de no menos de 12 horas ni más de 48 horas pasó durante dos días consecutivos de no menos de seis horas cada día y fue establecido por los requisitos del programa del conductor intoxicado Centros de recursos establecidos en el inciso (f) de esta sección y, a discreción del tribunal, una pena de prisión de no más de 30 días e, inmediatamente, perderá su derecho a operar un vehículo motorizado en las carreteras de este Estado por un período de no menos de siete meses ni más de un año, (iii) Para la primera ofensa, una persona también se con sujeción a las disposiciones de la PL 1999, c.417 (C.39 :4-50 .16, et al.).

(2) Por una segunda violación, la persona estará sujeta a una multa de no menos de $ 500.00 ni más de $ 1,000.00, y serán dictadas por el tribunal a cumplir servicio comunitario por un período de 30 días, que será de tal forma y en las condiciones que el tribunal considere apropiadas según las circunstancias, y será condenado a una pena de prisión de no menos de 48 horas consecutivas, que no se suspenderá o se sirve en libertad condicional, ni más de 90 días, y perderá su derecho a operar un vehículo motorizado en las carreteras de este Estado por un período de dos años en caso de condena, y después de la expiración de dicho plazo, se podrá presentar una solicitud al Administrador Principal de la New Jersey Comisión de Vehículos de motor para una licencia de operar un vehículo de motor, cuya aplicación puede ser concedido a la discreción del administrador en jefe, de conformidad con el inciso (b) de esta sección. Por una segunda violación, una persona también estará obligado a instalar un dispositivo de bloqueo de encendido en virtud de las disposiciones de la PL De 1999, c.417 (C.39 :4-50 .16, et al.) O tener su certificado de matrícula y las placas de matrícula revocada por dos años en virtud de las disposiciones de la sección 2 de la PL 1995, c.286 (C.39 :3-40 .1).

(3) por la tercera violación o posterior, una persona estará sujeta a una multa de $ 1,000.00, y será condenado a una pena de prisión de no menos de 180 días en una cárcel de condado o de asilo, salvo que el tribunal puede reducir tales plazo para cada día, no superior a 90 días, fue participar en un programa de hospitalización de drogas o alcohol rehabilitación aprobado por la Intoxicated Driver Resource Center y, posteriormente, se perderá el derecho a operar un vehículo motorizado en las carreteras de este Estado por 10 años. Por la tercera violación o posterior, una persona también estará obligado a instalar un dispositivo de bloqueo de encendido en virtud de las disposiciones de la PL De 1999, c.417 (C.39 :4-50 .16, et al.) O tener su certificado de matrícula y las placas de matrícula revocada durante 10 años en virtud de las disposiciones de la sección 2 del PL 1995, c.286 (C.39 :3-40 .1). Tal como se utilizan en esta sección, la frase "narcóticos, alucinógenos o hábito que producen las drogas" incluye una sustancia inhalantes u otros que contienen una sustancia química capaz de liberar los vapores o humos tóxicos con el fin de inducir un estado de intoxicación, así como con cualquier pegamento, cemento o de cualquier otra sustancia que contenga un Comisario de Salud y Servicios a Envejecientes, en consulta con el Consejo del Gobernador sobre el Alcoholismo y Abuso de Drogas de conformidad con la "Ley de Procedimiento Administrativo", PL 1968, C.410 (C. 52: 14B-1 y ss.). Los centros llevarán a cabo un programa de educación sobre alcohol y drogas y la seguridad en las carreteras, según lo estipulado por el administrador en jefe. El Comisionado de Salud y Servicios establecerá las normas y reglamentos de conformidad con la "Ley de Procedimiento Administrativo", PL 1968, C.410 (C. 52: 14B-1 y ss.), A fin de efectuar los propósitos de este inciso. (g) Cuando una violación de esta sección se presenta al: (1) sobre cualquier propiedad escolar usado para los propósitos de la escuela que es propiedad o alquilados a ninguna escuela primaria o secundaria o la junta escolar, o dentro de 1,000 pies de la propiedad de la escuela tales, (2 ) la conducción a través de un cruce escolar tal como se definen en la RS 39:1-1, si el municipio, por ordenanza o resolución, ha designado el cruce de la escuela como tal, o (3) de conducción a través de un cruce escolar tal como se definen en la RS 39:1-1 sabiendo que los menores están presentes si el municipio no ha designado a la escuela de cruce, como tal, por ordenanza o resolución, el condenado deberá: para una primera infracción, una multa de no menos de $ 500 o más de $ 800, ser encarcelado por no más de 60 días y tener su licencia para operar un vehículo de motor suspendido por un período no inferior a un año o más de dos años por una segunda infracción, una multa de no menos de $ 1,000 o más de $ 2.000, para realizar el servicio de la comunidad un período de 60 días, ser encarcelado por no menos de 96 horas consecutivas, que no se suspenderá o se sirve en libertad condicional, ni más de 180 días, salvo que el tribunal puede reducir dicho término para cada día, no superior a 90 días, fue realizar servicios a la comunidad en la forma y en las condiciones que el tribunal considere apropiadas según las circunstancias y tener su licencia para operar un vehículo de motor suspendido por un período de no menos de cuatro años, y por un tercer delito, una multa de $ 2.000, encarcelado durante 180 días en una cárcel de condado o de asilo, salvo que el tribunal puede reducir dicho término para cada día, no superior a 90 días, fue participar en un programa de hospitalización de drogas o alcohol rehabilitación aprobado por la Intoxicated Driver Resource Center, y su licencia para operar un vehículo de motor suspendido por un período de 20 años, el período de suspensión de licencia se iniciará a la realización de cualquier pena de prisión impuesta a esa persona. Un mapa o copia de un mapa que representa la ubicación y los límites de la zona o dentro de 1,000 pies de todos los bienes utilizados para la escuela que es propiedad o cedida a cualquier escuela primaria o secundaria o la junta escolar producidas con arreglo a la sección 1 del PL De 1987, No.101 (C. 2C :35-7) se puede utilizar en un proceso en virtud del párrafo (1) de este inciso. No será relevante para la imposición de la pena de conformidad con el párrafo (1) o (2) de este inciso de que el acusado era consciente de que la conducta prohibida, mientras que se llevó a cabo en o dentro de 1,000 pies de cualquier propiedad de la escuela o mientras se conduce a través de una escuela cruce. Tampoco se aplicará a ser relevante para la imposición de la pena de los menores que no estaban presentes en la propiedad escolar o cruce de la zona en el momento del delito o de que la escuela no estaba en sesión. (h) Una corte también puede ordenar que una persona condenada de conformidad con el inciso a. de esta sección, a participar en un programa de visitas supervisadas, como condición ya sea de la libertad condicional o una forma de servicio a la comunidad, dando preferencia a los que estaban bajo la edad de 21 años en el momento de la ofensa. Antes de ordenar a una persona a participar en dicho programa, el tribunal podrá consultar a cualquier persona que pueda proporcionar información útil sobre la aptitud física del condenado, emocional y mental de la visita para asegurarse de que no causará ningún perjuicio a la parte demandada. El tribunal también puede ordenar que el acusado participe en una sesión de asesoramiento bajo la supervisión de la Intoxicated Driving Program Unit antes de participar en el programa de visitas supervisadas. El programa de visitas supervisadas será de uno o más de las siguientes instalaciones, que han aceptado participar en el programa bajo la supervisión de personal de la instalación y el departamento de libertad condicional: (1) un centro de trauma, un centro de cuidados intensivos o en un hospital de agudos con base los servicios de emergencia, que recibe a las víctimas de accidentes de automóvil con el fin de observar las víctimas adecuada de los conductores ebrios y las víctimas que son, ellos mismos, los conductores ebrios, (2) un centro que atiende a los alcohólicos o los drogadictos avanzados, para observar las personas en la avanzada etapas de alcoholismo o abuso de drogas, o (3) si es aprobado por un examinador médico del condado, la oficina del examinador médico del condado o de un depósito de cadáveres del público a observar a las víctimas de accidentes de vehículos adecuados que involucran a conductores ebrios. Tal como se utilizan en esta sección, "víctima apropiada", la víctima, cuya condición está determinada por el personal de supervisión de la instalación y el oficial de libertad condicional a ser apropiados para demostrar los resultados de los accidentes con conductores ebrios, sin ser innecesariamente horrible o traumática a la demandada. Si en algún momento antes o durante una visita del personal de supervisión de la instalación y el oficial de libertad condicional determinar que la visita puede ser o es traumática o inadecuada para que el acusado, la visita se dará por concluido, sin perjuicio de la parte demandada. El programa puede incluir una conferencia de personal después de la visita, que puede incluir el juez de sentencia o el juez que coordina el programa para el tribunal, el acusado, el abogado del demandado, y, en su caso, los padres del acusado para discutir la visita y su efecto sobre comportamiento futuro de la demandada. Si una conferencia personal no es factible debido a la ausencia del acusado de la jurisdicción, los conflictos de horarios, o cualquier otra razón, el tribunal requerirá a la demandada a presentar un informe escrito sobre la experiencia de visita y su impacto en la parte demandada. El condado, un tribunal, cualquier instalación de visita de conformidad con el programa, los agentes, empleados o contratistas independientes de la corte del condado, o la instalación visitada de conformidad con el programa, y cualquier persona que supervise a un acusado durante la visita, no son responsables de cualquier daño civil como consecuencia de un perjuicio a la parte demandada, o por daños y perjuicios relacionados con la visita que son causadas por la demandada, salvo para los actos intencionales o por negligencia grave por objeto, o con probabilidad razonable que resulte, en que la lesión o daño. El Tribunal Supremo Tribunal de Justicia podrá aprobar normas o directrices para efectuar los propósitos de este inciso. (i) Además de cualquier otra multa, cuota, o de otras cargas impuestas de conformidad con la ley, el tribunal deberá evaluar a una persona culpable de una violación de las disposiciones de esta sección, un suplemento de 100 dólares, de los que monto de $ 50 deberán abonar a la municipio en el que la condena fue obtenida y $ 50 se pagará a la Tesorería del Estado de Nueva Jersey para su depósito en el Fondo General.

N.J.S.A. 39:4-50.14 operación de un vehículo de motor por una persona que ha consumido alcohol, pero está bajo la edad legal para comprar bebidas alcohólicas; sanciones Cualquier persona bajo la edad legal para comprar bebidas alcohólicas que opera un vehículo de motor con una concentración de alcohol en sangre de 0,01 % o más, pero menos del 0,08%, en peso de alcohol en su sangre, se perderá el derecho a operar un vehículo motorizado en las carreteras de ese Estado o se prohíbe la obtención de una licencia para operar un vehículo de motor en este estado durante un período de no menos de 30 o más de 90 días a partir de la fecha en que éste tenga derecho a obtener una licencia o el día de la condena, si ésta es posterior, y se encargará de servicio a la comunidad por un período de no menos de 15 o más 30 días. Además, la persona deberá satisfacer los requisitos del programa y el pago de una Intoxicated Driver Resource Center o participar en un programa de educación sobre el alcohol y la seguridad en las carreteras según lo estipulado por el administrador en jefe. Las sanciones previstas en las disposiciones de esta sección será, además de las sanciones que el tribunal puede imponer en virtud de NJS 2C :33-15, R.S. 33:1-81, R.S. 39:4-50 o cualquier otra ley.

N.J.S.A. 39:4-51 Oración por la violación de la sección NJSA 39:4-50 debe ser servido, comunicado de prensa sobre el programa de trabajo de

Una persona que ha sido condenado por una violación de primera o segunda de la sección 39:4-50 del presente Título, y en virtud de las mismas ha sido encarcelado en una cárcel de condado o de asilo en el condado en que se cometió el delito, no podrá, después de de compromiso, se liberará de ella hasta que la pena de prisión impuesta ha sido notificada. Una persona recluida en la cárcel del condado o de asilo podrá, a juicio del tribunal, se liberará en un programa de liberación de trabajo. N director u otro funcionario que tenga la custodia de la cárcel del condado o de asilo será liberada de ella una persona tan comprometida, a menos que la persona ha sido puesto en libertad por el tribunal en un programa de liberación de trabajo, hasta que la sentencia ha sido notificada. Una persona condenada a un programa de rehabilitación de pacientes podrán, previa petición del organismo de tratamiento en libertad, por el tribunal, a un programa de rehabilitación ambulatorio de la duración de la condena original. Nada en esta sección se interpretará para interferir en modo alguno con la explotación de un recurso de hábeas corpus, un procedimiento en el lugar de los mandamientos de prerrogativa, o un recurso de casación. El administrador deberá aprobar las normas y reglamentos para ejecutar las disposiciones de esta sección como él lo considere necesario.

CONCLUSIÓN El Estado debe demostrar claramente determinadas condiciones, entre otros:

1. El equipo estaba en buenas condiciones de funcionamiento se inspeccione periódicamente, de conformidad con los procedimientos. Romano v. Kimmelman, 96 NJ 66, 81 y 82 (1984) 2. El operador fue calificado?? Es decir, debidamente certificado?? Para administrar el instrumento. Id.; Estado contra Ernst, 230 N. J. Super. 238 (App. Div.. 1989), den cert. 117 N.J. 40; 3. La prueba fue dada correctamente - es decir, de conformidad con las instrucciones oficiales y los procedimientos aceptados. Romano, supra en el 81 y 82

La ley da derecho a conducir borracho acusados de comprobar la validez? Descubrimiento de prueba. R.3: 13? 3; R.7: 4? 2 (h); Estado contra Young, 242 NJ Super. 467, 470 (App. Div.. 1990), State v. Ford, 240 NJ Super. 44, 48 (App. Div.. 1990), State v. Utsch, 184 NJ Super. 575, 579 (App. Div.. 1982). El debido proceso exige que el Estado no revela pruebas de que sea relevante para la culpa o el castigo, de hecho, la acusación tiene el deber constitucional de presentar pruebas de descargo que una duda razonable sobre la culpabilidad del acusado. Ver Brady v. Maryland, 373 EE.UU. 83, 83 S. Ct 1194, 10 (1963 L.Ed.2d 215), Estados Unidos v. Agurs, 427 EE.UU. 97, 98 S. Ct 2392, 49 L. Ed 2d 342 (1976). Una amplia variedad de materiales en poder del Estado puede constituir información de descargo a que tiene derecho el acusado. Ford, supra en el 52 una demanda de descubrimiento ha sido notificada a la fiscal que tiene la responsabilidad de responder. State v. Tull, 234 N. J. Super. 486, 494 (Ley de div. 1989). El derecho del acusado al descubrimiento no depende de una evaluación del valor de beneficio del material que se pretende descubrir. State v. Polito, 116 N. J. Super. 552 (App. Div.. 1977), Ford, supra en el 51). Por lo tanto, un fiscal se espera que actúen de manera razonable al responder a una demanda de descubrimiento. Tull, supra en 496. El fiscal no podrá rechazar una demanda de descubrimiento, simplemente porque la información o los materiales solicitados no se encuentran en las oficinas municipales o de fácil acceso. Id. a 495. El fiscal municipal no puede negarse la producción sobre la base de que la información solicitada no es conocido personalmente por el fiscal para estar en existencia cuando su existencia sea de conocimiento común del departamento de policía o cuando el conocimiento puede ser obtenido por la investigación razonable. Id. en 500. El fiscal municipal o bien tiene que oponerse a lo que el fiscal percibe como solicitudes de descubrimiento irrelevante, o responder dentro de 10 días de la recepción de la solicitud de la parte demandada por el descubrimiento. Ford a 51 supra; ver Tull, supra en 500. El fiscal municipal podrá ser sancionado por no proporcionar el descubrimiento. R.3: 13?, Véase State v. Audette, 201 N. J. Super. 410 (App. Div.. 1985) Estado contra Polasky, 216 NJ Super. 549 (Ley div. 1986). Un acusado que cree que el Estado no ha suministrado los materiales pertinentes razonablemente necesaria para la defensa podrá notificar al Estado y el tribunal antes de la fecha fijada para el comienzo del juicio cuando sea posible. Ford, supra en el 52. La información relativa a las condiciones requisito que se establece la fiabilidad es muy pertinente, Ford, supra en el 52, y muy importante. Id. en el 51. Así, la información relativa a las condiciones bajo las cuales se llevaron a cabo las pruebas, la competencia del operador de la máquina, el estado de la máquina en particular de la reparación y la identificación y documentación de la ampolla utilizada para las pruebas de alcoholemia demandado son todas las investigaciones pertinentes. Id.

Conclusión Si el acusado de conducir intoxicado, inmediatamente programar una cita en la oficina con un abogado de juicio. No confíe en un abogado de bienes raíces, el defensor público o un miembro de la familia que simplemente asistió a la escuela de leyes. Cuando sus privilegios de conducción y la capacidad para conducir al trabajo es en la línea, contratar a un abogado con experiencia.

Kenneth Vercamme & ASSOCIATES, PC ABOGADO 2053 Woodbridge Ave.. Edison, NJ 08817 (Teléfono) 732-572-0500 (fax) 732-572-0030

JUICIO Y experiencia en litigios en su práctica privada, ha dedicado una parte sustancial de su tiempo profesional a la preparación y el enjuiciamiento de las cuestiones en litigio. Aparece en los tribunales de todo Nueva Jersey, varias veces por semana en muchos asuntos de lesiones personales, Penales y Municipal / ensayos de tráfico Tribunal de Justicia, las audiencias y Sucesiones, y derecho administrativo impugnado audiencias.

Sr. Vercammen sirvió como Fiscal del municipio de Cranbury, Condado de Middlesex y se involucró en los ensayos sobre una base semanal. También argumentó todos mociones previas al juicio y de post-juicio en nombre del Estado de Nueva Jersey.

También ha servido como un Fiscal Especial de Actuación en Woodbridge, Perth Amboy, Berkeley Heights, Carteret, East Brunswick, Jamesburg, South Brunswick, South River y South Plainfield para los casos de conflicto. Desde 1989, ha manejado personalmente cientos de penal y los vehículos de motor de un fiscal y ahora como abogado defensor y ha tenido un éxito considerable.

Anteriormente, el Sr. Vercammen fue Defensor Público para el municipio de Edison y el municipio de Metuchen y un abogado designado de oficio de la Oficina del Defensor Público del Condado de Middlesex's. Representó a las personas indigentes que se enfrentan las consecuencias de magnitud. Fue en la Corte juzgar los casos y hacer propuestas en materia penal y difícil de DWI. Cada caso de que él personalmente manipulados y preparados.
Violación de detención de un penal y el derecho a guardar silencio "Derechos Miranda"

1. Dígale al oficial de policía o detective que desea hablar con su abogado. Repita esta petición a todos los oficiales que le habla.

2. Identifíquese usted mismo, si se le pide. Si el incidente está relacionado con un vehículo de motor, productos de su licencia, registro y tarjeta de seguro.

3. Más allá de la identificación de sí mismo, no dan ninguna otra información. Responder otras preguntas. Firmar nada. Si se le pide alguna otra pregunta, la respuesta de cortesía, "prefiero no hablar de ello".

4. Llame a su abogado en la primera oportunidad.
NOTA: Si usted es arrestado por conducir borracho en Nueva Jersey, usted debe dar muestras de aliento antes de llamar a su abogado. Usted no está obligado a hacer pruebas de sobriedad, como caminar en línea recta, Recuerde: incluso un pez no quedar atrapado si mantenían su boca cerrada. DO permaneció en silencio y está jugando golf hoy. [Copyright 1985-1986 Alan Marain]

La Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos prohíbe la utilización de declaraciones involuntarias y las confesiones en el juicio. El Estado asume la carga de la prueba en una moción para suprimir una declaración supuestamente obtenidas en violación de la doctrina de Miranda. De Nueva Jersey requiere el mayor nivel de más allá de una duda razonable, cuando el tribunal determine si Miranda no se ha cumplido plenamente. Estado V Yough 49 NJ 587, 600-601 (1967), Estado Whittington v 142 NJ Super. 45, 49-50 (App. Div.. 1976), Estado de flores v 224 NJ Super. 208, 213 (Ley Div. 1987) aff'd per curiam 224 NJ Super. 90 (App. Div.. 1988).

¿QUÉ ES interrogatorio?
Como se establece en NJ Practice, vol. 32 Práctica y Procedimiento Penal (West 1998) Sección 755, los Estados Unidos de la Corte Suprema de Rhode Island V Innis, 446 EE.UU. 291, 100 S.Ct. 1682, 64 L.Ed.2d 297 (1980) sostuvo que el término "interrogatorio" en Miranda no se refiere sólo a expresar el interrogatorio, sino también a cualquier palabra o acción por parte de la policía de que la policía debe saber razonablemente susceptibles de provocar una respuesta de cargo del sospechoso.

Se trata de "un principio establecido de nuestro sistema federalista" que los Estados pueden permitirse el lujo "de las libertades individuales más amplia que las ofrecidas por la Constitución federal". Estado V Novembrino 105 NJ 95, 144-145 (1987).

En general, una declaración de un acusado no es admisible en una causa penal a menos que el tribunal está satisfecho más allá de una duda razonable que el acusado fue informado de sus derechos Miranda antes de dar la declaración y "a la luz de todas las circunstancias que concurran en la confesión era dado voluntariamente ". Estado v Hampton 61 NJ 250, 272 (1972). ¿Qué está en juego es garantizar el uso eficaz de las garantías procesales para garantizar el derecho de la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que "ninguna persona podrá ser obligada .... en cualquier caso criminal a declarar contra sí mismo", que es ahora aplicable a la acción del Estado por la cláusula del debido proceso de la Decimocuarta Enmienda. Sin embargo, una vez informado de sus derechos ", un acusado puede renunciar efectivización de estos derechos siempre que la renuncia se hace voluntariamente, a sabiendas e inteligentemente." Estado V Flower 224 NJ Super. 208, 213 (Ley Div. 1987) aff'd per curiam 224 NJ Super. 90 (App. Div.. 1988). citando Miranda v Arizona 384 EE.UU. 436, 444, 86 S. Ct 1602, 1612, 16 L. Ed 2d 694 (1966), el énfasis en Flor.

En el Estado V Flores 224 NJ Super. 208, 213 (Ley Div. 1987) aff'd per curiam 224 NJ Super. 90 (App. Div.. 1988), el demandado tenía un coeficiente intelectual bajo y un vocabulario limitado. Dio las confesiones a la policía y la confesión de DYFS. El tribunal excluye la confesión a la policía, a pesar de las advertencias de Miranda se dieron y hubo falta de coacción y una renuncia de los derechos admitidos por la demandada. El tribunal concluyó que, dado que el demandado no podía entender sus derechos Miranda, que no podía renunciar a ellos. Uno no puede a sabiendas e inteligentemente renunciar a un derecho que no puede comprender o apreciar. 224 NJ Super. en 216. El tribunal también excluidos confesiones a un investigador de DYFS por los mismos motivos ya que estaba actuando en una capacidad de aplicación de la ley y no informó de sus derechos del demandado Miranda. Id. en 220.
Cuando se denunció que una confesión se dio bajo la influencia de estupefacientes o durante un período de espera, la cuestión central de la voluntariedad es la misma, y el tribunal debe examinar todos los hechos pertinentes que asisten a la confesión con especial énfasis en conducta del demandado, la coherencia , claridad, capacidad de uso de sus facultades, su memoria y su inteligencia en general. Estado V Arcediano 371 F. Supp. 457 (D. NJ 1974), ver también Wade v Yeager 245 F. Supp 62 (D. NJ, 1964).

El Estado debe probar más allá de una duda razonable de que la renuncia se hizo a sabiendas y con inteligencia. Si el sospechoso está intoxicado o bajo la influencia de las drogas hasta el punto que no puede comprender sus derechos constitucionales, cualquier renuncia es nula. Si el sospechoso está sufriendo de una discapacidad mental que le hace incapaz de comprender sus derechos constitucionales, cualquier renuncia es nula. El nivel de discapacidad mental que haría un sospechoso incapaz de comprender sus derechos constitucionales es, probablemente, cerca del punto en el que el sospechoso podría decirse que es incapaz de administrar sus propios asuntos.
Cuando las circunstancias lo ponen en duda el conocimiento y la calidad inteligente de la presunta renuncia del derecho a un abogado, no puede haber ninguna renuncia. Estado vs Dickens 192 NJ Super. 290 (App. Div.. 1983).
La intoxicación es motivo para suprimir las declaraciones. Véase por ejemplo, Común vs Brithsher 563 A.2d 502, ap concedido 575 A.2d 107. (Si la intoxicación del demandado se combinaron para hacerle incapaz de comprender la renuncia de los derechos de advertencia Miranda Miranda sería inválida); común vs Andel 477 A.2d 13 56 (1984); renuncia (del demandado de sus derechos de Miranda se ha efectuado por su embriaguez, su los ojos desorbitados y había un fuerte olor a alcohol. Las declaraciones hechas por el demandado mientras estaba en custodia debe suprimirse.)
La Corte siempre ha establecido altos estándares de la prueba para la suspensión de los derechos constitucionales de Johnson vs Zerbst 304 EE.UU. 458 58 S. Tribunal de Justicia 1019, 82 (1938 Ed. 146). En común vs Hosey 334 NE 2d 44 (masa 75), el tribunal revocó y remitió una cuestión que trató juez permitió la admisión de la declaración del acusado a la policía, donde acusado fue extremadamente alta, extremadamente emocionales y detectar de la realidad.

El debido proceso no sólo requiere una convicción que no se base en una confesión involuntaria, pero también de que un tribunal de primera instancia tienen lo que se conoce como una audiencia Denno Jackson cuando un demandado se opone a la voluntariedad de su declaración. Miller vs Dugger 838 F. 2d 1530 (11 Cir. 1988) cert. den 486 EE.UU. 1061. 1085.S. Ct. 2832 100 L. Ed 2d 933 (1988).
En la audiencia de Jackson Denno y en los informes orales, se explicará por medio de interrogatorios y de los testigos de la naturaleza involuntaria de las declaraciones que el Estado tiene la intención de producir.

Wednesday, January 20, 2010

4:86 norma. ACCIÓN DE TUTELA DE UNA PERSONA mentalmente incapacitado, Alzeimer O PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN CURADOR

Oficina de Kenneth Vercammen representa las personas que buscan la tutela legal de un padre o un adulto miembro de familia.

De vez en cuando una persona no puede manejar su vida como resultado de una discapacidad mental o física, el alcohol o la adicción a las drogas. Si se firmó un poder legalmente preparados de abogado, un miembro de su familia, amigo o profesional legalmente puede actuar en los asuntos de esa persona. Si el poder no se firmó, su abogado debe presentar una queja formal y otros escritos judiciales en el Tribunal Superior para permitir que el miembro de su familia, amigo o profesional para ser capaz de manejar los asuntos financieros.

Poderes se dan generalmente por una persona a otra a fin de que si el otorgante del poder se pone enfermo o incapacitado, el Poder Notarial permitirá al titular de la misma para pagar las cuentas del otorgante y de manejar los asuntos del otorgante en la incapacidad de la otorgante a hacer lo mismo.

Un poder notarial es un nombramiento de otra persona como propio agente. Un poder notarial crea una relación agente-principal. El otorgante del Poder es el principal. La persona a quien se le da el poder notarial es el agente. Le damos el título de "abogado-en-hecho" para el agente que se le da un poder notarial.

Sin un poder legal o el tribunal ordenó a la tutela, incluso un cónyuge no tiene la autoridad legal para firmar la firma de su cónyuge. Si un poder válido de abogado no está jurídicamente preparado, firmado y reconocido en el frente de un abogado o notario, que no es válido.

Sin un poder, una orden de tutela y la sentencia debe ser obtenido de la Corte Superior para permitir la toma de decisión jurídica completa.

Según la Ley de Discapacidad, Un Primer jurídicos publicados por el Estado de New Jersey Bar Association, "El tutor es una persona nombrada por un tribunal a hacer decisiones financieras y de personal para una persona demostrado ser incapaces". p11

1. Cuando se necesita un tutor? Un tutor es necesaria cuando un individuo no puede manejar su vida como resultado de una discapacidad mental o física, el alcohol o la adicción a las drogas. La persona a la que se nombra un tutor que se llama un "pupilo". La Ley de Discapacidad en el p11

Recientemente, la normativa cambia la denominación de "incompetente mental" a la "persona incapacitada" en todas las leyes, normas, reglamentos y documentos.

2. ¿Qué derechos tiene un incompetente perder? A menos que un tribunal ordene lo contrario, bajo la tutela o incompetentes no tiene el derecho a decidir dónde vivir, gastar dinero, bienes de uso, presente en el Tribunal o someterse a tratamiento médico sin la aprobación de su tutor. Un soltero incompetente también pierde el derecho a casarse.

3. ¿Cómo alguien convertirse en el tutor de otro? Tutores son designados por los tribunales después de que la persona en necesidad de la tutela se ha demostrado incompetente. Acciones de tutela puede ser sometido el Estatuto de la incompetencia general (NJSA 3B :12-25 y ss.) O en el marco del Estatuto que trata de las personas que reciben servicios de la División de Discapacidades del Desarrollo del Estado. N.J.S.A.. 30:4-165.4 y ss. Tutores que están casadas con el incompetentes o son padres de un incapaz de hecho puede elegir a quién será el tutor después de la muerte y tutores incluir una cláusula de designación de su sucesor en su testamento. Discapacidad Leyes p12 Bajo el estatuto incompetencia general, una demanda solicitando la tutela debe ser presentada en el Tribunal Superior, además de un acta circunstanciada por la persona que pide ser Guardian detalla los activos de las razones por qué el más incompetente incompetente ya no es capaz de gestionar sus asuntos. Declaraciones juradas de dos médicos también son necesarias. El Tribunal de Justicia nombrará a un abogado temporal para entrevistar a los incompetentes y preparar un informe a la Corte.

4. ¿Quién puede ser un tutor? En general, un pariente cercano o una persona con una estrecha relación con los incompetentes, que se propone actuar para proteger a los incompetentes de interés puede ser tutor. cuando un amigo o un pariente cercano no está disponible, el tribunal puede nombrar el Tutor Público (para personas mayores de 60 años) o un abogado para actuar como tutor.

5. ¿Cuáles son los derechos de los incompetentes propuesto antes de la audiencia? La propuesta de incompetente tiene derecho a recibir una notificación antes de la audiencia de tutela, a ser representado por un abogado y presentar una defensa en la audiencia.

6. ¿Qué sucede si el incompetente recuperar la capacidad de gestionar sus asuntos? La incompetencia fue entonces volver a la corte y pedir que se hizo su propio guardián de nuevo, pero primero debemos demostrar que él o ella ha recuperado la "sana razón".

7. Cuando es un tutor no necesitan? Sólo porque una persona tiene una discapacidad, no significa que necesitan un tutor. El tutor no es necesario si una persona puede hacer, y entiende la naturaleza de las decisiones, y comunicar las decisiones a los demás. El tutor no es necesario para alguien que tiene una discapacidad física, pero que puede manejar sus asuntos, y no es necesario si una persona sólo tiene un problema de gestión de dinero o bienes. La Ley de Discapacidad p12

4:86-1. Queja

Cada acción para la determinación de la incapacidad mental de una persona y para el nombramiento de un tutor de esa persona o de bienes de la persona o de ambos, que no sea una acción con respecto a un veterano en NJSA 3B :13-1 y ss., Se pondrá en conformidad con el R. 4:86-1 a través de R. 4:86-8. La denuncia deberá indicar el nombre, edad, domicilio y dirección de la demandante, de la supuesta incapacidad mental de la persona y la supuesta incapacidad mental cónyuge, si las hubiere; la relación de la demandante a la supuesta incapacidad mental persona, el interés del demandante en la acción ; los nombres, direcciones y edades de la supuesta incapacidad mental los niños la persona, en su caso, y los nombres y direcciones de los presuntos padres de la persona mentalmente incapacitado y parientes más cercanos, el nombre y la dirección de la persona o entidad que tenga la guarda y custodia de la presunta persona incapacitada mentalmente, y si la supuesta incapacidad mental persona ha vivido en una institución, el período o períodos de tiempo que la supuesta incapacidad mental persona ha vivido en ella, la fecha del compromiso o el parto, y con qué autoridad cometido o confinados. La denuncia también se especificará el nombre y la dirección de cualquier persona que figura como apoderado en realidad en todo poder ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, cualquier persona nombrada como representante de atención de salud en una directiva de salud ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, y cualquier persona que actúe como fiduciario en virtud de un fideicomiso para el beneficio de la supuesta incapacidad mental persona. Nota: Fuente-R.R. 4:102-1. Modificado 22 de julio 1983 para ser eficaz 12 de septiembre 1983; R. ex 4:83-1 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; R. 4:86 título modificado, y el texto de R. 4:86-1 modificada 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-2. Declaraciones juradas de acompañamiento

Las alegaciones de la denuncia se verificará según lo estipulado por el Sr. R. 1:4-7 y tendrá anejos: (a) una declaración jurada indicando la naturaleza, la ubicación y el valor justo de mercado (1) de todos los bienes inmuebles en los que la supuesta mentalmente persona incapacitada tenga o pueda tener un interés actual o futuro, declarando el interés, la descripción de los bienes inmuebles, total o por medidas y límites, y que se indique el avalúo del mismo, y (2) de todos los bienes personales que él o ella, será o puede, con toda probabilidad convertido en derecho, incluida la naturaleza y el total o cuantía de la indemnización, pensión, seguro o ingresos que deban abonarse a la supuesta incapacidad mental persona. Si el demandante no puede obtener esa información, la denuncia así lo hará constar y explicar sus motivos, y la declaración jurada presentada en ese caso deberá contener toda la información que puede obtenerse en el ejercicio de una diligencia razonable, (b) declaraciones juradas de dos médicos de renombre , que posea las cualificaciones establecidas en NJSA 30:4-27.2 t. Si una persona supuesta incapacidad mental se ha comprometido a una institución pública y se limita el mismo, una de las declaraciones juradas deberá ser la del director ejecutivo, el director médico, o el jefe de servicio siempre y cuando la persona es también el médico tiene la responsabilidad general para el programa profesional de la atención y tratamiento en la unidad administrativa de la institución. No obstante, cuando una supuesta persona mentalmente incapacitado tiene su domicilio en este Estado, pero en otro lugar, las declaraciones juradas pueden ser los de los médicos que son residentes del estado o jurisdicción de la supuesta incapacidad mental residencia de la persona. Cada declarante deberá haber tomado un examen personal de la supuesta incapacidad mental persona de no más de 30 días antes de la presentación de la queja, pero ese período de tiempo puede ser atenuada por el tribunal a instancia de parte la exhibición de una buena causa. Para apoyar la denuncia, cada declarante deberá indicar: (1) la fecha y lugar del examen, (2) si el médico es un tratamiento o examen médico, (3) si el médico está descalificado en R. 4:86-3 , (4) el diagnóstico y pronóstico y para ello de fundamento fáctico, (5) el fin de garantizar que la supuesta incapacidad mental persona es el mismo individuo que se examinó una descripción física de la persona examinada, incluyendo pero no limitado a, el sexo, la edad y el peso, y (6) Dictamen del declarante que la supuesta incapacidad mental persona es apta y capaz de gobernarse a sí mismo y para administrar sus asuntos y se expondrán con la particularidad de las circunstancias y la conducta de la supuesta incapacidad mental persona sobre la que Esta opinión se basa, como una historia de la supuesta incapacidad mental condición de persona. La declaración debe incluir también una opinión sobre si la supuesta incapacidad mental persona es capaz de asistir a la audiencia y si no, las razones de la incapacidad del individuo. (c) En lugar de las declaraciones juradas previstas en el apartado (b), una declaración jurada de un médico de buena reputación que posean las cualificaciones como exige el apartado (b), afirmando que él o ella se ha esforzado por hacer un examen personal de la supuesta incapacidad mental días-persona de no más de 30 antes de la presentación de la denuncia, sino que la supuesta incapacidad mental persona o las personas encargadas de él o ella se niegan o son reacios a dejar el declarante a tal examen. El período de tiempo del presente Decreto pueden ser suavizadas por el tribunal a instancia de parte la exhibición de una buena causa. Nota: Fuente-R.R. 4:102-2; R. ex 4:83-2 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990, y los párrafos (b) y (c), modificada 14 de julio 1992 para ser eficaz 1 de septiembre 1992 ; el párrafo (b) modificación 13 de julio 1994 para ser eficaz 1 de septiembre 1994, apartados (a), (b) y (c), modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-3. Descalificación del Médico

N jurada deberá ser presentada por un médico que se relaciona, ya sea por sangre o matrimonio, a la supuesta incapacidad mental a una persona o propietario, director o director ejecutivo de cualquier institución (excepto estado, condado o instituciones federales) para la atención y tratamiento de los enfermos mentales en los que la supuesta incapacidad mental persona está viviendo, o en el que se propone poner a él oa ella, o que es profesional contratado por la gestión de la misma como un médico residente, o que esté financieramente interesado en ella. Nota: Fuente-R.R. 4:102-3; R. ex 4:83-3 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990, modificada 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-4. Orden de audiencia (a) Contenido de la Orden. Si el tribunal está satisfecho con la suficiencia de la denuncia y el apoyo a las declaraciones juradas y que los procedimientos deben tomarse más al respecto, deberá presentar una orden de fijar una fecha para la audiencia, y exigir que una antelación mínima de 20 días de su atención a la supuesta incapacidad mental persona, cualquier persona que figura como apoderado en realidad en todo poder ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, cualquier persona nombrada como representante de atención de salud en una directiva de salud ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona, y cualquier persona que actúe como fiduciario en virtud de un fideicomiso para el beneficio de la supuesta incapacidad mental persona, la supuesta incapacidad mental cónyuge, los hijos de 18 años de edad o más, los padres, la persona que tenga la custodia de la supuesta incapacidad mental persona, el abogado designado de conformidad con el R. 4: 86-4 (b), y tales personas, como el tribunal disponga. La notificación se efectuará por el servicio de una copia de la orden, denuncia y apoyo a las declaraciones juradas sobre la supuesta incapacidad mental persona personalmente y en cada una de las otras personas en la forma que el tribunal disponga. El tribunal, en la orden, podrán, por causas justificadas, permitir que un plazo más breve o prescindir de la notificación, pero en tal caso, la orden se recita el terreno para ellos, y la prueba se presentará en la audiencia que el motivo de esta dispensa sigue existiendo . Un aviso por separado, además, ser notificado personalmente, sobre la supuesta incapacidad mental persona que declare si él o ella desea oponerse a la acción que él o ella puede aparecer en persona o por un abogado y solicitar un juicio con jurado. (b) Nombramiento y obligaciones del abogado. La orden incluirá también la designación por el tribunal de los abogados de la supuesta incapacidad mental persona. El abogado deberá 1) entrevistar personalmente a la supuesta persona mentalmente incapacitada; 2) hacer la investigación de las personas que tengan conocimiento de la supuesta incapacidad mental circunstancias la persona, su estado físico y mental y de su propiedad; 3) hacer una indagación razonable para localizar cualquier voluntad , poderes, o instrucciones de atención médica anteriormente ejecutado por la supuesta incapacidad mental persona o para descubrir cualquier interés que la presunta persona mentalmente incapacitado puede tener como beneficiario de un testamento o fideicomiso. Por lo menos tres días antes de la fecha de la audiencia el abogado deberá presentar un informe ante la corte y entregar una copia del mismo, en abogado del demandante, y otras partes que han aparecido oficialmente en la materia. El informe deberá contener la información desarrollada por la investigación del abogado, hará las recomendaciones relativas a la determinación del tribunal sobre la cuestión de la incapacidad mental, puede hacer recomendaciones sobre la idoneidad de alternativas menos restrictivas, como la tutela o la delimitación de las zonas de toma de decisiones que la presunta persona mentalmente incapacitado puede ser capaz de ejercer, y si un plan de caso para la persona mentalmente incapacitada a partir de entonces debe presentarse a la corte. El informe deberá además indicar si la supuesta incapacidad mental persona ha expresado su predisposición y preferencias, de ser así, el abogado deberá argumentar en favor de su inclusión en la sentencia de la Corte. El informe también hará recomendaciones sobre si existe una buena causa para que el tribunal ordene que se modifique todo poder, la Directiva de atención de salud, o de fideicomiso revocable creado por la supuesta incapacidad mental persona ser revocada o la autoridad de la persona o personas que actúen con arreglo al mismo o restringido. Si la supuesta persona mentalmente incapacitado obtiene otro abogado, el abogado deberá notificar al tribunal y el abogado designado por lo menos cinco días antes de la fecha de la audiencia. (c) Examen. Si la declaración jurada se presenta la reclamación de conformidad con el R. 4:86-2 (c), el tribunal podrá, a solicitud y previo aviso a todas las personas tienen derecho a la notificación de la audiencia prevista en el párrafo (a), para la supuesta incapacidad mental persona a someterse a un examen. La propuesta se expondrán los nombres y direcciones de los médicos que se llevará a cabo el examen, y la orden se especificará el tiempo, lugar y condiciones del examen. Previa solicitud, el informe se aportará a la fiesta ya sea el examen o de su abogado. (d) Guardian Ad Litem. En cualquier momento antes de la entrada de la sentencia, cuando concurran circunstancias especiales lleguen a conocimiento del tribunal por el movimiento formal o no, un curador ad litem pueden, además de abogado, será nombrado para evaluar el interés de la supuesta incapacidad mental y la persona para presentar la evaluación a la corte. (e) Indemnización. La remuneración de los consejeros y del tutor ad litem, en su caso, podrá ser fijada por el tribunal para ser pagados de los bienes de la supuesta incapacidad mental persona o de otra manera como la Corte dirigirá. Nota: Fuente-R.R. 4:102-4 (a) (b). El párrafo (b) modificación 16 de julio 1979 para ser eficaz 10 de septiembre 1979, párrafo (a), modificó el 21 de julio 1980 para ser eficaz 8 de septiembre 1980, párrafo (a), modificó el 16 de julio 1981 para ser eficaz 14 de septiembre 1981 ; título de ex R. 4:83-4 modificado, el título y el texto del párrafo (a) y modificada en parte a denominarse apartado (b) y en el párrafo anterior (b) a denominarse apartado (c) y modificada, y el artículo redesignado junio 29, 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; el apartado (b) modificación 13 de julio 1994 para ser eficaz 1 de septiembre 1994; el apartado (b) modificado y en los apartados (d) y (e) agregó 28 de junio 1996 para ser eficaz 1 de septiembre 1996, apartados (a), (b), (c), (d), y (e), modificó el 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-5. Prueba de entrega, aparición de la persona incapacitada mentalmente en la Audiencia; Respuesta

Antes de la audiencia, el demandante deberá presentar prueba de servicio de la Comunicación, para la audición, la denuncia y las declaraciones juradas y la prueba por declaración jurada de que la presunta incapacidad mental persona ha tenido la oportunidad de comparecer personalmente o por abogado, y que él o ella se ha dado u ofrecido ayuda para comunicarse con amigos, parientes o abogados. El demandante o abogado de oficio puede producir la supuesta incapacidad mental persona en la audiencia o la corte puede ordenar al demandante para hacerlo, a menos que el tribunal considera que sería perjudicial para la salud de la supuesta incapacidad mental persona o inseguro para los supuestos mentales persona incapacitada o que otros lo hagan. Si la supuesta incapacidad mental persona o cualquier otra persona de recibir la notificación de la audiencia tiene la intención de aparecer por un abogado, la persona afectada, a más tardar cinco días antes de la vista, servir y presentar una respuesta a la denuncia. Nota: Fuente-R.R. 4:102-5; título y el texto de R. ex 4:83-5 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título y el texto modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-6. Audiencia; Sentencia

(a) de Primera Instancia. A menos que un juicio por jurado es solicitada por o en nombre de la supuesta incapacidad mental persona, o sea ordenado por el tribunal, el tribunal sin jurado, después de tomar declaración en audiencia pública, determinar la cuestión de la incapacidad mental. Si no hay jurado, el tribunal, con el consentimiento del abogado de la presunta persona mentalmente incapacitado, podrá tomar el testimonio de un médico por teléfono o puede prescindir de los testimonios orales de los médicos y se basan en las declaraciones juradas presentadas de conformidad con el R. 4: 86-2 (b). Teléfono testimonio se registrarán textualmente. (b) Propuesta de Nueva Instancia. Una propuesta de un nuevo juicio no podrá ser servido a más tardar 30 días después de la entrada de la sentencia. (c) Nombramiento de tutor. Si un tutor de la persona o del patrimonio o de la persona y los bienes será nombrado, el tribunal nombrará y las cartas se concederá al cónyuge de la persona mentalmente incapacitada, si el cónyuge que vivía con la persona mentalmente incapacitadas como esposo o la esposa en el momento de la incapacidad mental se levantó, o para la persona mentalmente incapacitada familiares, o si ninguno de ellos aceptará el nombramiento o si el tribunal considera que no se cita entre ellos será en el mejor interés de la mentalmente incapacitado persona, el tribunal nombrará y las cartas se concederá a esa otra persona que acepte su nombramiento como el tribunal determina que es en el mejor interés de la persona mentalmente incapacitada. Antes de cartas de tutela expedirá, el tutor deberá aceptar el nombramiento de conformidad con R. 4:96-1. La sentencia se nombra el tutor deberá fijar el importe de la fianza, a menos que prescindir por el tribunal. El orden de nombramiento se requiere el tutor de los bienes para presentar ante la corte dentro de 90 días del nombramiento de un inventario que especifiquen todos los bienes y rentas de la propiedad de la persona mentalmente incapacitada, a menos que el tribunal prescinde de este requisito. Dentro de este período de tiempo, el tutor de los bienes será también copias del inventario de todos los familiares y otras partes interesadas tales como el tribunal decida. La orden también exigirán al tutor para mantener el sustituto continuamente informado sobre el paradero y el número de teléfono del tutor y de la persona incapacitada mentalmente y para asesorar al sustituto dentro de 30 días de la muerte de la persona mentalmente incapacitada o de cualquier cambio importante en su o su estado o la salud. Nota: Fuente-R.R. 4:102-6 (a) (b) (c), 4:103-3 (segunda frase). El párrafo (a), modificó el 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984, párrafo (a), modificó el 5 de noviembre 1986 a 1 ° de enero de 1987; los apartados (a) y (c), del ex R. 4:83 -- 6 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; el apartado (c), modificada 13 de julio 1994 para ser eficaz 1 de septiembre 1994, apartados (a) y (c), modificada 12 de julio 2002 para ser eficaz 3 de septiembre 2002. 4:86-7. La recuperación de la capacidad mental

En el comienzo de una acción individual o mediante la presentación de una moción en la causa original de la persona mentalmente incapacitado o una persona interesada en su nombre, con el apoyo de declaración jurada y exponiendo los hechos demuestren que la persona previamente incapacitada mentalmente ya no es mentalmente incapacitado, el tribunal, previa notificación a las personas que serían expuestos en una denuncia presentada de conformidad con el R. 4:86-1, fije una fecha para la audiencia, tomar el testimonio oral en audiencia pública, con o sin jurado, y puede dictar sentencia de que la persona ya no está mentalmente incapacitado, que su tutor ser dado de alta con sujeción a la obligación de cuenta, y que su persona y bienes ser restaurado a su control. Nota: Fuente-R.R. 4:102-7; R. ex 4:83-7 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título y el texto modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-8. Nombramiento de tutor para la persona no residente mentalmente incapacitado

Una acción para el nombramiento de un tutor para un no residente que haya sido o se encuentra a una persona mentalmente incapacitada bajo las leyes del estado o jurisdicción en la que la persona mentalmente incapacitada reside se llevarán ante el Tribunal Superior de conformidad con el R. 4:67. El demandante deberá exhibir y presentar ante el tribunal una copia ejemplo del proceso o de otros elementos de prueba que se establece el hallazgo. Si el demandante es el tutor debidamente nombrado, fiduciario o de una comisión de la persona incapacitada mentalmente en el estado o jurisdicción en la que se efectuó la verificación, y se aplica a ser designado tutor en este Estado, el tribunal puede nombrar de inmediato a esa persona sin necesidad de expedir una orden de para mostrar causa. Nota: Fuente-R.R. 4:102-8. Modificado 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984; R. ex 4:83-8 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título y el texto modificado 12 de julio 2002 para ser eficaces 3 de septiembre , 2002. 4:86-9. Tutores para las personas mentalmente incapacitadas Bajo la Ley Uniforme de Veteranos de la tutela

(a) Denuncia de nombramiento. La acción judicial para el nombramiento de un tutor en NJSA 3B :13-1 y ss. para una sala de supuesta a ser una persona mentalmente incapacitado deberá ser interpuesta ante el Tribunal Superior por cualquier persona con derecho a la prioridad de la cita. Si no hay ninguna persona gozará de este derecho o si el que tiene derecho se niega a iniciar la acción dentro de los 30 días posteriores al envío del anuncio por una agencia federal a la última dirección conocida de la persona con derecho a la prioridad de su nombramiento, indicando la necesidad de el nombramiento, el recurso podrá ser interpuesto por cualquier persona que resida en este Estado, actuando en nombre del pupilo. (b) Quejas. La queja deberá estado (1) el nombre, edad y lugar de residencia de la sala, (2) el nombre y lugar de residencia del pariente más próximo, si se conoce, (3) el nombre y la dirección de la persona o institución, si alguno, que tenga la custodia de la sala; (4) que su circunscripción tiene derecho a recibir dinero por pagar por oa través de una agencia federal; (5) la cantidad de dinero que se debe y el importe de los pagos futuros probables, y (6) que la sala ha sido calificado de una persona incapacitada mentalmente en el examen por una agencia federal de conformidad con las leyes que regulan el mismo. (c) Prueba de la necesidad de Guardian de la persona mentalmente incapacitada. Un certificado por el jefe de policía, o de su representante, indicando el hecho de que la sala ha sido calificado de una persona mentalmente incapacitado por una agencia federal en el examen de conformidad con las leyes y reglamentos que rigen dicha agencia y que el nombramiento es una condición previa para el pago de dinero por la sala por dicha agencia se evidencia prima facie de la necesidad de hacer una cita en virtud de esta regla. (d) Determinación de la incapacidad mental. Incapacidad mental puede estar determinado por los certificados, sin otras pruebas, de dos oficiales médicos del servicio militar o de una agencia federal, que certifique que, por razón de incapacidad mental del pupilo es incapaz de administrar sus bienes, o de certificación a otras hechos que deberán cumplir los tribunales como a la incapacidad mental de tal. (e) Nombramiento de tutor; Bond. Tras la prueba de la notificación debidamente determinada y una determinación de la incapacidad mental, el tribunal puede nombrar a una persona adecuada para ser el guardián y fijar el importe de la fianza. La fianza será por un monto no inferior a la que se debe o pagaderos a la sala en el año siguiente. El tribunal puede, de vez en cuando requieren seguridad adicional. Antes de cartas de tutela expedirá, el tutor deberá aceptar el nombramiento de conformidad con R. 4:96-1. (f) la terminación de la tutela Cuando Ward recupera la capacidad mental. Si el tribunal ha nombrado un tutor para los bienes de un barrio, que posteriormente, en la debida notificación, podrá declarar la sala de haber recuperado la capacidad mental en la prueba de la comprobación y determinación a tal efecto por las autoridades médicas del servicio militar o federal organismo o sobre la base de otros hechos y circunstancias que deberán cumplir los tribunales en cuanto a la capacidad mental de la sala. El tribunal podrá entonces aprobación de la gestión del tutor y sin más trámites sujetos a la liquidación de su cuenta. (g) Quejas en acción para tener Guardian Personalty Recibir adicionales. La denuncia en una acción de autorizar al tutor, de conformidad con la ley, a recibir los bienes personales de cualquier otra fuente que el Gobierno de los Estados Unidos se indica el importe de dichos bienes y el nombre y la dirección de la persona o entidad que tenga la custodia efectiva de la barrio. (h) Definiciones. Definiciones contenidas en N.J.S.A. 3B :13-2 se aplicará a los términos de esta regla. Nota: Fuente-R.R. 4:102-9 (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) (h), 4:103-3 (segunda frase). El párrafo (a), modificó el 22 de julio 1983 para ser eficaz 12 de septiembre 1983, párrafo (a), modificó el 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984, apartados (a) a (f) y (h), de R. ex 4:83-9 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990; título modificado, apartados (a) y (b) modificar los apartados (c) y (d) títulos y texto enmendado, el apartado (e ) ha modificado, y en el apartado (f) título y texto modificado 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-10. Nombramiento de tutor para las personas reciben servicios de la División de Discapacidades del Desarrollo de

Una acción de conformidad con el N.J.S.A. 30:4-165.7 y ss. para el nombramiento de un tutor de una persona sobre la edad de 18 años que está recibiendo servicios de la División de Incapacidades del Desarrollo se pondrá en conformidad con estas normas en la medida, salvo que: (a) La denuncia podrá ser presentada por el Comisionado de Servicios Humanos o de un padre, cónyuge, pariente u otra parte interesada en el bienestar de esa persona. (b) En lugar de las declaraciones juradas previstas por R. 4:86-2 la denuncia se han verificado dos declaraciones anexas a ella. Una declaración jurada deberá ser presentada por el director general, director médico, u otro funcionario que el control administrativo de una División de Discapacidades del Desarrollo del programa de servicio de la supuesta incapacidad mental y la otra persona será sometida por un médico con licencia para practicar en New Jersey o psicólogo licenciado de conformidad con NJSA 45:14 B-1 y ss. La declaración jurada deberá exponer con la particularidad de la supuesta incapacidad mental significativo persona deterioro funcional crónico, como que el tema se define en NJSA 30:4-165.8, y los hechos en la creencia de la declarante que, como consecuencia de ello, la persona carece de la capacidad cognitiva ya sea para tomar decisiones o para comunicar las decisiones a los demás. (c) Si la petición tiene por objeto la tutela de la única persona, la Oficina del Defensor del Pueblo, en su caso, será designado como abogado de la presunta persona incapacitada mentalmente, según lo dispuesto por el Sr. R. 4:86-4. Si la Oficina del Defensor del Pueblo no está disponible o si la petición tiene por objeto la tutela de la persona y los bienes, el tribunal designará a un abogado distinto del Defensor Público para representar a la supuesta persona mentalmente incapacitada. El abogado de la supuesta incapacidad mental persona podrá conservar en su caso a un experto independiente de emitir una opinión respecto a la incapacidad mental de la supuesta incapacidad mental persona. (d) La audiencia se celebrará de conformidad con el R. 4:86-6, salvo que un tutor puede ser designado sumariamente si el abogado de la supuesta incapacidad mental persona, por declaración jurada, no niega ni la necesidad de la tutela o la aptitud del tutor propuesto y si la audiencia plenaria no se solicite, ya sea por la supuesta incapacidad mental persona o en su nombre. Nota: Aprobado 7 de julio 1971 para ser eficaz 13 de septiembre 1971, modificada 24 de julio 1978 a partir de septiembre 11, 1978. Antiguo Artículo suprimido y la nueva regla adoptada 5 de noviembre 1986 a 1 ° de enero de 1987; título modificado y en los apartados (b), (c) y (d), de R. ex 4:83-10 modificado y rebautizado regla 29 de junio de 1990 para ser eficaz 4 de septiembre 1990, y los párrafos (b) y (c), modificada 14 de julio 1992 a efecto en septiembre 1, 1992, párrafo (c), modificada 28 de junio 1996 a partir de septiembre 1, 1996; los apartados (b ), (c), y (d), modificó el 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002. 4:86-11. Nombramiento de curador

(a) el inicio de la acción; demanda.Una acción de conformidad con el N.J.S.A. 3B: 13A-1 y ss. para el nombramiento de un tutor será llevada por una tutela u otra persona en su nombre en el aviso, según lo dispuesto por el NJSA 3B: 13A-5 y 6. La queja deberá ser presentada en el Tribunal Superior y se pronunciarán (1) la edad del pupilo y de residencia, (2) los nombres y direcciones de los herederos del pupilo y todas las demás personas con derecho a ello de conformidad con NJSA 3B: 13A-6, y (3) la naturaleza, la ubicación y el valor justo de mercado de todos los bienes, real y personal, de acuerdo con R. 4:86-2 (a). (b) Audiencia. El tribunal, sin jurado, deberá tomar testimonio en audiencia pública para determinar si el pupilo, por razón de edad avanzada, enfermedad o dolencia física, es incapaz de cuidar o administrar sus bienes o se ha convertido no puedan mantenerse por sí mismo o mismo o para otros que dependen de él o ella para recibir apoyo. El tribunal puede nombrar un abogado para el pupilo si llega a la conclusión de que el abogado es necesaria para proteger sus intereses. Si el pupilo no pueda asistir a la audiencia por razones de incapacidad física o de otra índole, el tribunal designará un tutor ad litem para llevar a cabo una investigación para determinar si los objetos de tutela a la tutela. Si el abogado del pupilo, sin embargo, ha sido nombrado, el abogado tal llevará a cabo la investigación, y no por separado tutor ad litem serán nombrados. En ningún caso se nombrará un tutor si el tribunal determina que el pupilo sus objetos. (c) La aceptación del nombramiento. La aceptación del nombramiento como tutor puede ser antes de cualquier persona autorizada por las leyes de este Estado para administrar un juramento. (d) Solución de Cuenta curador. Cuando el tribunal, por causa justificada se muestra, las órdenes de una contabilidad completa por el tutor, la cuenta se resolverán en el Tribunal Superior de conformidad con el R. 4:87, en la medida aplicable. Nota: Aprobada 26 de julio 1984 para ser eficaz 10 de septiembre 1984, apartados (a), (b) y (c) de R. ex 4:83-11 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre de 1990. 4:86-12. Médicos especiales Guardian

(a) Normas. Sobre la aplicación de un hospital, asilo de ancianos, el tratamiento médico, familiar u otra persona apropiada dadas las circunstancias, el tribunal puede nombrar un tutor especial de la persona de un paciente de actuar por el respeto de los pacientes el tratamiento médico de conformidad con la orden del tribunal, si que considera que: (1) el paciente está mentalmente incapacitado, inconsciente, menores de edad o no puede consentir al tratamiento médico, (2) no tutor general o natural está disponible de inmediato que consienta a la prestación de tratamiento médico; (3) la representación del sistema de tratamiento médico necesario para hacer frente a una amenaza sustancial para la vida del paciente o la salud, y (4) el paciente no ha designado un representante para el cuidado de la salud o ejecutado una directiva de atención de salud de conformidad con la instrucción de Nueva Jersey Advance directivas para Ley de salud, NJSA 26:2 H-53 a -78, la determinación de la cuestión de tratamiento en cuestión. (b) Lugar de celebración. La solicitud deberá hacerse a juez del Tribunal Superior asignado a la equidad general en el vicinage en que el paciente se encuentra físicamente, cuando se presente la solicitud y, en caso de que la falta de disponibilidad del juez, ante el Juez de misiones de la vicinage o el juez designado como el juez emergente, o si no está disponible, cualquier juez en el vicinage. (c) Procedimiento. El procedimiento relativo a la aplicación se ajustará lo más posible a los requisitos de la R. 4:86-1 a R. 4:86-6, pero el juez podrá, si las circunstancias lo requieran, a una demanda oral y el testimonio oral, ya sea por teléfono, en la corte, o en cualquier otro lugar adecuado. Si las circunstancias no permiten la realización de un acta literal, el juez deberá tomar notas detalladas de las denuncias de la denuncia y el testimonio de apoyo. Siempre que sea posible un abogado será designado para representar al paciente. (d) Orden. El auto que estime la solicitud, si prestados por vía oral, se reducirá a la escritura tan pronto como sea posible, y se recitan las conclusiones en las que se basa. Nota: Aprobado 1 de noviembre 1985 para ser eficaces 2 de enero 1986, apartados (a), (b) y (c) de R. ex 4:83-12 modificado y rebautizado regla 29 de junio 1990 para ser eficaz 4 de septiembre de 1990, párrafo (a), modificó el 14 de julio 1992 para ser eficaz 1 de septiembre 1992, párrafo (a) (1), modificada 12 de julio 2002 a partir de septiembre 3, 2002.